Resolución Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo por la que se convocan ayudas para el fomento de la natalidad y la adopción en el Principado de Asturias para el ejercicio 2026
Denominación oficial: Resolución Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo por la que se convocan ayudas para el fomento de la natalidad y la adopción en el Principado de Asturias para el ejercicio 2026.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuesto: 2,1 M€. Se puede solicitar hasta el 30 de noviembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Se concede sin competir: cualquier persona que cumpla los requisitos y la solicite la puede obtener, siempre que haya fondos disponibles. La ayuda está dirigida a familias que vivan en cualquier concejo de Asturias y tengan hijos nacidos o adoptados entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, siempre que los ingresos anuales de los progenitores o adoptantes no superen los 45 000 €. El apoyo es de 1 200 euros por cada nacimiento o adopción y se solicita hasta el 30 de noviembre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios: Serán beneficiarias de estas ayudas las unidades familiares que tengan su residencia habitual en cualquiera de los concejos del Principado de Asturias, que tengan menores a su cargo por nacimiento entre el 1 de octubre del 2025 y el 30 de septiembre del 2026 o cuya adopción, haya tenido lugar en ese mismo periodo, siempre que la suma de los ingresos fiscales anuales de los progenitores o adoptantes no sean superiores a 45.000€. Segundo. Finalidad: El apoyo a la natalidad mediante la concesión de ayudas económicas a las familias cuya renta no supere los 45.000 euros al año y con residencia habitual en algún concejo del Principado de Asturias, con especial incidencia en aquellos concejos con riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica, por el nacimiento o la adopción de un hijo/a. Tercero. Importe: El importe de la ayuda es de 1.200 euros por nacimiento o adopción del primer hijo, 1.700 euros por nacimiento o adopción del segundo y/o sucesivos hijos, y 2.200 euros nacimiento o adopción de hijos/as en familias con domicilio en concejos riesgo de despoblamiento o en crisis demográfica con independencia del orden del nacido. Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del extracto de la presente convocatoria y finalizará conforme a los siguientes criterios: ,,Para los menores nacidos o adoptados entre el 1 de octubre de 2025 y la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria, el plazo de presentación finalizará dos meses después de dicha publicación. ,,Para los menores nacidos o adoptados desde el día siguiente de la fecha de publicación del extracto de la convocatoria hasta el 30 de septiembre de 2026, el plazo de presentación de solicitudes finalizará dos meses después del nacimiento o adopción del menor que da derecho a la ayuda. Quinto. Otros datos: En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0408T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en las que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información comp lementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud. El otorgamiento o denegación de subvenciones se realizará por el órgano convocante, mediante resolución motivada que deberá adoptarse en el plazo máximo de 6 meses contados a partir del vencimiento de presentación de la solicitud. La resolución de concesión de la subvención será notificada a las personas interesadas mediante su publicación en el BOPA. Transcurrido dicho plazo máximo sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender que ésta es desestimatoria.
Organismo convocante
PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, RETO DEMOGRÁFICO, IGUALDAD Y TURISMO
Ámbito
PRINCIPADO DE ASTURIAS
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 20 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de abril de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 16 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2,1 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- SOLICITUD DE PRESTACIÓN ECONÓMICA POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJO/A ↗
- Ficha Acreedor ↗
- CONCEJOS EN RIESGO DE DESPOBLAMIENTO Y EN CRISIS ↗
- Consentimiento de consulta de datos personales del segundo progenitor ante la ausencia de firma ↗
- Resolución Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo por la que se convocan ayudas para el fomento de la natalidad y la adopción en el Principado de Asturias para el ejercicio 2026. ↗
Bases reguladoras
LEY del Principado de Asturias 5/2025, de 31 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2026.