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SUBVENCIONES PARA CELEBRACIÓN DE FIESTAS PATRONALES EN EL MUNICIPIO DE ZIGOITIA 2026

Plazo de solicitud 30 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 125 días
Código BDNS 893217

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Araba/Álava. Presupuesto: 20.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de diciembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda es una subvención de 20 000 euros que se concede de forma competitiva para financiar fiestas patronales y romerías en Zigoitia, Álava. Puedes solicitarla si tu entidad está legalmente constituida y no ejerce actividad económica. Hay que presentar la solicitud antes del 30 de diciembre de 2026; las peticiones se evalúan y solo se concede a quienes resulten seleccionados, por lo que cumplir los requisitos no asegura su concesión.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Entidades beneficiarias Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones los concejos que se encuentren legalmente constituidos y registrados, del municipio de Zigoitia. Segundo. Objeto La subvención tiene por finalidad colaborar en la financiación de fiestas patronales y/o romerías de las localidades del municipio de Zigoitia, con objeto de: - Potenciar la participación de los vecinos y vecinas en la organización y disfrute de las fiestas del pueblo. - Fomentar la realización de actividades lúdico- culturales que contribuyan a enriquecer la convivencia. Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza específica para la concesión de subvenciones en materia de fiestas patronales aprobada en fecha 20 de abril de 2016, y publicada en el BOTHA n.º 64 de fecha 6 de junio de 2016. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria, adjudicando, con el límite fijado en el punto siguiente, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios. Cuarto. Cuantía de la ayuda La financiación de las ayudas que se concedan a consecuencia de las solicitudes presentadas de acuerdo con la presente convocatoria se imputarán a la aplicación presupuestaria 338.434.000 en concepto de “subvención fiestas de los concejos del municipio” del presupuesto para el año 2027. La cuantía total máxima de las ayudas convocadas es de 20.000 euros. La cuantía total máxima tiene carácter estimado por lo que la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. En los supuestos en los que el crédito presupuestario que resulte aprobado en el ejercicio 2027 fuera superior a la cuantía inicialmente estimada, el órgano gestor podrá decidir su aplicación o no a la convocatoria, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto antes de la resolución, sin necesidad de nueva convocatoria. La cantidad máxima a subvencionar por entidad será el resultado de distribuir a partes iguales la dotación de la partida presupuestaria entre el número de solicitudes sin que en ningún caso pueda subvencionarse más del 100 por cien del gasto justificado. En el supuesto que exista un excedente de crédito en la partida presupuestaria, la cantidad máxima a subvencionar podrá superar el importe resultante de distribuir a partes iguales la dotación de la partida entre el número de solicitudes. No obstante, este Ayuntamiento podrá dar una tramitación especial para determinados programas que sean de especial interés, siempre y cuando el cómputo total de las subvenciones no supere en ningún caso la cantidad asignada en las aplicaciones presupuestarias, para tales fines, del presupuesto general del Ayuntamiento de Zigoitia. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo máximo de presentación de solicitudes y justificación, junto con la documentación a que hace referencia el punto séptimo, será el 30 de diciembre de 2026. Sexto. Otros datos Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes: - Solicitud oficial debidamente cumplimentada y firmada. - Justificantes de gastos causados por la realización de la actividad o actividades subvencionadas: facturas o documentos contables de valor probatorio y equivalente: originales o fotocopias compulsadas. No se admitirán como justificación de los gastos, aquellos recibos, facturas, tickets, etc. en los que no estén claramente identificados los siguientes datos: Emisor, con su nombre o razón social y DNI o NIF. Receptor, con su razón social y NIF (tiene que coincidir con la entidad beneficiaria de la subvención) Objeto del gasto Fecha IVA: tipo(s) impositivo(s) aplicado(s) Ejemplares de programas, en los cuales se hará mención del patrocinio del Ayuntamiento de Zigoitia.

Organismo convocante

ZIGOITIA — AYUNTAMIENTO DE ZIGOITIA

Ámbito

Araba/Álava

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación16 de marzo de 2026
Fecha inicio de solicitudes25 de marzo de 2026
Fecha fin de solicitudes30 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económico93.1 - Actividades deportivas; 93.2 - Otras actividades recreativas y de entretenimiento; 84.2 - Prestación de servicios a la comunidad en general
Última actualización BD23 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total20.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDENANZA ESPECÍFICA REGULADORA DE LAS BASES DE LAS SUBVENCIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE FIESTAS PATRONALES

Bases reguladoras ↗