20 de febrero de 2026, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se convoca el Bono Nacimiento dirigido a las familias de Castilla y León para el cuidado de hijos por nacimiento o adopción
Denominación oficial: Resolución de 20 de febrero de 2026, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se convoca el Bono Nacimiento dirigido a las familias de Castilla y León para el cuidado de hijos por nacimiento o adopción.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA Y LEON. Presupuesto: 19,6 M€. Se puede solicitar hasta el 31 de marzo de 2027. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: cualquiera que cumpla los requisitos y la solicite la recibe, siempre que haya fondos disponibles. Es un bono nacimiento para familias de Castilla y León que tengan un bebé o adopten a un menor durante 2026. Se entrega como una tarjeta prepago para comprar alimentos infantiles, pañales, productos de higiene y otras cosas básicas. La solicitud está abierta hasta el 31 de marzo de 2027 y no implica devolución de dinero.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS. Primero. Objeto y finalidad. Esta Resolución tiene por objeto efectuar la convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, del Bono Nacimiento dirigido a las familias de Castilla y León por el nacimiento de hijas o hijos o la adopción de menores entre el 1 de enero y el 31 diciembre de 2026. Su finalidad es subvencionar los gastos de cada nuevo nacimiento o adopción de menores, a través de una tarjeta prepago que podrá ser utilizada para la adquisición de productos básicos para alimentación infantil, pañales y productos de higiene, entre otros, con los requisitos y condiciones que se detallan en la Convocatoria. Segundo. Beneficiarias. Las familias cuyos progenitores o el único responsable familiar, en el caso de las familias monoparentales o mujer víctima de violencia de género (por alguno de los medios previstos en la Ley 13/2010), tengan hijas o hijos nacidos, o menores adoptados, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, tengan residencia legal en España, dispongan de documento acreditativo en vigor de tal situación, estén empadronados en un municipio de Castilla y León a la fecha del nacimiento del menor que da derecho a la subvención y que también ha de estar empadronado en un municipio de Castilla y León. Tercero. Bases reguladoras. Orden FAM/1972/2022, de 29 de diciembre de 2022, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del Bono Nacimiento a las familias de Castilla y León para el cuidado de hijos, por nacimiento o adopción, modificada por ORDEN FAM/83/2024, de 2 de febrero. Cuarto. Dotación presupuestaria. El crédito asignado para la concesión del Bono Nacimiento asciende a 19.600.000 €. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y con el fin de atender la totalidad de las solicitudes de subvención, se podrá añadir a la financiación descrita una cuantía adicional. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de la solicitud será de 3 meses desde la fecha de nacimiento o adopción, o desde la publicación del presente extracto en el B.O.C. y L., en el caso de los niños nacidos entre el 1 de enero de 2026 y dicha fecha de publicación. La solicitud de la ayuda complementaria por discapacidad podrá presentarse junto con la solicitud inicial o posteriormente y antes de que el niño cumpla cinco años, al amparo de convocatorias posteriores.
Organismo convocante
CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE DESREGULACIÓN, FAMILIA Y AYUDAS SOCIALES
Ámbito
CASTILLA Y LEON
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 26 de febrero de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 3 de marzo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de marzo de 2027 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | 98 - Actividades de los hogares como productores de bienes y servicios para uso propio |
| Última actualización BD | 23 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 19,6 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden FAM/1972/2022, de 29 de diciembre de 2022, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del Bono Nacimiento a las familias de CyL para el cuidado de hijos, por nacimiento o..