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Ayudas para derechos de matrícula para cursos de idiomas del aula mentor del ayuntamiento de alfafar - ejercicio 2026

Denominación oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA DERECHOS DE MATRÍCULA PARA CURSOS DE IDIOMAS DEL AULA MENTOR DEL AYUNTAMIENTO DE ALFAFAR - EJERCICIO 2026.

Plazo de solicitud 15 de noviembre de 2026
Estado Abierta · quedan 69 días
Código BDNS 909677

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Valencia / València. Presupuesto: 2.000 €. Se puede solicitar hasta el 15 de noviembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Se concede de forma competitiva, así que tienes que presentar la solicitud antes del 15 de noviembre de 2026 y tu proyecto será comparado con los de otros solicitantes; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. La ayuda cubre los derechos de examen para obtener una certificación oficial de idiomas y está dirigida a personas sin actividad económica que vivan en Alfafar y estén inscritas en la Agencia de Empleo del municipio. El apoyo se entrega en forma de subvención económica sin devolución.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

SUMARIO: Resolución de fecha 21 de mayo de 2026 por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas municipales para Derechos de examen que conducen a la obtención de una certificación en idiomas del Ayuntamiento de Alfafar, ejercicio 2026. PRIMERO. Objeto y Justificación. El objeto de esta convocatoria de ayudas para formación y reciclaje en materia de empleo e iniciativa emprendedora es seguir fomentando que las personas, empadronadas en el municipio de Alfafar e inscritas en la Agencia de Empleo y Desarrollo Local del municipio, adquieran, a través de la formación y/o reciclaje, una mejora del perfil profesional y consigan una inserción laboral efectiva, estableciendo para ello unas ayudas económicas destinadas a financiar los derechos de examen previstos y exigidos por los organismos y entidades convocantes, para poder presentarse a las pruebas para la obtención de las correspondientes certificaciones en idiomas, previa justificación del pago de los mismos y aportando el certificado en el que conste la superación de dicha prueba y/o curso objeto de la ayuda. SEGUNDO. Personas Beneficiarias y Requisitos. Podrán ser beneficiarias de las presentes ayudas las personas físicas que, habiendo aprobado las pruebas de certificaciones de idiomas (inglés, francés, alemán, italiano y valenciano) en sus niveles B1, B2, C1 y C2 o equivalentes, objeto de la ayuda, cumplan los siguientes requisitos: - Estar empadronado/a en el municipio de Alfafar. - Tener 16 años de edad o más en el momento de presentar la solicitud. - Estar inscritos en la Agencia de Empleo y Desarrollo Local de Alfafar (ADL). - Haber superado las pruebas de certificaciones o los correspondientes cursos en el período comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 15 de noviembre de 2026. - No encontrarse en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la LGS. - Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, lo cual se acreditará mediante declaración responsable. - No tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Alfafar, lo cual se acreditará mediante declaración responsable. TERCERO. Bases Reguladoras y Régimen Jurídico. 1. La siguiente convocatoria se regirá, además de por lo dispuesto en los artículos de las bases reguladoras de ayudas para derechos de examen que conducen a la obtención de una certificación y/o matrículas de cursos de formación y reciclaje en materia de empleo e iniciativa emprendedora de la Agencia de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Alfafar (BOP 24 de agosto de 2022), por: - La Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alfafar (Boletín Oficial de la Provincia de Valencia núm 24, de 2 de febrero de 2018), - Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Alfafar. - Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio que aprueba el Reglamento General de Subvenciones, (en adelante RGS), - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236 de 2/10/2015), (en adelante LPACAP) - Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones. Así como, deberán ser coherentes con el Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Alfafar y criterios interpretativos de la IGAE al respecto y demás ayudas públicas, y con cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación. 2. La gestión de estas ayudas se sujetará a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. CUARTO. Crédito Presupuestario, cuantía máxima y justificación. El crédito presupuestario de estas ayudas asciende a asciende a un total de 2.000 euros cuya financiación se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 05, 241.00,470.00 “Fomento de Empleo. Subvenciones para el fomento del empleo” del vigente presupuesto municipal, consignado a tal efecto, sin perjuicio de las ampliaciones de modificación de crédito presupuestarias que correspondan. Se subvencionarán, hasta un importe máximo de 100 euros por persona solicitante en cada convocatoria, lo que conlleva a los derechos de matrícula, previamente abonados y exigidas por los organismos y entidades convocantes y cuyo pago conste como efectivamente realizado y justificado documentalmente, y siempre que se haya cursado con aprovechamiento el curso correspondiente. La justificación de la superación del examen de idiomas (inglés, francés, alemán, Italiano y valenciano en sus niveles B1, B2, C1 y C2 o equivalentes) se realizará con la aportación de los certificados admitidos expedidos por los organismos y entidades establecidos en la ORDEN 93/2013, de 11 de noviembre, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica el anexo único denominado certificados y diplomas que acreditan la competencia en lenguas extranjeras del Decreto 61/2013, de 17 de mayo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunitat Valenciana y se crea la Comisión de Acreditación de Niveles de Competencia en Lenguas Extranjeras (DOGV 13/11/2013). En el caso de Valenciano serán admitidos los certificados expedidos por la Escuela Oficial de Idiomas (EOI), la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (JQCV) y la Comissió Interuniversitària d’Estandardització d’Acreditacions de Coneixements de Valencià (CIEACOVA). QUINTO. Solicitudes y plazo de presentación. 1. La solicitud se realizará en el modelo normalizado que estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alfafar. En la página web municipal se publicará toda la información y documentación de las bases y…

Organismo convocante

ALFAFAR — AYUNTAMIENTO DE ALFAFAR

Ámbito

Valencia / València

Categoría

Educación

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación1 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes15 de noviembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadEducación
Sector económicoQ - EDUCACIÓN
Última actualización BD6 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total2.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Alfafar.

Bases reguladoras ↗