Concesión de subvenciones para el programa de Económica Social gastos corrientes 2026
Denominación oficial: Convocatoria de concesión de subvenciones para el programa de Económica Social gastos corrientes 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Teruel. Presupuesto: 47.942 €. Se puede solicitar hasta el 31 de agosto de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Se concede de forma competitiva, por lo que tienes que presentar la solicitud antes del 31/08/2026 y tu proyecto se comparará con los de los demás; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. La ayuda es una subvención en dinero para cubrir gastos corrientes y fomentar la economía social en la provincia de Teruel. Busca impulsar el desarrollo territorial, la cohesión y el empleo estable, sobre todo para quienes tienen más dificultades para insertarse en el mercado laboral. Puede solicitarla tanto entidades sin actividad económica como pymes y personas físicas que sí la desarrollen.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
EXTRACTO del Decreto núm. 2026-2577, de fecha 08 de julio de 2026, de la Presidencia, por la que aprueba la “Convocatoria de concesión de subvenciones para la financiación de gastos corrientes para las entidades de economía social de la provincia de Teruel en el año 2026”. Primero.- Objeto.Las subvenciones de este programa tienen como objeto activar y promover la economía social en nuestra provincia, entendiendo la economía social como un elemento clave para el desarrollo territorial, que refuerza la cohesión social, que genera crecimiento económico y supone empleo estable y de calidad, especialmente para los colectivos con mayor dificultad en la inserción laboral y que puede facilitar que la población establezca su residencia en los municipios de la provincia de Teruel, a través de la cobertura de gastos corrientes. Segundo.- Período de ejecución.-El período de ejecución de los proyectos/actividades objeto de la presente convocatoria, abarcará desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2026. Tercero.- Beneficiarios .Serán beneficiarias de la presente convocatoria las entidades que forman parte de la economía social de Aragón y se encuentran reguladas en el artículo 5 de la Ley 7/2022, de 1 de diciembre, de Economía Social de Aragón: a) Las sociedades cooperativas. b) Las mutualidades. c) Las fundaciones y asociaciones que lleven a cabo actividad económica. d) Las sociedades laborales. e) Las empresas de inserción. f) Los centros especiales de empleo. g) Las sociedades agrarias de transformación. h) Las plataformas tecnológicas creadas por autónomos, cooperativas, asociaciones y entidades de economía social aragonesas que desarrollen una actividad económica, empresarial y social, y se rijan por los valores y principios orientadores de la referida Ley.Quedarán excluidas de la presente convocatoria, aquellas entidades que cuenten con un convenio/subvención nominativa para los mismos fines con esta Diputación Provincial. Cuarto.- Requisitos de los beneficiarios.-Las entidades beneficiarias de la presente convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos: 1. Desarrollar su actividad empresarial y económica en la provincia de Teruel. 2. Tener el centro de trabajo en el que se desarrolla la actividad subvencionada en alguna localidad de la provincia. 3. Tener sede social en la provincia de Teruel. 4. Encontrarse inscritas en el registro aragonés que le corresponda, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 2 de la Ley 7/2022, de 1 de diciembre, de Economía Social de Aragón. 5. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda Provincial. Quinto.- Presentación de solicitudes y documentación .-Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Teruel.En la petición constará la siguiente documentación: A) Instancia del/la representante legal de la Entidad, dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Teruel, ajustada al modelo publicado en esta convocatoria. B) Si el beneficiario es una entidad jurídica deberá adjuntar copia de la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula la actividad, debidamente inscritos, en su caso en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, NIF, así como acreditación del poder de representación y el IBAN.Si la documentación citada ya obrase en poder de la Diputación Provincial de Teruel, podrán indicarlo en la solicitud (Anexo A), quedando exentos de su presentación. C) Memoria detallada, suscrita por quien ostente la representación legal, con indicación de las actuaciones a realizar, describiéndose los objetivos y el cumplimiento de la finalidad que se pretende con la subvención, conforme al presupuesto previsto. D) Presupuesto total del proyecto, diferenciando el importe de la subvención solicitada a la Diputación Provincial de Teruel, el importe obtenido a través de otras subvenciones y el de financiación de la propia entidad solicitante, en su caso. E) Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de las obligaciones con la Hacienda Provincial derivadas de cualquier ingreso de derecho público. La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social. F) Declaración responsable de que la entidad y su representación legal no están incursos en causa de incapacidad para ser beneficiarios de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el art. 13.2 y 3 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y art. 9 del Decreto Legislativo 2/2023 de 3 de mayo del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón. Este apartado se acreditará rellenando la casilla correspondiente del Anexo A. G) Acreditación de los extremos objeto de puntuación relacionados en el apartado sexto. Este apartado se acreditará rellenado la casilla correspondiente del Anexo A. H) Declaración de las subvenciones u otros ingresos tanto públicos como privados obtenidos para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la Diputación Provincial de Teruel las que se obtengan en el futuro. Esta apartado se acreditará rellenando la casilla correspondiente del Anexo A. I) En virtud de lo preceptuado en el Art. 9 del Decreto Legislativo 2/2023 de 3 de mayo del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, todos los beneficiarios vendrán obligados a:1.- Comunicar al órgano concedente cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, en el plazo de un mes desde que se produjo la…
Organismo convocante
DIPUTACIÓN PROV. DE TERUEL — DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL
Ámbito
Teruel
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 22 de mayo de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de septiembre de 2025 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de agosto de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES |
| Última actualización BD | 23 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 47.942 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Ordenanza general de subvenciones por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Teruel- BOP 102 de 29-05-24