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Expediente 2704047X: Convocatoria subvención becas de libros e.i. - 2026

Denominación oficial: Expediente 2704047X: CONVOCATORIA SUBVENCIÓN BECAS DE LIBROS E.I. - 2026

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 903160

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 17.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede de forma competitiva, por lo que debes presentar la solicitud dentro del plazo que se indique; las propuestas se comparan y cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. Está dirigida a personas que no desarrollan actividad económica y cuyo hijo o hija esté empadronado en Picassent y curse, o vaya a cursar, el segundo ciclo de Educación Infantil (3, 4 y 5 años) en el curso 2026/2027. La subvención cubre la compra de libros de texto y material didáctico complementario, con un fondo total de 17 000 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Artículo 1. -Bases reguladoras y diario oficial en que están publicadas. Ordenanza reguladora de las bases específicas, aprobada por acuerdo del Pleno Municipal, en sesión de fecha 28 de julio de 2016, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia Núm. 189 de 29-IX-2016. Con carácter supletorio, la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Picassent, aprobada por Pleno de 28 de enero de 2020 y publicada en el BOP nº77 de fecha 26 de abril de 2021. Artículo 2. Objeto y finalidad de las ayudas 2.1.- El objeto de las presentes bases es regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario, en el segundo ciclo de Educación Infantil (3, 4 y 5 años), en el curso académico 2026/2027 para aquel alumnado que esté empadronado en Picassent, curse o no sus estudios en la localidad. 2.2.-No obstante, lo anterior, se exceptúa del requisito de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, atendiéndose el número de total de las mismas, una vez finalizado el plazo de presentación, prorrateando en su caso, entre todas ellas, el crédito consignado en la convocatoria si no fuera suficiente para atenderlas. 2.3.- Las ayudas que se concedan tendrán carácter de subvención. Artículo 3. Partida presupuestaria a la que se imputa la subvención y cuantía total máxima de las subvenciones convocadas. 3.1.-Las subvenciones que sean otorgadas a través de la presente convocatoria, se tramitarán por un importe total máximo de 17.000,00 euros, existente en la siguiente partida del Presupuesto de 2026: ORG PROG ECON NOMBRE PARTIDA 400 32602 4820000 BECAS LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR AYUNTAMIENTO. 3.2.- El Ayuntamiento podrá autorizar una cantidad adicional, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá una nueva convocatoria. La utilización de la mencionada cantidad adicional, queda condicionada, con carácter previo a la resolución de la concesión, a la aprobación, en su caso, de la modificación presupuestaria que resulte procedente y a la incorporación al expediente del certificado de existencia de crédito suficiente. Antes de la resolución de concesión se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones la disponibilidad del crédito adicional, sin perjuicio de su publicación en el tablón de anuncios y en la página Web del Ayuntamiento, sin que tal publicidad implique la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo plazo para resolver. Artículo 4. Requisitos que deben reunir las personas beneficiarias. 4.1.- Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas las madres y padres, representantes o tutores legales del alumnado del 2º ciclo de Educación Infantil (3, 4 y 5 años), que esté empadronado en el municipio de Picassent, a la fecha de publicación de la convocatoria, matriculado en centros docentes sostenidos con fondos públicos, o en Centros de Educación Especial en el curso escolar 2026/2027, cursen o no sus estudios en la localidad. 4.1.1.-Excepcionalmente, en aquellos casos de alumnado que por sus condiciones socio-económicas, no disponga de recursos suficientes para efectuar la compra de los libros, con certificación de los servicios sociales del Ayuntamiento, el centro podrá hacer directamente la compra, en nombre de los/de las alumnos/as, y presentar la solicitud y factura en el Ayuntamiento. La solicitud la formalizará el director/a del centro educativo. En este caso, la percepción de la ayuda a través del centro educativo queda condicionada a la autorización expresa del padre, madre o tutor/a legal, beneficiario de la ayuda. 4.2.- La adquisición de la condición de persona beneficiaria de estas ayudas, requiere, además, el cumplimiento de los siguientes requisitos generales: 4.2.1. No estar incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que inhabilitan para tener la condición de persona beneficiaria de la subvención. 4.2.2. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social. 4.2.3. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Picassent. En caso contrario, se le notificará el incumplimiento de este requisito y dispondrá de 10 días a partir de la recepción de la notificación para encontrarse al corriente de sus obligaciones. 4.2.4. No tener pendiente de justificación, fuera de plazo, ninguna subvención concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Picassent. 4.3.- Atendiendo a la naturaleza de la ayuda, de conformidad con el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, se dispensa del requisito de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, en aquellos casos en que concurran condiciones socioeconómicas especiales, con un informe previo de los Servicios Sociales del Ayuntamiento. 4. 4.- La comprobación del cumplimiento del requisito de empadronamiento del alumnado se efectuará de oficio por el Ayuntamiento. 4. 5.- La comprobación del requisito de la matriculación del alumnado en centros educativos sitos en Picassent se efectuará por el Ayuntamiento, solicitando a los centros escolares el listado de alumnado matriculado en cada curso escolar. En los casos donde el alumnado esté matriculado en centros de fuera de la localidad, éste deberá presentar un certificado expedido por el centro donde esté matriculado donde se indique el curso que esté cursando el presente curso escolar. 4. 6.- La acreditación de los requisitos establecidos en las letras 4.2.1, 4.2.2, 4.2.3 y 4.2.4 se realizará mediante declaración responsable. Artículo 5. Cuantía individual de las ayudas económicas y compatibilidad. 5.1.-La cuantía individual de la ayuda, será como máximo, de…

Organismo convocante

PICASSENT — AYUNTAMIENTO DE PICASSENT

Ámbito

ESPAÑA

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación4 de mayo de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector económicoOTROS SERVICIOS
Última actualización BD6 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total17.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Expediente 2704047X: CONVOCATORIA SUBVENCIÓN BECAS DE LIBROS E.I. - 2026

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