Alcaldía de 20 de febrero de 2026 por la que se convocan ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar para el alumnado de 2º ciclo de Educación Infantil para el curso 2025/2026
Denominación oficial: Resolución de Alcaldía de 20 de febrero de 2026 por la que se convocan ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar para el alumnado de 2º ciclo de Educación Infantil para el curso 2025/2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valladolid. Presupuesto: 20.500 €. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Objeto: La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas para financiar la adquisición de libros de texto y demás material escolar, para el alumnado que cursa segundo ciclo de Educación Infantil (de 3 a 5 años), durante el curso 2025/2026. Segundo. Beneficiarios: Podrán solicitar las ayudas para libros de texto y demás material escolar, convocadas mediante la presente convocatoria, los padres de los alumnos matriculados en cualquier curso de segundo ciclo de Educación Infantil en centros sostenidos con fondos públicos durante el curso 2025/2026, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: - Que el alumno y los solicitantes (ambos padres o sólo el padre/madre en caso de que tenga atribuida la custodia integra del menor) estén empadronados en el Ayuntamiento de Tordesillas, con anterioridad al 30 de septiembre de 2025. - Que el centro escolar se encuentre en cualquier localidad de la provincia de Valladolid, excepto la capital. - Que los solicitantes (ambos padres o sólo el padre/madre en caso de que tenga atribuida la custodia integra del menor) se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, Hacienda y la Seguridad Social y no se encuentren incursos en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiarios establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. Se considerará a todos los efectos como beneficiario de la ayuda al solicitante que figure en primer lugar en la solicitud de la ayuda. Tercero. Bases reguladoras: Ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Tordesillas (B.O.P. de Valladolid de 6 de julio de 2004). Cuarto. Cuantía: Las ayudas serán con cargo a la aplicación presupuestaria 323/489.03 de los Presupuestos de este Ayuntamiento. La cuantía de las ayudas será de 125,00 € por alumno. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para la presentación de solicitudes será el comprendido entre el 23 de febrero y el 6 de marzo de 2026, ambos incluidos. Sexto. Otros datos: Evaluadas las solicitudes se resolverá la convocatoria por el órgano competente que será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento. Las ayudas se abonarán a los beneficiarios mediante transferencia a la cuenta corriente que figure en la solicitud y a nombre de la persona que figure en la solicitud como primer solicitante. El Ayuntamiento se reserva el derecho a la inspección, seguimiento y control de las ayudas concedidas, pudiendo recabar las informaciones y los justificantes que se consideren necesarios. Las ayudas concedidas en virtud de la presente convocatoria son incompatibles con cualesquiera otras para la misma finalidad, otorgadas por otras Administraciones públicas o entidades de naturaleza pública o privada.
Organismo convocante
TORDESILLAS — AYUNTAMIENTO DE TORDESILLAS
Ámbito
Valladolid
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 18 de febrero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 23 de febrero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 6 de marzo de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Educación |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 16 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 20.500 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza general de subvenciones