Extracto de la convocatoria de subvenciones para empresas y autónomos que contraten a jóvenes de esponellà durante la temporada de verano año 2026
Denominación oficial: EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EMPRESAS Y AUTÓNOMOS QUE CONTRATEN A JÓVENES DE ESPONELLÀ DURANTE LA TEMPORADA DE VERANO AÑO 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Girona. Presupuesto: 3.500 €. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Se concede sin competir, así que cualquier empresa o autónomo que cumpla los requisitos puede solicitarla mientras haya fondos disponibles. La ayuda consiste en una subvención en dinero, sin devolución, para quien contrate a jóvenes de Esponellà en la temporada de verano de 2026. Está dirigida a pymes y a personas físicas que desarrollen actividad económica. El plazo para presentar la solicitud cierra el 30 de septiembre de 2026. El Ayuntamiento de Esponellà destina 3 500 euros en total.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EMPRESAS Y AUTÓNOMOS QUE CONTRATEN A JÓVENES DE ESPONELLÀ DURANTE LA TEMPORADA DE VERANO AÑO 2026 1. Bases Reguladoras Esta subvención se regirá por lo que se ha fijado en la presente convocatoria, aquello establecido en las bases de la subvención, las de la ejecución del Presupuesto Municipal, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) y su Reglamento de desarrollo, aprobado per el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante RLGS); también en el Plan Estratégico de Subvenciones, el Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de datos Nacional de Subvenciones y, supletoriamente, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas y cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza resultase de aplicación. Las bases reguladoras de la concesión de esta subvención están aprobadas por el Pleno municipal, en sesión celebrada el día 19 de marzo de 2025 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 59, de fecha 26 de marzo de 2025. La concesión de las subvenciones se tramitará siguiendo el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia no competitiva mediante la aprobación de las correspondientes bases i convocatoria. 2. Créditos Presupuestarios La dotación presupuestaria de la convocatoria será de 3.500,00€, sin posibilidad de ampliación, y se aplicará en la partida presupuestaria núm. 02.9200.48002 3. Objeto, Condiciones y Finalidad de la Concesión de la Subvención La subvención tiene por finalidad subvencionar a empresas y autónomos que contraten a jóvenes de entre 16 y 19 años empadronados en el municipio de Esponellà para fomentar la contratación de los jóvenes durante los meses de julio y agosto. La subvención consistirá en una aportación única de, como máximo, 360,00€ por trabajador/ora contratado/ada a jornada completa durante un mes. En caso de jornadas parciales y/o meses no completos se procederá al prorrateo para establecer el importe de la subvención. La concesión se efectuará mediante el régimen de concurrencia no competitiva. El criterio de concesión no será por estricto orden de presentación de solicitudes. En el supuesto de consignación presupuestaria insuficiente para atender todas las solicitudes, se procederá al prorrateo, entre todos los beneficiarios de la subvención, del importe total de ésta. 4. Requisitos para solicitar la subvención Podrán solicitar esta subvención aquellas personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que contraten a jóvenes de Esponellà de entre 16 y 19 años entre el 1 de julio i el 31 de agosto del año de la convocatoria y que cumplan los siguientes requisitos: a) Estar la actividad dada de alta (IAE). b) Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la correspondiente Mutua profesional. c) No hallarse incluidas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención, en su caso. d) No tener deuda pendiente con el Ayuntamiento de Esponellà. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención. e) Tener legalizada, en su caso, la actividad en Esponellà. f) Dar cumplimiento a la obligación legal de tener contratada una empresa de prevención de riesgos laborales si procede. 5. Órgano Competente para la Instrucción y Resolución del Procedimiento La concesión de la subvención regulada en esta convocatoria, se realitzará de acuerdo con lo que se establece en los artículos 22.1 y 23 a 27 de la LGS. El procedimento de concessión de la subvención se iniciará por resolución de alcaldia, siendo la alcaldia también el órgano competente para resolver, en virtud de las competencias que le confiere el art. 2.1.f i s de la Llei 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local. La instrucción y ordenación del procedimento serà llevada por el órgano gestor del expediente que elevarà la propuesta de resolucion a la alcaldia teniendo en cuenta el acta elaborada por la comisión de valoración. 6. Plazo de presentación de solicitudes, documentación y justificación Las solicitudes deberán formalizarse mediante el modelo normalitzado disponible en la web municipal y debarán presentarse por vía telemàtica (trámites en línia) en la web municipal www.esponella.cat acompañada de la documentación establecida en la base 10 de esta subvención. El plazo de presentación de las solicitudes será a contar desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el dia treinta (30) de septiembre de 2026. La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no utilitzación de los formularios normalizados de uso obligatorio, seran causa de inadmisión. Las solicitudes, tramitación, notificaciiones si fuese el caso, y otras actuaciones derivadas del expediente se realizarán de manera electrónica, debiéndose establecer un correo y teléfono mòbil de comunicación con el Ayuntamiento a efecto de notificacions, siendo de aplicación para las notificacions aquello establecido en la Ley 39/2015 al respeto, para empreses o persones autònomes, sean persones jurídicas o físicas. La concesión de la subvención regulada en esta convocaoria, se realitzarà de acuerdo con lo que se etablece en los artículos 22.1 i 23 a 27 de la LGS. La justificación deberá presentarse en el plazo de un mes a contar desde la liquidación de la relación laboral o, en el caso que la realcion…
Organismo convocante
ESPONELLÀ — AYUNTAMIENTO DE ESPONELLÀ
Ámbito
Girona
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 24 de abril de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | 78 - Actividades relacionadas con el empleo |
| Última actualización BD | 7 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 3.500 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
BASES REGULADORES PER A LA CONCESSIÓ DE SUBVENCIONS PER A EMPRESES I AUTÒNOMS QUE CONTRACTIN A JOVES D’ESPONELLÀ DURANT LA TEMPORADA D’ESTIU