De 26 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las personas agricultoras jóvenes, en el marco del Plan estratégico de la política agraria común de España 2023-2027, cofinanciadas por el Fondo Europ
Denominación oficial: Orden de 26 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las personas agricultoras jóvenes, en el marco del Plan estratégico de la política agraria común de España 2023-2027, cofinanciadas por el Fondo Europ
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: GALICIA. Presupuesto: 53,0 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (identif.): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/inicio). Primero. Personas beneficiarias En función del tipo de ayuda que se solicite, las siguientes personas podrán ser beneficiarias: MR404A. Establecimiento de personas agricultoras jóvenes. Subintervención 68611_01 Incorporación agraria: persona física que tenga entre 18 y 40 años de edad, cuente con la capacidad y competencias profesionales adecuadas y se instale en una explotación agraria por vez primera como jefe de dicha explotación. MR405F. Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones. Explotaciones agrarias. Subintervención 68412_01 Explotaciones: titular de explotación agraria vinculada a la solicitud simultánea de la ayuda de establecimiento de personas agricultoras jóvenes. Segundo. Objeto Establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a las personas agricultoras jóvenes, en el marco del Plan estratégico de la política agraria común de España 2023-2027, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y convocarlas para el año 2026 (códigos de procedimiento MR404A y MR405F). Tercero. Bases reguladoras Orden de 26 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las personas agricultoras jóvenes, en el marco do Plan estratégico da política agraria común de España 2023-2027, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el año 2026 (códigos de procedimiento MR404A y MR405F). Cuarto. Cuantía de las ayudas. En función del tipo de ayuda que se solicite, las cuantías de las ayudas son las siguientes: a)MR404A. Establecimiento de personas agricultoras jóvenes. Subintervención 68611_01 Incorporación agraria. El importe de la ayuda será de 30.000 euros, que podrá incrementarse hasta los 70.000 euros en función de la aplicación de los criterios mujer, explotación localizada en zonas con limitaciones naturales de montaña o en la Red Natura 2000, explotación ecológica y titularidad compartida. a)MR405F. Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones. Explotaciones agrarias. Subintervención 68412_01 Explotaciones. El importe de la ayuda será del 30 % de los costes elegibles, que podrá incrementarse hasta un máximo del 65 %, con un máximo de 75.000 euros/UTA y un límite de 250.000 euros/beneficiario. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes, que se contará desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.
Organismo convocante
GALICIA — CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL
Ámbito
GALICIA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 4 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 10 de marzo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 9 de abril de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | 01.6 - Actividades de apoyo a la agricultura, a la ganadería y de preparación posterior a la cosecha; 01.5 - Producción agrícola combinada con la producción ganadera |
| Última actualización BD | 2 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 53,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Anexo MR405F ↗
- Anexo MR404A ↗
- Texto en otra lengua de la convocatoria ↗
- EXTRACTO de la Orden de 26 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las personas agricultoras jóvenes, en el marco del Plan estratégico de la política agraria común de España 2023-2027, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el año 2026 (códigos de procedimiento MR405A y MR405F). ↗
Bases reguladoras
Orden de 26 de febrero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las personas agricultoras jóvenes, en el marco del Plan estratégico de la política agraria común de España 2023-2027, cofinanciadas por el Fondo Euro