Bases reguladoras para subvencionar el fomento de creaciones culturales y su materialización en 2026
Denominación oficial: BASES REGULADORAS PARA SUBVENCIONAR EL FOMENTO DE CREACIONES CULTURALES Y SU MATERIALIZACIÓN EN 2026.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 15.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que enviar la solicitud antes del 30 de septiembre de 2026 y tu proyecto se comparará con los de los demás solicitantes, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Está dirigida a personas mayores de 18 años que vivan en Beasain desde al menos dos años y que no desarrollen actividad económica, pero que quieran crear o iniciar un proyecto cultural. La subvención es una entrega de dinero sin devolución y el fondo total disponible es de 15 000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
1. Objeto de la subvención. El objeto de las presentes bases es regular las condiciones de procedimiento para la solicitud y concesión de subvenciones a la ciudadanía de Beasain para el desarrollo y materialización de proyectos de creación cultural en 2026. 2. Requisitos para solicitar la subvención Estas ayudas están destinadas a personas físicas que: Sean mayores de 18 años. Estén empadronadas en Beasain en los dos últimos años de manera ininterrumpida, tomando como referencia el 01/03/2024. Que desarrollen proyectos o actividades en el ámbito cultural o deseen iniciarse en él. Las personas interesadas podrán presentar solicitud de ayuda como máximo para dos de los “proyectos subvencionables” indicados en la Base “3. PROYECTOS/ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES” Si una misma persona solicitante presentara más de un proyecto subvencionable, sólo se concederá ayuda para un único proyecto. Ese será el que más puntos obtenga en función de los criterios de valoración establecidos en el punto 10. 3. Importe de la subvención El crédito máximo disponible para esta convocatoria de subvenciones será de 15.000 €. Se subvencionará el 75% del presupuesto presentado y como máximo 3.000€ por proyecto, siempre y cuando no haya sobrefinanciación. La resolución de las subvenciones a otorgar serán competencia de alcaldía, teniendo en cuenta el informe remitido por la comisión de Aceptación y Valoración. Las subvenciones se resolverán a medida que se vayan recibiendo, en un plazo aproximado de dos meses tras la recepción de la solicitud. Las subvenciones concedidas con cargo a este programa se abonarán en dos pagos, el 50% al aprobarse la resolución de concesión y el resto a la presentación de la documentación justificativa de la iniciativa. La subvención concedida se abonará mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente que indique la persona beneficiaria. 4. Plazo y lugar de presentación de solicitudes Una vez aprobadas por el órgano competente se remitirán a la BDNS y tras la publicación de las mismas en el BOG, se dará inicio al plazo de presentación de solicitudes que finalizará el 30 de septiembre de 2026. -Modo: Se deberá presentar la solicitud según modelo que consta en el Anexo 1 de las presentes bases acompañándola de los documentos que se indican en el punto siguiente. Las solicitudes se presentarán: - Preferentemente, a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Beasain: http://www.beasain.eus/es/bulego-birtuala - A través del servicio postal. - De manera presencial, en el Igunea (oficina de información) Si la solicitud no se presenta a través del registro electrónico, la documentación adjunta se presentará en formato papel y en formato digital.
Organismo convocante
BEASAIN — AYUNTAMIENTO DE BEASAIN
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 3 de febrero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 24 de febrero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas |
| Última actualización BD | 2 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 15.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Plan estratégico subvenciones 2026-2028