Conv. Proyectos de inversion intensivos en creacion de empleo.2026
Denominación oficial: CONV. PROYECTOS DE INVERSION INTENSIVOS EN CREACION DE EMPLEO.2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a empresas grandes, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Jaén. Presupuesto: 3,0 M€. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es una subvención en efectivo que la Diputación de Jaén otorga a empresas y a personas físicas que vayan a invertir en proyectos que generen empleo en la provincia. No hay concurso: cualquiera que cumpla los requisitos puede solicitarla y la recibirá mientras haya fondos disponibles. La solicitud se debe presentar antes del 30 de septiembre de 2026. La ayuda cubre parte de la inversión y no exige devolución.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero: Beneficiarios Podrán solicitar estas ayudas: Las empresas privadas (100% del capital privado) válidamente constituidas, que tengan establecimiento operativo (lugar donde una empresa realiza la actividad económica) en la provincia de Jaén o que tengan previsto implantarse, mediante un establecimiento operativo, en la provincia de Jaén, con independencia de donde se encuentre su domicilio social. Podrán acceder a la condición de beneficiario de estas ayudas las empresas que hayan de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento, es decir, la realización de proyectos de inversión ligados a la creación de empleo y que se halle en alguna de las situaciones anteriormente descritas. No podrán solicitar estas ayudas: ¿las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado carente de personalidad jurídica. ¿las entidades sin ánimo de lucro (Asociaciones, Federaciones, etc.), aunque realicen una actividad económica. ¿empresas cuyas actividades principales estén incluidas en el ámbito de la sección K «Actividades financieras y de seguros» de la NACE Rev. 2 o a empresas que realicen actividades intragrupo y cuyas actividades principales estén incluidas en las categorías 70.10 «Actividades de las sedes centrales» o 70.22 «Otras actividades de consultoría de gestión empresarial» de la NACE Rev. 2. (art. 13.d del REGLAMENTO (UE) Nº 651/2014 DE LA COMISIÓN de 17 de junio de 2014). Segundo: Objeto. Es objeto de la presente Convocatoria regular la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de inversión intensivos en creación de empleo en la provincia de Jaén. Las ayudas que se otorguen al amparo de las presentes Convocatoria se regirán por lo dispuesto en el Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (Publicado el 26 de junio de 2014, DOUE L 187/1 a 187/78), por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los arts. 107 y 108 del Tratado, así como por la Directrices de las ayudas de Estado de finalidad regional para el periodo 2021/2027 (Publicado el 29 de abril de 2021, DOUCE 2021/C 153/01). Las ayudas reguladas en esta Convocatoria tienen la consideración de ayudas de carácter regional a la inversión y al empleo, son ayudas transparentes y tienen efecto incentivador. La convocatoria está pendiente de asignación del número de referencia SA de inscripción en el registro de la Comisión Europea, que se determinará tras la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Tercero: Bases reguladoras. Esta convocatoria se rige por el procedimiento de gestión presupuestaria en materia de subvenciones a conceder por el Área de Empleo y Empresa establecido en el art. 38 de las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial para 2026.(B.O.P núm.248 de 30 de diciembre de 2025). Cuarto: Proyectos subvencionables. 1.- Serán subvencionables los proyectos empresariales que supongan la creación, en términos de incremento neto, de 15 o más empleos y que estén ligados a una inversión inicial en los siguientes términos: - Pequeña empresa, inversión inicial igual o superior a 75.000¿, IVA excluido - Mediana empresa, inversión inicial igual o superior a 150.000¿, IVA excluido - Gran empresa, inversión inicial igual o superior a 500.000¿, IVA excluido No obstante, para el caso de aquellas empresas que hayan sido beneficiarias de esta ayuda en convocatorias de años anteriores, la inversión inicial exigida será: - Pequeña empresa, inversión inicial igual o superior a 50.000¿, IVA excluido - Mediana empresa, inversión inicial igual o superior a 100.000¿, IVA excluido - Gran empresa, inversión inicial igual o superior a 300.000¿, IVA excluido. Por inversión inicial se entiende una inversión en activos materiales e inmateriales relativos a: ¿la creación de un nuevo establecimiento; ¿la ampliación de un capacidad de un establecimiento existente; ¿la diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el establecimiento; ¿una transformación fundamental en el proceso global de producción de un establecimiento existente. 2. Podrán ser objeto de ayudas los proyectos pertenecientes a cualquier sector de actividad económica excepto comercio, transportes (salvo almacenaje y logística), restauración, hostelería, salud, servicios sociales y/o asistenciales, veterinaria, centros de llamadas, agencias de cobros, educación y juegos de azar y apuestas (Grupos CNAE 45, 46, 47, 49, 50, 51, 53, 54, 55, 56, 75, 822 , 85, 86, 87, 88 y 92), susceptible de recibir subvención de acuerdo con el art. 1 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014 y el resto de la normativa nacional y comunitaria aplicable. 3. Podrán ser objeto de ayudas los proyectos ubicados en cualquier municipio de la provincia de Jaén. Los proyectos que se instalen dentro del Parque Científico y Tecnológico GEOLIT y los que se instalen en el Parque Logístico de Santana recibirán un porcentaje adicional de ayuda conforme a lo que establece el artículo 9 de la presente convocatoria. Quinto. Cuantía de las ayudas. Cuantía Total de la convocatoria: 3.000.000,00 euros. La cuantía de la ayuda, expresada en términos de Equivalente de Subvención Bruta (ESB), será un porcentaje distinto en función de las tres categorías establecidas en el artículo 3 de la Convocatoria: -Pequeñas Empresas: La cuantía de la subvención será un porcentaje fijo del 25% de la base subvencionable. -Medianas Empresas: La cuantía de la subvención será un porcentaje fijo del 20% de la base subvencionable. -Grandes Empresas: La cuantía de la subvención será un porcentaje fijo del 15% de la base subvencionable. No obstante lo anterior, en aquellos casos en los que el presupuesto disponible sea inferior a los porcentajes fijos establecidos se podrá conceder…
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE JAÉN — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
Ámbito
Jaén
Categoría
Destinatarios
Empresas grandes, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 3 de febrero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES INMOBILIARIAS; AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA; F - CONSTRUCCIÓN; INDUSTRIA MANUFACTURERA; B - INDUSTRIAS EXTRACTIVAS; SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO |
| Última actualización BD | 2 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas grandes
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 3,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
RESOLUCION/ACUERDO DE CONCESION DE LA SUBVENCION PARA EL AÑO 2026
Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)
- ART. 14 AYUDAS REGIONALES A LA INVERSIÓN
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación