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Subvenciones para el estudio y perfeccionamiento del euskera, año 2026

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 909429

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 26.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Se concede mediante concurrencia competitiva, por lo que debes presentar la solicitud dentro del plazo establecido y tu propuesta se comparará con otras; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. La subvención está dirigida a personas que no desarrollan actividad económica y que quieran aprender o perfeccionar el euskera. El ayuntamiento de Ordizia pondrá a disposición una ayuda económica sin devolución, dentro del presupuesto de 26 000 euros para 2026, y solo se aplicará en la zona de Gipuzkoa.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

PRIMERO. Objeto, condiciones y finalidad de la subvención. Es objeto de la presente convocatoria la regulación de las subvenciones públicas anuales para el aprendizaje y perfeccionamiento del euskera. SEGUNDO. Créditos y partida presupuestaria a los que se imputa la subvención La cantidad fijada en el presupuesto del Ayuntamiento de 2026 para las subvenciones objeto de estas bases es de 26.000€ y se destinará desde la partida 480.02.335.00.0141 2026. En el caso de que la solicitud fuera superior a la cantidad consignada en dicha partida, el Ayuntamiento podrá aprobar nuevas cantidades para el mismo fin, siempre que haya disponibilidad presupuestaria. TERCERO. Procedimiento de concesión de la subvención. Las subvenciones se concederán por concurrencia competitiva. Se procederá según lo establecido en la Sección 1ª del Título II de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ordizia. CUARTO. Requisitos que deben reunir las personas beneficiarias para la obtención de la subvención y forma de acreditarlos —Presentar la hoja de solicitud cumplimentada junto con la debida documentación dentro de los plazos correspondientes. —Los/las solicitantes deberán estar empadronados/as para cuando finalice el curso por el que se solicita la subvención (incluido el último día). —Para los/las solicitantes sin empadronamiento, como mínimo deben estar trabajando un mínimo de 6 meses en alguna empresa, entidad o establecimiento comercial o club deportivo de Ordizia, para cuando finalice el curso por el que se solicita la subvención. Nota: El/la solicitante no percibirá subvención alguna del Ayuntamiento de Ordizia si percibe alguna otra del ayuntamiento en el que está empadronado/a. —La persona solicitante deberá tener una asistencia mínima del 80%, para ello se tomará en cuenta las fechas de inicio y final del curso. Sólo se admitirán certificados de enfermedad a la hora de justificar la no asistencia durante dicho periodo. — Hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y con la Hacienda de la Diputación Foral de Gipuzkoa. —No tener deudas pendientes con el ayuntamiento de Ordizia. QUINTO. Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por el departamento de Euskera del ayuntamiento de Ordizia. El órgano competente para la reordenación y resolución del procedimiento de concesión es la Alcaldía, sin perjuicio de las delegaciones que pueda efectuar. SEXTO.- Plazo de presentación de solicitudes Para recibir las ayudas, la persona interesada deberá solicitar la ayuda tras finalizar el curso, en la Oficina de Atención a la Ciudadanía (Kale Nagusia, 24 -behea), de 8:00 a 13:30, o telemáticamente en el apartado de las subvenciones del portal www.ordizia.eus de acuerdo a lo establecido en los siguientes puntos: Cursos de invierno (octubre-junio). — Cursos que comienzan en octubre: desde que se publica la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta 17 de julio de 2026. — Cursos que comienzan en febrero: desde que se publica la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa hasta 17 de julio de 2026. — Internados y cursos para finalidades específicas: en el plazo de 2 semanas a partir de la finalización del curso. Cursos de verano (julio-septiembre). — En el plazo de 2 semanas a partir de la finalización del curso. SÉPTIMO.- Plazo de resolución y notificación El plazo máximo para resolver y notificar la resolución definitiva es de seis meses a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria. OCTAVO. Documentos e informaciones que deben acompañarse a la petición: —Solicitud debidamente cumplimentada. — Abonos de la entidad bancaria. — Certificado del euskaltegi. En el que se especificarán: información del pago de la matrícula, fechas de inicio y fin del curso, horario, horas recibidas por el solicitante, subniveles realizados, si se han superado o no, aprovechamiento e información sobre la asistencia. Para personas solicitantes no empadronadas: Certificado de la empresa o entidad de Ordizia donde trabaja y certificado que acredite que no percibe ninguna otra ayuda por el mismo curso. NOVENO. Recursos. Este acuerdo es definitivo y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra él recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación. No obstante, las personas particulares, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente. DÉCIMO.- Medio de notificación o publicación. Las notificaciones se practicarán en el lugar y por el medio que el solicitante haga constar a tal efecto en la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido a estos efectos en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Organismo convocante

ORDIZIA — AYUNTAMIENTO DE ORDIZIA

Ámbito

Gipuzkoa

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación1 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector económicoQ - EDUCACIÓN
Última actualización BD6 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total26.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

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