Convocatoria 2026 de ayudas económicas para personas mayores y/o pensionistas, destinada a la realización de adaptaciones domiciliarias para facilitar su movilidad, comunicación y autonomía personal
Denominación oficial: CONVOCATORIA 2026 DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA PERSONAS MAYORES Y/O PENSIONISTAS, DESTINADA A LA REALIZACIÓN DE ADAPTACIONES DOMICILIARIAS PARA FACILITAR SU MOVILIDAD, COMUNICACIÓN Y AUTONOMÍA PERSONAL
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 30.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
La ayuda se concede de forma competitiva; hay que presentar la solicitud dentro del plazo indicado y luego se comparan todas las peticiones, por lo que cumplir los requisitos no garantiza obtenerla. Se trata de una subvención en efectivo sin devolución para personas mayores de 70 años o pensionistas que vivan en Alcobendas y lleven al menos un año empadronados. El objetivo es financiar pequeñas obras de adaptación en el domicilio habitual, como eliminación de obstáculos, instalación de elementos de apoyo o mejoras que faciliten la movilidad, el aseo y la autonomía personal.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3B y 20.8A y 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Primero. Objeto El objeto de la Convocatoria tiene por finalidad otorgar a personas físicas mayores y/o pensionistas residentes en Alcobendas, para la adaptación del domicilio habitual, que les facilite la realización de Actividades de la vida diaria, aseo o deambulación, con elementos de apoyo. Las ayudas económicas están destinadas a pequeñas reformas, para la eliminación de barreras arquitectónicas, facilitando la movilidad interior, la realización de las actividades de la vida diaria y la autonomía personal. Segundo. Personas beneficiarias Personas mayores de 70 años, empadronadas en Alcobendas con empadronamiento mínimo de 1 año en la vivienda donde se desea realizar la adaptación; o personas mayores menores de 70 años empadronadas mínimo 1 año en la vivienda donde se ha realizado la adaptación, que además tengan reconocido Grado de Dependencia o haber solicitado la valoración de dependencia, antes de la fecha de publicación de la Convocatoria. Tercero. Cuantía El importe a otorgar a cada persona beneficiaria tendrá como límite máximo de DOS MIL EUROS (2.000,00€) para el acondicionamiento, reforma o adaptación del domicilio Cuarto. Bases reguladoras Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para concesión de Subvenciones en materia de Bienestar Social (BOCM Nº 24 de 28/01/2017), que regula los ámbitos o materias sobre los que se pueden conceder subvenciones en el Ayuntamiento de Alcobendas. Quinto. Requisitos de la convocatoria 1. La vivienda que sea objeto de la adaptación o acondicionamiento debe ser vivienda habitual y permanente de la persona mayor solicitante. 2. La vivienda debe ser propiedad o copropiedad de alguna de las personas que formen parte de la unidad familiar de convivencia del/la mayor solicitante. 3. Si la vivienda donde se realiza la adaptación domiciliaria es en régimen de alquiler deberá presentarse con la solicitud autorización expresa de la propiedad. 4. Las obras de adaptación y/o acondicionamiento no se deben haber realizado con anterioridad a la aprobación del proyecto e informe del equipo técnico de terapia ocupacional de mayores. 5. No tener pendiente de justificación otras subvenciones. Sexto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes Plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Presentación solicitudes: A través el Registro Electrónico Municipal del Ayuntamiento de Alcobendas, a través del Servicio de Atención Ciudadana (SAC); a través de la Sede Electrónica www.alcobendas.org
Organismo convocante
ALCOBENDAS — AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
Ámbito
COMUNIDAD DE MADRID
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 20 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | 88.1 - Actividades de servicios sociales sin alojamiento para personas mayores o con discapacidad |
| Última actualización BD | 31 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 30.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
SUBVENCIONES EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL