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Expediente 2747838R: Aprobación bases reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas económicas en materia de necesidades básicas estivales de menores con beca escolar de comedor a y b. Ejercicio 2026

Denominación oficial: Expediente 2747838R: APROBACIÓN BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS ECONÓMICAS EN MATERIA DE NECESIDADES BÁSICAS ESTIVALES DE MENORES CON BECA ESCOLAR DE COMEDOR A y B. EJERCICIO 2026

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 903487

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 36.000 €. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Se concede sin competir: la ayuda la recibe quien cumpla los requisitos y la solicite, sin que haya que competir con otras solicitudes, mientras haya fondos disponibles. Es una subvención en efectivo, sin devolución, destinada a familias o unidades de convivencia que tengan menores y vivan en situación de privación material. Sirve para cubrir la alimentación de los niños durante las vacaciones de verano, sustituyendo las becas de comedor escolar. La convoca el Ayuntamiento de Picassent, en la zona de Valencia, y está dirigida a personas que no desarrollen actividad económica.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Artículo 1. Objeto. 1.- Es objeto de las presentes bases específicas regular el procedimiento en régimen de concesión directa, por razones de interés social, de acuerdo con el artículo 22, punto 2 apartado c) de la Ley General de Subvenciones, de ayudas económicas de carácter subvencional, y conforme al artículo 26 y siguiente de la Ordenanza General de Subvenciones de Picassent, destinadas a familias o unidades de convivencia en situación de privación material y con la existencia de menores, para paliar situaciones de necesidad, mediante la concesión de ayudas que cubran la atención de necesidades de alimentación de los niños y niñas durante los periodos vacacionales de verano y en sustitución de las becas tipos “A” y “B” del comedor escolar ordinario de la Conselleria d’Educació, y que reúnan los criterios establecidos en las presentes bases en especial referencia a la renta per cápita mensual de la unidad de convivencia que no debe superar las cuantías establecidas. 2.- Las ayudas se concederán para su disfrute durante las semanas de vacaciones escolares citadas, por los días que se determine en la presente convocatoria, en sustitución de la beca de comedor escolar únicamente de los tipos “A” y “B” (las que establecen una mayor subvención del servicio ordinario de comedor de los colegios), siempre que la Renta per Cápita mensual de la unidad de convivencia no supere las cuantías establecidas y se reúnan los criterios establecidos en las presentes bases. 3.- Las ayudas que se conceden tendrán el carácter de subvención y se regirán en todo aquello que no esté previsto en estas bases, por la Ordenanza Municipal de Subvenciones de Picassent (BOPV nº77 de 26/04/2021), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones y su Reglamento, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y resto de legislación concordante. 4.- El pago de las ayudas se realizará mediante la entrega de “vales-canjeables” de carácter nominativo que permitirán a las familias adquirir los productos de alimentación. Artículo 2. Dotación presupuestaria. 1.- El importe global máximo de las ayudas convocadas para el curso escolar 2025-2026 (vacaciones de verano) asciende a 36.000,00 €, para sufragar el gasto sustitutivo del comedor de los menores beneficiarios de las becas “A” o “B” siempre que cumplan con los requisitos establecidos, y para una temporalización de la ayuda de 11 semanas, que corresponde al periodo vacacional, y un máximo de 280 euros de beca por menor y total del periodo). 2.- La concesión de las ayudas será de aplicación a la siguiente partida del Presupuesto de 2026: Partida Denominación 800 23101 4800200 Ajudes Alimentació 3.- El Ayuntamiento podrá autorizar una cantidad adicional, mediante la modificación presupuestaria que resulte procedente y la incorporación al expediente de certificado de existencia de crédito suficiente por la Intervención Municipal. En el supuesto de incremento del importe global máximo, el órgano concedente deberá publicar en el BOPV, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones la declaración de ampliación del crédito disponible con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver. Artículo 3. Cuantía individual de las ayudas económicas, compatibilidad y criterio de reparto. 1.- La cuantía individual máxima de la ayuda, que se establece en la cantidad de 280 euros por niño, abonable mediante 14 vales-canjeables de valor unitario de 20 euros, se ha determinado atendiendo al periodo subvencionable de 11 semanas, por la ausencia del servicio de comedor escolar en los periodos vacacionales de verano, conforme al calendario escolar publicado por la Conselleria d’Educació para el curso 2025-2026, y que mediante las presentes ayudas se pretende sustituir. 2.- Las ayudas se concederán a todos los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria. No obstante, si el crédito presupuestario disponible no alcanzara a cubrir la totalidad de las ayudas solicitadas que cumplan los requisitos, las ayudas se concederán siguiendo el riguroso orden de incoación del expediente de solicitud, hasta el agotamiento del crédito. 3.- A los efectos de lo previsto en este artículo se considerará unidad de convivencia la formada por el conjunto de personas que están empadronadas en un misma vivienda con anterioridad al 19 de Junio de 2026 (día de finalización del curso 2025-2026), existan o no lazos familiares. 4.- La ayuda será incompatible con cualquier otra subvención o ayuda destinada al mismo fin, tanto de administraciones como de entidades del tercer sector y ONGs, y especialmente con las ayudas del Programa FSE+ de Asistencia Material Básica (Programa Básico) de la Comunitat Valenciana, en forma de tarjetas de supermercado, cuyos usuarios no podrán recibir la ayuda del comedor escolar aunque los menores escolares disfruten de la beca “A” o “B”. 5.- A estos efectos, una de las obligaciones del beneficiario es comunicar al Ayuntamiento la obtención o disfrute de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, que financien las actividades subvencionadas, sean públicos o privados. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y en todo caso en el momento de la solicitud. 6.-El importe definitivo de la ayuda al beneficiario vendrá determinado por el importe canjeado durante la vigencia del vale. Artículo 4. Pago de la ayuda. Características y gestión de la prestación. 1.-Esta ayuda se hará efectiva mediante unos vales de carácter nominativo y valor unitario de 20 € hasta alcanzar el valor máximo de la ayuda (280,00 € por alumno beneficiario) que pueden ser canjeados por productos de primera necesidad alimentaria autorizados en estas bases, exclusivamente, en el supermercado de la cadena “Mas y Mas” ubicado en el municipio de Picassent, en virtud de la…

Organismo convocante

PICASSENT — AYUNTAMIENTO DE PICASSENT

Ámbito

Valencia / València

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación5 de mayo de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoOTROS SERVICIOS
Última actualización BD6 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total36.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Expediente 2747838R: APROBACIÓN BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS ECONÓMICAS EN MATERIA DE NECESIDADES BÁSICAS ESTIVALES DE MENORES CON BECA ESCOLAR DE COMEDOR A y B. EJERCICIO 2026