CONVOCATORIA PÚBLICA 2026 DE SUBVENCIONES CON DESTINO A ACTUACIONES DE FOMENTO DE IMPLANTACIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES FOTOVOLTAICAS, MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA POR EQUIPOS DE AEROTERMINA EN LA CLIMATIZACIÓN Y ACS Y MOVILIDAD ELÉCTRICA
Cerrada
500.000 euros
No disponible
31 de julio de 2026
Resumen
Esta ayuda esta destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ambito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto total: 500.000 euros. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://webpub2.igae.hacienda.gob.es/teseonet/convocatoria/detalle?id=1089724 Primero. Beneficiarios. Para poder ser beneficiarios de las presentes subvenciones, las personas físicas deben ser mayores de edad y estar empadronadas en el municipio de Alcorcón. Para las personas físicas que actúen como autónomos o las personas jurídicas que actúen como microempresa deberán tener su actividad económica dada de alta en el municipio de Alcorcón. Podrán ser beneficiarios de las ayudas: Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal (en adelante L.P.H.). La solicitud será realizada siempre por la Comunidad de Propietarios sea cual sea el uso de la instalación, servicios comunes, viviendas, o ambas, e independientemente de cuantos vecinos opten a utilizar la instalación. Las Comunidades Energéticas Locales, legalmente constituidas en la fecha de la solicitud y con sede social e instalación de energía fotovoltaica en el municipio de Alcorcón (persona jurídica basada en la participación abierta y voluntaria, efectivamente controlada por socios o miembros que sean personas físicas, personas jurídicas o entidades locales, que desarrolle proyectos de energías renovables, eficiencia energética y/o movilidad sostenible que sean propiedad de dicha persona jurídica y cuya finalidad primordial sea proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios o miembros o a las zonas locales donde operan, en lugar de ganancias financieras), según definición de la Directiva 2018/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, y de la Directiva 2019/944, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la Directiva 2012/27/UE, respectivamente, así como del artículo 4 del Real Decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica. Las personas físicas propietarias de edificios residenciales de uso vivienda en categoría unifamiliar. Las personas físicas que sean propietarios de viviendas individuales en edificio de bloque residencial y que obtengan autorización legal de su Comunidad de Propietarios, según establece la Ley de Propiedad Horizontal para realizar una instalación fotovoltaica en la cubierta de uso colectivo. Para este tipo de instalaciones individuales, solo serán admitidas a trámite las 3 primeras solicitudes en comunidades de menos de 50 propietarios o las 5 primeras solicitudes procedentes de comunidades de más de 50 propietarios. Para instalaciones de autoconsumo colectivo de varios propietarios de vivienda individual, la solicitud se hará a nombre del propietario de mayor cuota de reparto eléctrico. Las personas físicas mayores de edad y empadronadas en el municipio de Alcorcón. Las personas jurídicas sin ánimo de lucro con fines sociales que sean propietarios del edificio afecto a su uso en el término municipal de Alcorcón en edificaciones existentes y con domicilio social en el municipio de Alcorcón. Las personas físicas que actúen como profesionales autónomos (correspondientes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social) que desarrollan su actividad económica en el municipio de Alcorcón. Las personas jurídicas con consideración de microempresa, es decir aquellas empresas con menos de 10 trabajadores y cuyo volumen de trabajo sea inferior a 2 millones de euros con domicilio social en el municipio de Alcorcón. Segundo. Objeto. La presente convocatoria establece las bases reguladoras para la concesión, seguimiento y justificación de las ayudas para actuaciones de implantación de instalaciones de energía solar fotovoltaica y sustitución de sistemas de climatización por equipos de aerotermia en edificios de uso residencial y de equipamiento dotacional y/o deportivo e implantación de instalaciones de energía solar fotovoltaica de comunidades energéticas locales legalmente constituidas en el término municipal de Alcorcón y para la compra de un vehículo eléctrico dirigidas a personas físicas, autónomos y microempresas con domicilio social en el municipio de Alcorcón. La finalidad principal de estas subvenciones es implementar incentivos concretos que avalen una transición justa hacia un modelo energético basado en el uso de fuentes de energía renovables como medida de apoyo a las inversiones que las empresas y ciudadanos del municipio más comprometidos con el futuro sostenible. Las subvenciones se aplicarán en materia de: Implantación de instalaciones fotovoltaicas en edificios de uso residencial y equipamiento dotacional y/o deportivo que permitan un ahorro en la factura energética. Implantación de instalaciones fotovoltaicas de comunidades energéticas locales legalmente constituidas en el término municipal de Alcorcón. Electrificación en edificios de uso residencial mediante la sustitución de equipos convencionales de combustión por otros de aerotermia para la climatización y ACS. Adquisición de vehículos eléctricos. Como segundo propósito, se persigue mediante estas subvenciones, potenciar la participación ciudadana en el sector energético de actores no participantes en el mismo tradicionalmente (personas físicas y pymes locales) mediante comunidades energéticas locales que actúen en el impulso y la gestión de la demanda, el autoconsumo, el almacenamiento y el desarrollo de proyectos de energías renovables. Tercero. Convocatoria. La…
¿Quien puede solicitar esta ayuda?
- ✔ PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- ✔ PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Plazos
| Fecha de publicacion | 18 de febrero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de julio de 2026 |
Informacion economica
| Presupuesto total | 500.000 euros |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Industria y Energía |
| Sector economico | OTROS SERVICIOS; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
Enlaces oficiales
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Guías para entender esta convocatoria
Informacion completa
| Bases reguladoras | CONVOCATORIA PÚBLICA 2026 DE SUBVENCIONES CON DESTINO A ACTUACIONES DE FOMENTO DE IMPLANTACIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES FOTOVOLTAICAS, MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA POR EQUIPOS DE AEROTERMINA EN LA CLIMATIZACIÓN Y ACS Y MOVILIDAD ELÉCTRICA |
| Publicacion en diario oficial | Si |
| Administracion | Local |
| Ultima actualizacion BD | 2026-07-26T04:12:07.885895 |