Subvenciones a entidades que ponen en euskera el sistema de facturacion “ticketbai”
Denominación oficial: SUBVENCIONES A ENTIDADES QUE PONEN EN EUSKERA EL SISTEMA DE FACTURACION “TicketBAI”.
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 1.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Es una ayuda competitiva: debes presentar la solicitud antes del 31 de diciembre de 2026 y las propuestas se evalúan entre sí, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El objetivo es financiar a pequeñas empresas y a personas físicas que, durante 2026, usen el programa de facturación TicketBAI en euskera. Solo pueden participar quienes tengan su domicilio fiscal o su actividad comercial en Arrasate. El recurso total disponible es de 1.000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
2.6. SUBVENCIONES A ENTIDADES QUE PONEN EN EUSKERA EL SISTEMA DE FACTURACION “TicketBAI”. 1. Objeto Es objeto de la presente convocatoria la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones a entidades que, durante el ejercicio de 2026, ponen en euskera, el sistema de facturación TicketBAI. 2. Personas o entidades beneficiarias Las subvenciones que se regulan a través de estas bases podrán ser solicitadas por las personas físicas o jurídicas que tengan su domicilio fiscal en Arrasate, o bien desarrollen su actividad económica, en locales ubicados en Arrasate. Quedan excluidas del ámbito de aplicación del presente programa los siguientes supuestos: a) Las entidades cuyo objeto sea la normalización del euskera –es decir, asociaciones de euskera, euskaltegis, ikastolas, ...- y las entidades públicas. b) Las grandes empresas o entidades de más de 50 personas empleadas c) Las empresas cuyo capital social pertenezca en más del 50% a las empresas o entidades citadas en la letra b). 3. Requisitos a cumplir Para la percepción de la subvención, la implementación del sistema de facturación “TicketBAI” deberá haber sido realizada dentro del ejercicio 2026. 4. Documentación a presentar Junto con el modelo de solicitud, la persona solicitante deberá presentar la siguiente documentación: - En cualquier caso y para todos los supuestos: a) Facturas de los gastos realizados. b) Acreditar, de la forma prevista en el artículo 7 de las bases generales, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Administración. Asimismo, puesto que las solicitudes de subvención son de un importe inferior a 3.000 euros, dicha documentación podrá ser sustituida por una declaración jurada de la persona interesada o representante de la entidad de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. c) La correspondiente licencia urbanística concedida por el ayuntamiento. Como quiera que este documento debe ser emitido por el propio Ayuntamiento de Arrasate, se comprobará de oficio, considerándose que, al presentar la solicitud de subvención, la persona interesada autoriza la comprobación del dato. 5. Plazo de presentación de solicitudes Las solicitudes de las acciones realizadas durante el año 2026 deberán ser presentadas antes del 31 de diciembre. Sin embargo, cuando la acción objeto de subvención se realice entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre el plazo se amplía en 1 mes, hasta el 31 de enero de 2027. A estos efectos, y a falta de otra documentación, se considerará que la fecha de realización coincide con la fecha de emisión de la factura, la cual deberá ser del año 2026. 6. Unidad administrativa encargada de la tramitación Las solicitudes serán tramitadas por el Servicio de Euskera 7. Criterios de valoración de las solicitudes Solamente se concederá una subvención por concepto y entidad. Para el cálculo de las ayudas a conceder, se tendrán en cuenta los siguientes criterios: a) La subvención será del 30% del coste, con un límite máximo de 250 €. 8. Presupuesto El importe de las ayudas convocadas a través del presente programa asciende a la cantidad de 1.000 €, y será financiado con cargo a la partida presupuestaria “1 0210.471.335.00.00 – Subvenciones Euskara”. El programa se dará por concluido cuando su consignación presupuestaria se agote, a no ser que el Ayuntamiento expresamente decida aumentar dicho crédito. 9. Justificación de las subvenciones Las subvenciones serán justificadas mediante los documentos requeridos en el artículo 4 de la presente convocatoria, a presentar juntamente con la solicitud de subvención. 10. Pago La subvención será abonada, previa justificación, en un único pago, en el plazo máximo de un mes contado a partir de la adopción del acuerdo de concesión. 11. Cláusula adicional En todo lo no recogido expresamente en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en la ordenanza reguladora de concesión y gestión de subvenciones del ayuntamiento de Arrasate, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones y demás disposiciones legales concordantes.
Organismo convocante
ARRASATE/MONDRAGÓN — AYUNTAMIENTO DE ARRASATE/MONDRAGÓN
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 24 de abril de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Comercio, Turismo y Pymes |
| Sector económico | G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; I - HOSTELERÍA |
| Última actualización BD | 31 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza municipal para la concesión y gestión de subvenciones