Abierta · quedan 204 díasAutonómicaServ. sociales

20 de febrero de 2026, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se convoca el Bono Nacimiento dirigido a las familias de Castilla y León para el cuidado de hijos por nacimiento o adopción

Denominación oficial: Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se convoca el Bono Nacimiento dirigido a las familias de Castilla y León para el cuidado de hijos por nacimiento o adopción.

Plazo de solicitud 31 de marzo de 2027
Estado Abierta · quedan 204 días
Código BDNS 889807

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA Y LEON. Presupuesto: 19,6 M€. Se puede solicitar hasta el 31 de marzo de 2027. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede sin competir: cualquiera que cumpla los requisitos y la solicite la recibe, siempre que haya fondos disponibles. Es un bono nacimiento para familias de Castilla y León que tengan un bebé o adopten a un menor durante 2026. Se entrega como una tarjeta prepago para comprar alimentos infantiles, pañales, productos de higiene y otras cosas básicas. La solicitud está abierta hasta el 31 de marzo de 2027 y no implica devolución de dinero.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS. Primero. Objeto y finalidad. Esta Resolución tiene por objeto efectuar la convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, del Bono Nacimiento dirigido a las familias de Castilla y León por el nacimiento de hijas o hijos o la adopción de menores entre el 1 de enero y el 31 diciembre de 2026. Su finalidad es subvencionar los gastos de cada nuevo nacimiento o adopción de menores, a través de una tarjeta prepago que podrá ser utilizada para la adquisición de productos básicos para alimentación infantil, pañales y productos de higiene, entre otros, con los requisitos y condiciones que se detallan en la Convocatoria. Segundo. Beneficiarias. Las familias cuyos progenitores o el único responsable familiar, en el caso de las familias monoparentales o mujer víctima de violencia de género (por alguno de los medios previstos en la Ley 13/2010), tengan hijas o hijos nacidos, o menores adoptados, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, tengan residencia legal en España, dispongan de documento acreditativo en vigor de tal situación, estén empadronados en un municipio de Castilla y León a la fecha del nacimiento del menor que da derecho a la subvención y que también ha de estar empadronado en un municipio de Castilla y León. Tercero. Bases reguladoras. Orden FAM/1972/2022, de 29 de diciembre de 2022, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del Bono Nacimiento a las familias de Castilla y León para el cuidado de hijos, por nacimiento o adopción, modificada por ORDEN FAM/83/2024, de 2 de febrero. Cuarto. Dotación presupuestaria. El crédito asignado para la concesión del Bono Nacimiento asciende a 19.600.000 €. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y con el fin de atender la totalidad de las solicitudes de subvención, se podrá añadir a la financiación descrita una cuantía adicional. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de la solicitud será de 3 meses desde la fecha de nacimiento o adopción, o desde la publicación del presente extracto en el B.O.C. y L., en el caso de los niños nacidos entre el 1 de enero de 2026 y dicha fecha de publicación. La solicitud de la ayuda complementaria por discapacidad podrá presentarse junto con la solicitud inicial o posteriormente y antes de que el niño cumpla cinco años, al amparo de convocatorias posteriores.

Organismo convocante

CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE DESREGULACIÓN, FAMILIA Y AYUDAS SOCIALES

Ámbito

CASTILLA Y LEON

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación26 de febrero de 2026
Fecha inicio de solicitudes3 de marzo de 2026
Fecha fin de solicitudes31 de marzo de 2027

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económico98 - Actividades de los hogares como productores de bienes y servicios para uso propio
Última actualización BD23 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total19,6 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Orden FAM/1972/2022, de 29 de diciembre de 2022, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del Bono Nacimiento a las familias de CyL para el cuidado de hijos, por nacimiento o..

Bases reguladoras ↗