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Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife, en sesión Ordinaria celebrada el día 27 de abril de 2026, del Área de Gobierno de Políticas Sociales, por la que se convoca CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE COOPERACIÓN SOCIAL

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 903507

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Tenerife. Presupuesto: 513.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud dentro del plazo que se indique y las propuestas se evalúan una a una, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El objetivo es financiar a entidades sin ánimo de lucro que no tengan actividad económica y que trabajen en el ámbito de los servicios sociales en Santa Cruz de Tenerife. El dinero se entrega en forma de subvención sin que tengas que devolverlo. El total disponible es de 513 000 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios. Los destinatarios de las subvenciones serán entidades, instituciones y organizaciones sin ánimo de lucro del ámbito de los servicios sociales, entendiéndose como tales aquellas que se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas o, en su caso, en el Registro Municipal Complementario de otras Entidades Ciudadanas, regulados en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y en el Registro de entidades colaboradoras en la prestación de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias y reúnan los requisitos exigidos en la Base 5ª. Los requisitos para solicitar la subvención, establecidos en la Base 10ª deberán ser acreditados, inicialmente, con una Declaración Responsable de que la entidad cumple con todos y cada uno de los mismos junto con la solicitud. Una vez la comisión de valoración realice la propuesta provisional de concesión de los proyectos presentados, se notificará a las entidades propuestas para conceder la subvención otorgando un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES para presentar la documentación establecida en la Base 10ª. Los proyectos para los que se solicite subvención, cuya duración no podrá ser inferior a seis (6) meses, ni excede de doce (12), deberán cumplir con los requisitos descritos en la Base 6ª: Segundo. Objeto, condiciones y finalidad. Las subvenciones de cooperación social tienen por objeto fomentar y promover proyectos que coadyuven o complementen las competencias y actividades municipales en materia de atención social, según las prioridades incluidas en los correspondientes Planes municipales de servicios sociales. Dichos proyectos, que deberán desarrollarse en el ámbito territorial del municipio de Santa Cruz de Tenerife o tener como beneficiarios a personas que residan en el mismo y se encuentren en una situación de vulnerabilidad, exclusión social o riesgo de padecerla. De conformidad con lo previsto en la base 1ª de las reguladoras, los proyectos habrán de incidir en alguna de las líneas y objetivos que se definen en la convocatoria y que se resumen a continuación: a) Intervención comunitaria con grupos o colectivos en situación o riesgo de exclusión social. b) Promoción de interacciones/relaciones de convivencia familiar y comunitaria, positivas y estables. c) Promoción de apoyos necesarios para el desarrollo de la autonomía personal. d) Apoyos para la protección ante situaciones de desprotección o riesgo de desprotección (de la infancia y adolescencia, de personas mayores y adultas con discapacidad y/o dependencia, aquellas con limitaciones en la autonomía social o víctimas de violencia machista). Tercero. Bases reguladoras. Bases específicas por las que se regula la concesión de subvenciones de cooperación social a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de los servicios sociales municipales del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife, en sesión Ordinaria celebrada el día 27 de abril de 2026. Cuarto.- Cuantía. La cuantía total de la asciende a la cantidad de CUATROCIENTOS MIL EUROS (400.000,00) EUROS, ampliable hasta el importe de QUINIENTOS TRECE MIL (513.000,00) EUROS una vez se haya modificado el importe en el Plan Estratégico de Subvenciones municipal. Las cuantías máximas a subvencionar por cada proyecto serán de DIECINUEVE MIL EUROS (19.000,00 €) Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de las solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la convocatoria. Sexto. Otros datos. a) Las entidades deberán presentar la documentación prevista en la base 9ª, del modo que se señala en el apartado correspondiente de la presente convocatoria. b) Los proyectos tendrán que cumplir los requisitos exigidos en la base 6ª. c) Los criterios de valoración se regulan en la base 13ª.

Organismo convocante

SANTA CRUZ DE TENERIFE — AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

Ámbito

Tenerife

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación5 de mayo de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES
Última actualización BD6 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total513.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones

Bases reguladoras ↗