7 de mayo de 2026, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la cual se convocan subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación de exclusión social en empresas
Denominación oficial: RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2026, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la cual se convocan subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación de exclusión social en empresas
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 1,5 M€. Se puede solicitar hasta el 31 de octubre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Hay que presentar la solicitud antes del 31 de octubre de 2026 y, como la ayuda se concede de forma competitiva, las solicitudes se valoran y comparan entre sí; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. La subvención, sin necesidad de devolución, está dirigida a pequeñas y medianas empresas y a trabajadores autónomos que operen en la Comunidad Valenciana y quieran integrar en sus negocios a personas en situación de vulnerabilidad o exclusión social. El objetivo es facilitar la inserción sociolaboral dentro de la empresa, con un fondo total de 1 535 600 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
BNDS (Identif.): AE-……-B De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): Primero. Objeto La presente resolución tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2026, las subvenciones para promover y facilitar la integración sociolaboral de personas expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social dentro de las empresas de inserción cuya actividad se desarrolle en la Comunitat Valenciana. Segundo. Beneficiarias Las entidades beneficiarias son las empresas de inserción que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana y que, habiendo sido calificadas con carácter definitivo por LABORA Servicio Valenciano de Empleoy Formación, contraten personas trabajadoras trabajadoras expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social. Tercero. Bases reguladoras Las Bases reguladoras están incorporadas en la Resolución de 11 de marzo de 2026, de la Vicepresidencia primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad, Universidades y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación de exclusión social en empresas de inserción y en empresas ordinarias de trabajo y se atribuye a las empresas de inserción de la Comunidad Valenciana la ejecución del servicio de reintegración en el mercado laboral de grupos vulnerables (DOGV núm. 10322 de 13.03.2026). Cuarto. Cuantía Para el ejercicio 2026, las cuantías de ayudas correspondientes a las acciones subvencionables son: 1. Subvenciones destinadas a la creación o mantenimiento de puestos de trabajo de personas trabajadoras expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social: La ayuda consistirá en un módulo establecido en informe técnico de fecha 13/03/2026 por importe anual de 12.846,13 € por trabajador a jornada completa. La ayuda será proporcional para contratos inferiores a un año o a una jornada parcial, según jornada mínima establecida en la base vigesimosegunda de las bases reguladoras. 2. Subvención para financiar los gastos salariales y de Seguridad Social derivados de la contratación de personal técnico de apoyo sociolaboral en empresas de inserción: hasta 3.500 euros anuales por cada persona trabajadora expuesta a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social, contratada durante el periodo entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2026, siempre y cuando se cumpla con los requisitos y con las ratios mínimas establecidas en las bases reguladoras En ningún caso la ayuda podrá superar el 100 % del coste salarial real del personal técnico de apoyo sociolaboral en la empresa de inserción. 3. Subvención para financiar los gastos salariales y de Seguridad Social derivados de la contratación de personal de apoyo a la actividad productiva: La ayuda consistirá en un módulo establecido en informe técnico de fecha 13/03/2026 por un importe de hasta 2.500 euros anuales por cada persona trabajadora expuesta a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social contratada a jornada completa durante el periodo entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2026, siempre y cuando se cumpla con los requisitos y con las ratios mínimas establecidas en las bases reguladoras. En caso de jornadas a tiempo parcial o contratos de duración inferior a doce meses, la subvención se reducirá de forma proporcional. 4. Subvención para financiar gastos para la puesta en marcha de las empresas de inserción, correspondientes a gastos realizados y pagados durante el ejercicio 2026, que podrán disfrutarse desde la fecha de calificación definitiva, durante los tres primeros años de funcionamiento: hasta el 50 % del coste del servicio prestado, sin que el total de la ayuda supere la cantidad de 500 euros anuales por cada persona en situación o riesgo de exclusión, contratada en la empresa de inserción en la fecha de solicitud de la ayuda. 5. Subvención a la gerencia de empresas de inserción: hasta el 50% del S.M.I. correspondiente al ejercicio 2026, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, por la contratación a jornada completa durante todo el periodo subvencionable de la persona que ejerza la gerencia. Cuando se trate de contrataciones a tiempo parcial, la cuantía máxima que se percibirá será proporcional de la jornada. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes Los plazos de presentación de solicitudes para el ejercicio 2026 son los siguientes: 1. Las solicitudes de ayudas destinadas a financiar los costes salariales de personas trabajadoras expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social, de personal técnico de apoyo sociolaboral en empresas de inserción, de personal de apoyo a la actividad productiva y de gerentes, así como a financiar gastos para la puesta en marcha de las empresas de inserción, deberán presentarse en el plazo de quince días contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la presente Resolución en el DOGV. 2. Cuando la empresa de inserción no haya obtenido la calificación definitiva con anterioridad a los plazos referidos en los apartados anteriores del presente artículo, el plazo para la presentación de las solicitudes correspondientes será de un mes desde dicha calificación, siendo el plazo máximo para la petición de estas ayudas el 31 de octubre de 2026. Sexto. Compatibilidad con el Mercado Interior Las subvenciones a las empresas de inserción convocadas mediante la presente resolución, son compatibles con el Mercado Interior y no requieren notificación a la Comisión ya que se rigen por la Decisión (UE) 2025/2630 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2025, relativa a la aplicación de las disposiciones del artículo 106, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas estatales en forma de compensación por servicio…
Organismo convocante
COMUNITAT VALENCIANA — DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN
Ámbito
COMUNIDAD VALENCIANA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 7 de mayo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 13 de mayo de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | 78 - Actividades relacionadas con el empleo |
| Última actualización BD | 30 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 1,5 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- Extracto firmado ↗
- Extracto firmado incremento crédito ↗
- Extracto firmado valenciano ↗
- Incremento de crédito ↗
- Texto en otra lengua de la convocatoria ↗
- Extracto de la Resolución de 4 de agosto de 2026, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se publica la ampliación de los créditos máximos que han de financiar las subvenciones públicas reguladas en la resolución de 7 de mayo de 2026, por la que se convocan las subvenciones públicas destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación de exclusión social en empresas de inserción para 2026. ↗
- Extracto de la RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2026, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la cual se convocan subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación de exclusión social en empresas de inserción para 2026 ↗
Bases reguladoras
RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2026, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación de exclusión social en empresas de inserción y en empresas ordinarias de t
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 2023/2832 de minimis, SIEG