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Ayudas económicas para la crianza vinculadas al proyecto #fuenlacarenet 2026

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA CRIANZA VINCULADAS AL PROYECTO #FUENLACARENET 2026.

Plazo de solicitud 31 de diciembre de 2027
Estado Abierta · quedan 472 días
Código BDNS 905282

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 528.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2027. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Para recibir esta ayuda tienes que presentar la solicitud antes del 31 / 12 / 2027. La convocatoria es competitiva, por lo que todas las solicitudes se comparan y cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. Se trata de una subvención en efectivo sin devolución, destinada a personas que no desarrollen actividad económica y vivan empadronadas en Fuenlabrada. El objetivo es financiar apoyo a la crianza y la protección de la infancia dentro del proyecto #FuenlaCarenet.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

De conformidad con lo previsto en los art. 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias). PRIMERO. OBJETO: La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas económicas de apoyo a la crianza y protección a la infancia dirigidas a unidades familiares participantes en el proyecto #FuenlaCarenet, hacia un nuevo modelo de cuidados comunitarios, tanto en el grupo de control como en el grupo de tratamiento. SEGUNDO: BENEFICIARIOS: Podrán ser beneficiarias las unidades familiares solicitantes que cumplan los siguientes requisitos: a) Estar empadronadas en el municipio de Fuenlabrada con anterioridad a la aprobación de las presentes bases y tener residencia efectiva durante el periodo de participación del programa. b) Formar parte de una unidad familiar con menores de edad a cargo que se encuentren en situación de riesgo leve, moderado o grave, debidamente valorado por los Servicios Sociales municipales. c) Haber sido derivados al proyecto #FuenlaCareNet por los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Fuenlabrada. d) Aceptar expresamente las condiciones y obligaciones derivadas de la participación en el programa. A efectos de las presentes ayudas se considera unidad de convivencia: ¿Dos o más personas que viven juntas en una misma vivienda o alojamiento, cuando estén unidas entre sí por matrimonio u otra forma análoga a la conyugal, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, o por tutela o por acogimiento administrativo y/o judicial¿. Las personas solicitantes deberán presentar declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Fuenlabrada, de conformidad con lo establecido en la normativa reguladora de subvenciones y en la ordenanza municipal aplicable. La Administración municipal podrá comprobar de oficio el cumplimiento de dichos requisitos, salvo oposición expresa de la persona interesada. El número máximo de unidades familiares beneficiarias será de 200, distribuidas conforme a los periodos establecidos en el apartado 8.1 de las bases de la convocatoria. Solo podrá presentarse una solicitud por unidad familiar. TERCERO. BASES REGULADORAS: La Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOCM de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal. CUARTO. CUANTÍA: El presupuesto destinado a estas ayudas asciende a un total de 528.000,00 €, con cargo al ejercicio presupuestario 2026, aplicación de gasto 5011/231/48007, denominada ¿Ayudas sociales FSE+¿ y al proyecto de gasto 2026.0000019. Estas ayudas forman parte de una operación cofinanciada en un 95% por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) en el marco del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza 2021-2027. La cuantía de la prestación económica tendrá carácter máximo y estará vinculada al número de menores a cargo dentro de la unidad de convivencia, de acuerdo con la siguiente tabla: NÚMERO DE CONVIVIENTES CUANTÍA MES DE LA AYUDA LIMITE MÁXIMA CUANTIA AYUDA Familias con hasta 1 menor de edad a cargo 150,00€/mes 1.800€ Familias con 2 menores de edad a cargo 200,00€/mes 2.400€ Familias con 3 (o más) menores de edad a cargo 250,00€/mes 3.000€ En caso de familias monomarentales o monoparentales tendrán una cuantía adicional de 25 euros mensuales. El periodo de participación de las unidades familiares estará vinculado a la duración del proyecto #FuenlaCareNet, con una duración total de intervención de 24 meses, estructurada en dos fases de 12 meses. La duración máxima de la prestación económica por unidad familiar será de 12 meses, cesando el derecho al percibo de la ayuda en caso de abandono voluntario o incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente convocatoria. En el caso de incorporaciones derivadas del tercer periodo de sustituciones previsto en el apartado 8.1de las bases de la convocatoria, la duración de la prestación se ajustará al tiempo restante de ejecución del proyecto o al periodo máximo individual de 12 meses, aplicándose en todo caso el límite máximo de ayuda por unidad familiar establecido en la convocatoria. Las incorporaciones por sustitución producirán efectos económicos desde el primer día del mes siguiente al de la resolución de concesión, con el fin de garantizar la correcta gestión técnica y presupuestaria del proyecto. QUINTO: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN. El plazo de presentación de solicitudes se articulará en tres periodos diferenciados, vinculados a la planificación de plazas del proyecto #FuenlaCareNet: Primer Periodo: Desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y hasta el 30 de septiembre de 2026, o hasta que se cubran las 100 primeras plazas previstas, lo que ocurra antes. Segundo Periodo: Desde el 1 de octubre de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2027, o hasta que se cubran las 100 plazas restantes previstas, lo que ocurra antes. Tercer Periodo: Con posterioridad a la cobertura de las 200 plazas previstas, y hasta la finalización del proyecto, podrá abrirse un periodo permanente de incorporación de nuevas unidades familiares exclusivamente para cubrir posibles vacantes derivadas de renuncias, abandonos o bajas en el programa. En todo caso, la admisión de solicitudes estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente. Las solicitudes, que irán acompañadas de la documentación e información requeridas, y se ajustarán al modelo oficial que se adjunta, podrán obtenerse y cumplimentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada (sede.Fuenlabrada.es). Si bien las solicitudes deberán ser presentadas preferentemente a través de medios electrónicos, podrán…

Organismo convocante

FUENLABRADA — AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

Ámbito

COMUNIDAD DE MADRID

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación13 de mayo de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes31 de diciembre de 2027

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES
Última actualización BD14 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total528.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDENANZA REGULADORA DE SUBVENCIONES AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

Bases reguladoras ↗