Bases reguladoras del concurso público para la concesión de subvenciones para el fomento de la natalidad de la provincia de Ourense, programa ChegOU, para el ejercicio 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Ourense. Presupuesto: 400.000 €. Se puede solicitar hasta el 15 de enero de 2027. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: cualquier persona que cumpla los requisitos y la solicite la recibe, siempre que haya fondos disponibles. La fecha límite para presentar la solicitud es el 15 de enero de 2027. La subvención, de carácter económico y sin devolución, está destinada a personas físicas que no desarrollen actividad económica y que en 2026 hayan tenido un hijo nacido en España o hayan adoptado a un menor en el mismo año. El objetivo es fomentar la natalidad en la provincia de Ourense.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Objeto de la subvención Constituye el objeto de estas bases la regulación de las ayudas que la Diputación de Ourense, a través del Área de Bienestar, le otorgará, mediante concurrencia no competitiva, a la persona que durante el año 2026 tenga un hijo o hija, tenga constituida la tutela o adopción de un niño o niña, a través del procedimiento previsto en los artículos 19.2 la Ley 9/2007, de 13 de junio , de Subvenciones de Galicia y en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Ourense (BOP n.º 260, de 12 de noviembre de 2015). Beneficiarios/as Podrá ser beneficiario/a de estas ayudas: El/la progenitor/a de un/de una menor nacido/a en España entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026. El/la adoptante de un/de una menor, siempre que la constitución de la adopción tenga lugar en España entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026. El/la tutor/a de un/de una menor, siempre que la constitución de la tutela tenga lugar en España entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026. En todos los casos es preciso cumplir las siguientes condiciones: A) La persona solicitante tiene que figurar empadronada en algún ayuntamiento de la provincia de Ourense a la fecha de la solicitud y además esta inscripción tiene que cumplir alguna de las siguientes condiciones: A.1 Que la inscripción en algún ayuntamiento de la provincia de Ourense sea anterior al menos un mes antes de la publicación del extracto de las bases de la convocatoria, o bien, A.2 Que la inscripción en algún ayuntamiento de la provincia de Ourense tenga una antelación de al menos 6 meses anteriores a la fecha de nacimiento del menor que concede el derecho a esta ayuda. B) En caso de que la persoa solicitante sea estranjera, tendrá que cumplir, además, lo establecido en la LO 4/2000, do 11 de enero, sobre derechos y libertades de los/las dos/as estranjeros/as en España y su integración social. Cada niño/a nacido/a, tutelado/a o adoptado/a dará derecho a una única subvención a favor del solicitante: progenitor/a, tutor/a o padre/madre del/la menor. Cuantía Las cuantías a las que tendran derecho las personas solicitantes serán las que resulten de la consideración de los siguientes apartados. Según el ayuntamiento de empadroanamiento del/la solicitante.- Las cuantias recogidas en este apartado dependerán do “grado de reto demográfico” que tenga señalado el ayuntamiento en el que están empadronada la persona solicitante, según se recoge en el Anexo I de esta convocatoria. Las cuantías serán las seguintes: Para ayuntamientos de grado 0 (sen prioridade), e grado 1 : 300,00 € (trescientos euros). Para ayuntamientos de grado 2 e grado 3: 500,00 € (quinientos euros). Según la condición de persona con discapacidad del solicitante o del menor que genere el derecho a la subvemción. En caso de que la persona solicitante, o bien el/la menor que genera el derecho a esta ayuda, tengan una discapacidad igual o superior al 33%, tendrán derecho a que se incremente la cuantia, en los siguientes límites: Ayuntamientos grado 0 (sen prioridad) o grado 1 + discapacidad acreditada : 750,00€. Ayuntamientos grado 2 y grado 3 + discapacidad acreditada: 1.000,00€ Según la condición de familia numerosa: Aquellos/as solicitantes tengan, o adquieran a través del/la menor que genera el dereito a esta ayuda, condición de familia numerosa, según lo previsto na Ley de Proteccion das Familias Numerosas, (Ley 40/2003, de 18 de novembro), y sus posteriores modificacións (Ley 40/2007 de 4 de diciembre e Ley 26/2015 de 28 de julio,) tendrán derecho a un incremento de 250,00 € en la ayuda a la natalidad dependiendo de los criterios que cumplan en los apartados previos. Empadronamiento ayuntamientos grado 0 ou 1; 300, 00 € + 250,00 € = 550,00 € Empadronamiento ayuntamientos 2 ou 3; 500, 00 € + 250,00 € =750,00 € Empadronamiento ayuntamientos 0 ou 1, discapacidade igual ou superior o 33%; 750, 00 € + 250,00 € = 1.000,00 €. Empadronamiento ayuntamientos 2 ou 3, discapacidade igual ou superior o 33%; 1.000, 00 € + 250,00 € = 1.250,00 €. Solicitudes: plazos, lugar de presentación y documentación Las solicitudes de los/as niños/as nacidos/as, adoptados/as o tutelados/as durante el año 2026 se podrán presentar desde el día siguiente de la publicación de estas bases y hasta el 31 de diciembre de 2026. En caso de que el nacimiento del/ de la menor o constitución de la adopción o tutela que motiva la solicitud hubiese tenido lugar entre el 1 y el 31 de diciembre de 2026, el plazo de solicitud finalizará el día 15 de enero del año 2027. Las solicitudes se deberán presentar telemáticamente, utilizando la plataforma “ChegOU” a través de la web de la Diputación de Ourense http://www.depourense.gal, y se registrarán en el Registro Electrónico General de la Diputación de Ourense. El empleo de medios electrónicos para la presentación de la solicitud tendrá carácter obligatorio, al amparo del establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 7.2 de la vigente Ordenanza de acceso electrónico a los servicios provinciales de la Diputación Provincial de Ourense (BOP núm. 296, de fecha 28.12.2009), al estar plenamente garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos conforme con lo establecido en los párrafos siguientes, por lo que no se admitirá a trámite ninguna solicitud que se formule por otros medios siendo obligatoria la presentación de solicitudes por vía telemática de conformidad con el previsto en esta base. Para la presentación de la solicitud tendrá que utilizarse el formulario normalizado que estará accesible en la dirección indicada. Para la presentación de solicitudes se podrá realizar: 1) Con Certificado electrónico. 2) Sin certificado electrónico. Se hará de la siguiente forma: a. Con certificado electrónico. Se admitirá la presentación a través de cualquiera de los certificados válidos…
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE OURENSE — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE OURENSE
Ámbito
Ourense
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 4 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 15 de enero de 2027 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 31 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 400.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases reguladoras del concurso público para la concesión de subvenciones para el fomento de la natalidad de la provincia de Ourense, programa ChegOU, para el ejercicio 2026