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27 de enero de 2026, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas de emergencia social y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento PR935A)

Denominación oficial: Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas de emergencia social y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento PR935A).

Plazo de solicitud 5 de octubre de 2026
Estado Abierta · quedan 28 días
Código BDNS 885398

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: GALICIA. Presupuesto: 75.000 €. Se puede solicitar hasta el 5 de octubre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda es competitiva, debes presentar la solicitud antes del 5 de octubre de 2026 y las solicitudes se compararán entre sí, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Se trata de una subvención en efectivo destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica y que son emigrantes nacidos en Galicia y residentes en determinados países de América, o sus hijos españoles vinculados al padrón de españoles residentes en el exterior. El programa cuenta con un total de 75 000 euros para repartir.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). Primero. Personas beneficiarias Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas: 1. Las personas emigrantes nacidas en Galicia y residentes en alguno de los países de América para los cuales el Estado español tenga fijada una base de cálculo para la prestación por razón de necesidad en el año anterior al de la convocatoria. 2. Los/as hijos/as de aquellas que residan en alguno de los países América arriba indicados siempre que tengan la nacionalidad española y se encuentren vinculados/as con cualquier ayuntamiento gallego en el Padrón de españoles residentes en el exterior (PERE) desde, por lo menos, 3 meses antes de la fecha de presentación de la solicitud. 3. Para el supuesto de situaciones de emergencia que incidan en las condiciones de salud, provocando gastos extraordinarios de carácter sanitario o asistenciales al solicitante, podrán ser perceptores también los descendientes de emigrantes gallegos hasta el segundo grado por consanguinidad que cumplan las mismas condiciones del número anterior. Segundo. Objeto Esta resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras del procedimiento de concesión de ayudas de emergencia social y proceder a su convocatoria para el año 2026, con la finalidad de otorgar una prestación económica única a personas emigrantes de nacionalidad española y origen gallego residentes en América con escasos recursos, y a sus descendientes, para atender situaciones de imperiosa necesidad derivadas de circunstancias extraordinarias sobrevenidas en los últimos 12 meses (código de procedimiento PR935A). En concreto, dicha prestación va dirigida a cubrir gastos específicos para aliviar las carencias que afectan a estos tres ámbitos principales: 1. Las condiciones básicas de subsistencia: alimentación, cuidados personales esenciales, educación… 2. Las condiciones de vivienda: deterioro grave, falta de equipamiento o dotaciones esenciales. 3. Las condiciones de salud y bienestar social: necesidades acuciantes de carácter sanitario o asistencial. Tercero. Bases reguladoras Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas de emergencia social y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento PR935A). Cuarto. Importe 1. La concesión de las ayudas reguladas en esta resolución se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 14.05.312C.480.0, código de proyecto 2015 00034, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026, por importe de setenta y cinco mil euros (75.000 €). 2. La cuantía de las ayudas de emergencia social por persona beneficiaria no podrá ser inferior a 500 € ni exceder de los 3.000 €. Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes comenzará a las 9.00 horas del quinto día natural siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En caso de que el día de inicio del plazo sea inhábil, comenzará el día hábil siguiente. Este plazo finalizará el 5 de octubre de 2026, a las 20.00 horas, sin que en ningún caso pueda ser inferior a un mes. Santiago de Compostela, 27 de enero de 2026 Antonio Rodríguez Miranda Secretario xeral da Emigración

Organismo convocante

GALICIA — CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN

Ámbito

GALICIA

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación5 de febrero de 2026
Fecha inicio de solicitudes16 de febrero de 2026
Fecha fin de solicitudes5 de octubre de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económico84.2 - Prestación de servicios a la comunidad en general
Última actualización BD2 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total75.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Resolución de 27 de enero de 2026, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas de emergencia social y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento PR935A).

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