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Expediente 2746210F: Premis a l'ús del València en el comerç local 2026

Denominación oficial: Expediente 2746210F: PREMIS A L'ÚS DEL VALENCIÀ EN EL COMERÇ LOCAL 2026

Plazo de solicitud 31 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 118 días
Código BDNS 903852

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 3.200 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Hay que presentar solicitud dentro del plazo y las solicitudes se comparan entre sí, así que cumplir los requisitos no garantiza obtenerla. La ayuda consiste en una subvención en efectivo, sin devolución, destinada a comercios, servicios y microempresas de la zona de Picassent que quieran fomentar el uso del valenciano en su actividad. Puede solicitarla tanto quien no ejerza actividad económica (personas físicas o jurídicas) como pymes y autónomos que sí la tengan. El conjunto de premios asciende a 3 200 €, y la fecha límite para presentar la solicitud es el 31 de diciembre de 2026.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Segundo. Objeto y finalidad de la convocatoria El objeto de las presentes bases es regular el procedimiento, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de ayudas económicas, desde el área de Promoción lingüística del Ayuntamiento de Picassent, a comercios, servicios y microempresas, destinada al fomento del uso del valenciano en el sector comercial. Tercero. Procedimiento de concesión Los premios presentes se otorgarán de acuerdo con el procedimiento de concurrencia competitiva. Cuarto. Crédito presupuestario Los premios aprobados mediante la presente convocatoria por un importe total máximo de 3.200 € se tramitarán con cargo a la partida del presupuesto municipal de 2026 denominada "Premis a l’ús del valencià en el comerç local 2026": 640.33402.4810001. El Ayuntamiento podrá autorizar una cantidad adicional, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá una nueva convocatoria. La utilización de la cantidad adicional citada, queda condicionada, con carácter previo a la resolución de la concesión, a la aprobación, en su caso, de la modificación presupuestaria que resulte procedente y a la incorporación al expediente del certificado de existencia de crédito suficiente. Antes de la resolución de concesión se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones la disponibilidad del crédito adicional, sin perjuicio de su publicación en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento, sin que tal publicidad implique la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo plazo para resolver. Quinto. Modalidades, criterios e importes de los premios a otorgar 5.1. Se establece una única modalidad del premio orientadas a un determinado sector de actividad comercial. 5.2. Puntuaciones La distribución de puntuación que utilitzarà el jurado para ortorgar los premios es: 1.Rotulación exterior o vehículos: hasta 4 puntos. 2. Rotulación interior: hasta 2 puntos. 3.Publicidad, imagen corporativa y/o merchandising: hasta 4 puntos. 4.Documentación administrativa: hasta 3 puntos. 5. Etiquetado de productos: hasta 2 puntos. 6. Uso del valenciano en las redes sociales: página web, Whatsapp, Facebook, Instagram, Twitter/X, Tiktok, Youtube o en aplicación de compres propia del comercio hasta 5 puntos. 7.Otros: hasta 1 punto. Hay que decir que se estará a los criterios lingüísticos de la AVL y de la Oficina de promoción del valenciano del Ayuntamiento de Picassent. No puede haber empate de puntos. Si lo hubiera, se dirimirá de acuerdo con la utilización del valenciano para conseguir la dignificación y potenciación de nuestra lengua en el ámbito comercial del municipio y el jurado podrá visitar los comercios para valorar y romper así el desempate. Si persistiera el empate, se determinará a favor de la corrección lingüística. Si así y todo persistiera la situación, se valorará a criterio subjetivo del jurado. 5.3. Importe de los premios a otorgar 1.Se concederán únicamente tres premios Modalidad única: Premio al uso del valenciano en el comercio local 1r premio valorado en una cantidad de 2000 euros. 2º premio valorado en una cantidad de 800 euros. 3r premio valorado en una cantidad de 400 euros. Aparte de esto, a cada comercio premiado se le hará entrega de un galardón identificativo del premio obtenido. 2.El Jurado podrá considerar que dos comercios obtengan el mismo premio. En ambos casos, la suma total de los premios no puede superar los 3.200 euros. 3.Si algun premio queda desierto, el jurado puede repartir la cuantía en alguna o algunes de las persones solicitantes. 4.El importe de los premios estará sujeto a las retenciones fiscales que marque la ley. 5.No hay incompatibilidad con la obtención de otros premios o menciones con el mismo objeto; aunque, de acuerdo con el artículo 14.1 de la Ley 38/2003, general de Subvenciones, habrá que comunicar al órgano concedente si se ha optado a otros premios similares y si han sido concedidos o no. 5.4. Criterios de valoración para la concesión En primer lugar, los criterios generales del artículo 16 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Picassent son los siguientes: - Apartado u) Uso y promoción del valenciano en las actividades objeto de subvención. - Apartado v) Otros criterios específicos adicionales, perfectamente definidos, cuantificables y directamente vinculados al ámbito de promoción pública, aprobados por el órgano concedente a propuesta justificada por el órgano gestor. Al tratarse de una convocatoria anual de la Unidad de Promoción Lingüística de la Diputación de Valencia a la que el Ayuntamiento de Picassent ha solicitado adherirse, los criterios de valoración vienen fijados por este organismo y, por tanto, estarían en el apartado v del artículo 16.4 de la Ordenanza general de subvenciones (requisitos específicos adicionales). Aparte de que son específicos, porque van dirigidos a un sector específico, que es el comercial, pero en el que se valora el uso y la promoción del valenciano en dos modalidades fijadas por la Diputación: por un lado, la rotulación y el material impreso, y por otro, el software, las aplicaciones informáticas y las redes sociales. Así pues, teniendo en cuenta este último apartado, los criterios específicos a tener en cuenta para la valoración de los premios presentes son: Usar el valenciano de forma prioritaria en la imagen corporativa: rotulación y etiquetado. Usar el valenciano de forma prioritaria en el material impreso: publicidad e información comercial. Usar el valenciano en la atención al público. Usar habitualmente o de forma prioritaria el valenciano en la política comunicativa del comercio. Realizar actuaciones para potenciar la formación del valenciano del personal del establecimiento Usar habitualmente el valenciano o de forma prioritaria en la política comunicativa de la entidad (web, redes sociales...) Promover el uso del valenciano en el material técnico o…

Organismo convocante

PICASSENT — AYUNTAMIENTO DE PICASSENT

Ámbito

Valencia / València

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación6 de mayo de 2026
Fecha inicio de solicitudes7 de abril de 2026
Fecha fin de solicitudes31 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras actuaciones de carácter económico
Sector económico63.9 - Actividades de portales de búsqueda en la web y otras actividades de servicios de información
Última actualización BD30 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total3.200 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

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