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26 de marzo de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de 2026 de las subvenciones para la dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas del Principado de Asturias a través del Bono Comercio Asturias

Denominación oficial: Resolución de 26 de marzo de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de 2026 de las subvenciones para la dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas del Principado de Asturias a través del Bono Comercio Asturias.

Plazo de solicitud No disponible
Estado No disponible
Código BDNS 895934

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: PRINCIPADO DE ASTURIAS. Presupuesto: 3,0 M€. Concurrencia competitiva - canónica.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero.-Beneficiarios: Personas físicas mayores de edad y residentes en el Principado de Asturias que adquieran productos en los establecimientos comerciales minoristas adheridos al programa Bono Comercio Asturias a través de un único tipo de bono-descuento y no hayan recibido subvenciones con la misma finalidad. Segundo.-Objeto: Serán gasto y actividad subvencionable la adquisición de productos en los establecimientos comerciales minoristas adheridos al programa Bono Comercio Asturias, a través de un único tipo de bono-descuento. Tercero.-Bases reguladoras: Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la dinamización e incentivación del consumo en los comercios minoristas del Principado de Asturias a través del Bono Comercio Asturias. (BOPA de 3 de noviembre de 2023),, Cuarto.-Cuantía: La cuantía total de la convocatoria es de 3.000.000 € # (TRES MILLONES DE EUROS) con cargo a la aplicación presupuestaria 1404.622C.486.030. Cada persona beneficiaria dispondrá de un máximo de 5 bonos, por valor de 10€ cada uno, que podrá ser usado en uno o varios de los comercios minoristas adheridos al programa. Asimismo, los bonos-descuento podrán ser utilizados por cada consumidor en una única compra o varias compras. Cada uno de los Bono Comercio Asturias tendrá la consideración de bono descuento por un valor de 10 euros sobre una compra mínima de 30 euros, IVA incluido, en los establecimientos adheridos. Quinto.- Plazo de realización de las actuaciones. Los bonos podrán canjearse en los establecimientos adheridos al programa desde el 1 de mayo al 30 de junio de 2026. En el supuesto de que resulte procedente la apertura de un nuevo periodo de canje, los bonos podrán ser asimismo canjeados entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de 2026. Sexto.-Plazo de presentación de solicitudes: El plazo para la descarga de los bonos por las personas usuarias será del 1 al 15 de mayo de 2026,salvo que antes de expirado el mencionado plazo se hayan agotado las existencias de bonos por el importe de 3.000.000 €, o el importe ampliado, en su caso. El plazo de adhesión de los establecimientos comerciales al programa comenzará el 1 de abril de 2026 y concluirá el 20 de abril del mismo año, sin perjuicio de su posible ampliación en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de que resulte procedente la apertura de un nuevo periodo de descarga que comenzará el 1 de octubre y finalizará el día 15 de octubre del mismo año, salvo que antes de expirado el mencionado plazo se hayan agotado las existencias de bonos por el importe que se determine, que será el correspondiente a la cuantía de los bonos no utilizados en el anterior periodo de canje, o el importe ampliado, en su caso. Séptimo.- Otros datos. En la sede electrónica del Principado de Asturias (https:// https://miprincipado.asturias.es/) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0492T01 en el buscador de cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución e información complementaria. La adhesión de los establecimientos comerciales minoristas al programa Bono Comercio Asturias y la descarga de los bonos por parte de las personas usuarias exigirá el registro previo en la plataforma web habilitada para la gestión y ejecución del programa:,, https://bonoscomercioasturias.com

Organismo convocante

PRINCIPADO DE ASTURIAS — CONSEJERÍA DE CIENCIA, EMPRESAS, FORMACIÓN Y EMPLEO

Ámbito

PRINCIPADO DE ASTURIAS

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación27 de marzo de 2026
Fecha inicio de solicitudes1 de mayo de 2026
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Sector económico47.9 - Actividades de servicios de intermediación para el comercio al por menor; 47.1 - Comercio al por menor no especializado
Última actualización BD7 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total3,0 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la dinamización e incentivación del consumo en los comercios