La Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la creación literaria, correspondientes al año 2026
Denominación oficial: Resolución de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la creación literaria, correspondientes al año 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 500.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
Descripción oficial de la convocatoria
Con fecha de 17 de marzo de 2026, se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 67 el extracto de la Resolución de 9 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la creación literaria, correspondientes al año 2026. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 4 de la resolución de convocatoria, “ El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo, de 500.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.481.20 del programa 334B del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura para el año 2026”. No obstante, el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone que, “excepcionalmente, la convocatoria podrá fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria”. A este mismo extremo hace también referencia el apartado 4 del borrador de resolución de convocatoria, contemplándose que el órgano gestor pueda incrementar la cuantía inicialmente estimada con una cuantía adicional de hasta 500.000 euros. En base a esta previsión el 3 de marzo de 2026 se aprobó una modificación presupuestaria para ampliar la dotación de la ayuda por ese importe. Por todo ello, mediante la presente resolución, se acuerda proceder a la ampliación de la dotación de las subvenciones para la Creación literaria, correspondientes al año 2026, con una cuantía adicional de 500.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.481.20 del programa 334B, alcanzándose así una cuantía total máxima de 1.000.000 euros. El resto de condiciones previstas en la convocatoria, permanecen inalteradas. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 11.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa; o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Organismo convocante
MINISTERIO DE CULTURA — DIRECCIÓN GENERAL DEL LIBRO, DEL CÓMIC Y DE LA LECTURA
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 13 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Nacional |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | 58.1 - Edición de libros, periódicos y otras actividades editoriales, excepto la edición de programas informáticos |
| Última actualización BD | 2 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 500.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Bases reguladoras
Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos