Subvenciones destinadas a la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. Minimis Agrícola. REG.(UE)1408/2013. Orden de 25 de marzo de 2026 de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CASTILLA Y LEON. Presupuesto: 14.000 €. Se puede solicitar hasta el 5 de octubre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: la puedes solicitar si cumples los requisitos y habrá financiación mientras haya fondos disponibles. El plazo para presentar la solicitud es hasta el 5 de octubre de 2026. Está dirigida a pymes y a trabajadores autónomos en Castilla y León que quieran contratar a personas con discapacidad de forma indefinida o transformar contratos temporales en permanentes. El objetivo es facilitar la inserción de personas con discapacidad en el mercado laboral ordinario mediante una subvención económica sin devolución.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS, y en los siguientes enlaces: (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/899852) (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/899873) Los códigos asignados por la Base de Datos Nacional de Subvenciones corresponden a un mismo texto de convocatoria. Primero. – Finalidad. Facilitar la inserción laboral de la contratación indefinida de personas trabajadoras con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario a través de tres programas: Programa I: Fomento de la contratación indefinida y transformación en indefinidos de contratos de duración determinada, temporales y formativos suscritos con personas trabajadoras con discapacidad. Programa II: Fomento del tránsito del empleo protegido desde los centros especiales de empleo al empleo en empresas del mercado ordinario, especialmente a través de los enclaves laborales regulados en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad, incentivando su contratación con carácter indefinido. Programa III: Fomento de la adaptación del puesto de trabajo o dotación de medios de protección personal. Segundo. – Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones: Las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario que contraten por tiempo indefinido a personas con discapacidad o transformen en indefinidos contratos de duración determinada, temporales y formativos suscritos con personas trabajadoras con discapacidad. Las empresas, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado de trabajo ordinario que contraten a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de centros especiales de empleo, sin pasar por un enclave laboral. Las empresas colaboradoras que incorporen a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de los enclaves laborales, regulados por el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero. Las Cooperativas de Trabajo y las Sociedades Laborales que incorporen como socios a personas trabajadoras con discapacidad con carácter indefinido. Tercero. – Bases reguladoras. Por Orden IEM/1209/2023, de 19 de octubre, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León, de 27 de octubre de 2023. Cuarto. – Cuantía. El crédito asignado a la convocatoria es de 211.000 euros. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, con el fin de atender un mayor número de solicitudes de subvención, los créditos asignados a esta convocatoria podrán ser incrementados durante su vigencia hasta llegar a un importe máximo de 600.000 euros Quinto. – Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta el 5 de octubre de 2026.
Organismo convocante
CASTILLA Y LEÓN — CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO
Ámbito
CASTILLA Y LEON
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 20 de abril de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 23 de abril de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 5 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | 01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas; 02 - Silvicultura y explotación forestal |
| Última actualización BD | 31 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 14.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
ORDEN IEM/1209/2023, de 19 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 1408/2013 de minimis, Agrícola