Convocatoria y cuantías máximas para las Ayudas de Emergencia Social 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 215.000 €. Se puede solicitar hasta el 11 de diciembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: cualquiera que cumpla los requisitos y la solicite la recibe, siempre que haya fondos disponibles. Es una ayuda de emergencia social para 2026 dirigida a personas que no desarrollen actividad económica y vivan en Ordizia, Gipuzkoa. Se entrega en forma de subvención en efectivo, sin que tengas que devolver el dinero. La solicitud se puede presentar hasta el 11 de diciembre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
DECRETO Nº 2026/0853 A LA VISTA DE: La Orden de 31 de marzo de 2026 del Gobierno Vasco señala las cuantías máximas para cada uno de los gastos específicos, contemplados en las AES, así como los criterios para la distribución de los créditos consignados para su cobertura y se fija el límite presupuestario para el año 2026 que corresponde a cada uno de los Territorios Históricos y Ayuntamientos de la CAPV. Esta Orden en su anexo II indica que el GV ha consignado al Ayuntamiento de Ordizia para las AES de 2026 una cuantía de 154.668 €. El presupuesto aprobado por el Ayuntamiento para las AES en el 2026 es de 215.000 € sumando a la aportación del GV un crédito de 60.332 €. Para dar cobertura por igual a la demanda de todas las personas solicitantes, el artículo 2. de la Orden de 31 de marzo de 2026 establece que la cuantía aplicable, en cada caso podrá ser minorada por el Ayuntamiento competente teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias existentes Por todo ello, para las AES 2026 es necesario que el Ayuntamiento de Ordizia determine la cuantía de la subvención para cada uno de los conceptos. A la vista de lo que antecede, examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con la misma en uso de las atribuciones que me están legalmente conferidas en virtud del artículo 21.1 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local, por medio de la presente TENGO A BIEN: PRIMERO: APROBAR la convocatoria del programa de Ayudas de Emergencia Social para el ejercicio 2026 SEGUNDO: APROBAR la cuantía máxima para cada uno de los gastos específicos contemplados en las Ayudas de Emergencia Social 2026. 1.-Alquiler: - Alquiler de vivienda, coarrendamiento, subarriendo, hotel: 1 solicitante 300 €/mes. 2 solicitantes 150 € al mes. En caso de coarrrendamiento solo habrá derecho a una ayuda. - Hostal/pupilaje: 150 €/mes. 2. Intereses y amortización de crédito: 300 €/mes. 3. Energía: - 1 unidad de convivencia: 1.500 €/año. - 2 unidades de convivencia: 750 €/año. A las personas beneficiarias del Bono Social se les concederá el 50 % de la ayuda. 4. Uso y mantenimiento de la vivienda. - 1 unidad de convivencia: 900 €/año. - 2 unidades de convivencia: 450 €/año 5. Gastos extraordinarios relacionados con la instalación en una nueva vivienda: - 1 unidad de convivencia: 1.800 €/año. - 2 unidades de convivencia: 900 €/año 6. Necesidades básicas: 2.500 €/año. Desglose: 6.1. Necesidades primarias (alimentación): U.C. de un miembro: 100 € al mes. No podrá superar 6.842,8 € de ingresos anuales. U.C. de 2 miembros: 150 € al mes. No podrán superar 8.938,8 € de ingresos anuales. U C. de 3 miembros o más: 200 € al mes. No podrán superar 9.524 € de ingresos anuales. 6.2. Gafas: 250 € por persona. La persona solicitante deberá hacer frente, al menos, al 25 % del gasto. 6.3. Dentista: 600 € por cada unidad de convivencia. La persona solicitante deberá hacer frente, al menos, al 25 % del gasto. 7.- Mobiliario y electrodomésticos. - 1 unidad de convivencia: 1.850 €/año. - 2 unidades de convivencia: 925 €/año. Desglose: 7.1. Mobiliario: 1.000 €/año. La persona solicitante deberá hacer frente, al menos, al 25 % del gasto. 7.2. Electrodomésticos: 850 €/año. La persona solicitante deberá hacer frente, al menos, al 25 % del gasto: — Lavadora: 300 €. — Frigorífico: 400 €. — Extractor: 100 €. — Horno: 250 €. — Placa: 150 €. — Microondas: 50 €. 8. Adaptación, reparación e instalaciones de la vivienda: - 1 unidad de convivencia: 1.850 €/año. La persona solicitante deberá hacer frente, al menos, al 25 % del gasto. - 2 unidades de convivencia: 925 €/año. La persona solicitante deberá hacer frente, al menos, al 25 % del gasto. 9. Endeudamiento previo: - 1 unidad de convivencia: 3.000 €/año. - 2 unidades de convivencia: 1.500 €/año. TERCERO: Autorizar un gasto de 215.000 € para hacer frente a las obligaciones económicas derivadas de la concesión de la subvención en la partida con cargo a la partida presupuestaria 1 481.02.231.30.0107 2026. CUARTO: el plazo para solicitar las Ayudas de Emergencia Social del ejercicio 2026 finalizará el 11 de diciembre del 2026. QUINTA: Publicar la convocatoria de la subvención en el BDNS, Boletín Oficial de Gipuzkoa y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Organismo convocante
ORDIZIA — AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA
Ámbito
Gipuzkoa
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 12 de mayo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 11 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS |
| Última actualización BD | 16 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 215.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza municipal sobre criterios municipales de las Ayudas de Emergencia Social (AES)