Subvenciones destinadas a asociaciones para gastos corrientes del año 2026
Denominación oficial: SUBVENCIONES DESTINADAS A ASOCIACIONES PARA GASTOS CORRIENTES DEL AÑO 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 100.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta es una subvención de 100 000 € que el Ayuntamiento de Valencia destina a asociaciones vecinales sin ánimo de lucro para cubrir sus gastos corrientes del 2026. La ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 30 de septiembre de 2026 y tu proyecto se evaluará junto a los de otras asociaciones; cumplir los requisitos no asegura que la recibas.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de València sobre extracto del Acuerdo de 27 de marzo 2026 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de València, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la SUBVENCIONES DESTINADAS A ASOCIACIONES PARA GASTOS CORRIENTES DEL AÑO 2026 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/896352 ): Primero. Personas Beneficiarias: Asociaciones Vecinales del municipio de Valencia inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, que cumplan los siguientes requisitos: - Tratarse de Asociaciones Vecinales sin ánimo de lucro. - Estar constituidas de conformidad con la normativa vigente y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo, indicando expresamente en el nombre Asociaciones de Vecinos / Asociación Vecinal. - Estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas con anterioridad a la fecha de publicación en el BOP del extracto de la presente convocatoria y cumplir con la obligación de notificar al registro cualquier modificación de los datos. - Contar con domicilio social en la ciudad de Valencia. - Tener como ámbito de actuación la ciudad de Valencia. - No encontrarse incursa en ninguna de las circunstancias relacionadas con los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley General de Subvenciones. - Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y con la Seguridad Social. - No tener deuda pendiente con el Ayuntamiento de Valencia. - Haber justificado correctamente, con anterioridad a la finalización del plazo de subsanación de defectos de la presente convocatoria, cualquier subvención otorgada por el Ayuntamiento de Valencia, excepto en aquellos casos en que no haya finalizado el correspondiente plazo de justificación. Segundo. Finalidad: El Ayuntamiento de Valencia, a través de la Delegación de Participación, Acción Vecinal y Pedanías y dentro de los créditos consignados en el presupuesto general para el año 2026 convoca un procedimiento de concesión de subvenciones dirigidas a Asociaciones Vecinales con domicilio social en el término municipal de Valencia, para posibilitar y ayudar en los gastos generales corrientes de su propio funcionamiento y en general, proporcionarles apoyo en sus gastos corrientes. La convocatoria se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva. El objetivo es proporcionar soporte económico a dichas entidades para sufragar los gastos corrientes derivados de las actuaciones de mantenimiento y de gestión de su actividad, así como reforzar la capacidad de auto-organización de estas entidades ciudadanas para que puedan desarrollar mejor su trabajo. En esta convocatoria se ha introducido como novedad la posibilidad de incrementar la cantidad percibida en un máximo de 1.500€ adicionales, si las entidades llevan a cabo en este ejercicio, un programa de actividades conmemorativas del cumplimiento de 50 o más años desde la fecha de su constitución. Los gastos subvencionables serán gastos corrientes: gastos de arrendamiento del local en que tenga su sede la asociación, arrendamiento ocasional de espacios para reuniones de la entidad, mantenimiento de locales, suministros (limpieza, electricidad, teléfono, Internet), material de oficina fungible, ediciones genéricas de imprenta o publicidad, mantenimiento de equipos informáticos, páginas web, seguros, gestorías, asesorías, cuotas de federaciones y/o coordinadoras, etc., tributos y cualquier otro gasto análogo que constituya gasto corriente de mantenimiento y gestión de la actividad de la entidad. En el caso de asociaciones que desarrollen un programa de actividades conmemorativas de una antigüedad igual o superior a cincuenta años desde su constitución, podrán presentar gastos de restauración y similares, plasmados expresa y motivadamente, y que estén relacionados directamente con dicha celebración Tercero. Bases Reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de València y sus Organismos Públicos, aprobada inicialmente por acuerdo plenario de 28 de Julio de 2016 (BOP 1-09-16), elevada a definitiva por Resolución de Alcaldía nº Z-903, de fecha 19 de Octubre de 2016 (BOP 2-11-16). Cuarto. Importe: La presente convocatoria de subvenciones se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 2026 SW130 92400 48910 del presupuesto municipal, conceptuada como Otras transferencias, que cuenta con un crédito de 100.000 euros, distribuida entre todas las entidades y otorgando la cantidad máxima de 3.000 a 2.000 euros por asociación en función de si tienen gastos de sede/local (alquiler), y en el caso de asociaciones con programa de actividades conmemorativas de la antigüedad señalada podrá incrementarse hasta los 1.500€. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Periodo de presentación con fechas fijas preestablecidas. Fecha de inicio estimada: 01 de septiembre 2026 / Fecha de fin estimada: 30 de septiembre 2026 Otros: La Justificación de la Subvención, se realiza en el mismo momento de presentación de la instancia, del 1 al 30 de septiembre de 2026.
Organismo convocante
VALENCIA — AYUNTAMIENTO DE VALENCIA
Ámbito
ESPAÑA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 31 de marzo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de septiembre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras Prestaciones económicas |
| Sector económico | 94 - Actividades asociativas |
| Última actualización BD | 7 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 100.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA Y SUS ORGANISMOS PÚBLICOS