Resolción de 5 de junio de 2026, por la que se convocan subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación
Denominación oficial: Resolción de 5 de junio de 2026, por la que se convocan subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación.
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 2,0 M€. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Se concede sin competir, así que si cumples los requisitos y presentas la solicitud, la recibirás siempre que haya fondos disponibles; no hay comparación con otras peticiones. La convocatoria está abierta a personas jurídicas que no desarrollen actividad económica y que quieran lanzar programas de Formación Profesional para el Empleo con compromiso de contratación. El apoyo es una subvención en dinero, sin devolución, gestionada por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de Andalucía. El fondo total disponible asciende a dos millones de euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS (Identif.): XXXXXX De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/inicio) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Primero. Convocatoria. Se convoca, para el año 2026, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, la siguiente línea de subvención en el ámbito de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en la cuantía total máxima y con cargo a los créditos presupuestarios que se indican a continuación: LÍNEA SUBVENCIONABLE PARTIDA PRESUPUESTARIA Código de Financiación ANUALIDAD 2026 (euros) ANUALIDAD 2027 (euros) Programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas. 1400180000G/32D/47301/00 S0044 1.200.000,00 € 800.000,00 € Segundo. Régimen jurídico. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas, así como por aquellas otras normas que aparecen indicadas en el apartado 3 de su cuadro resumen, y el resto de disposiciones de general y particular aplicación. Con fecha 25 de junio de 2024 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 122, la Orden de 17 de junio de 2024 por la que se modifica la citada Orden de 24 de febrero de 2023. Tercero. Entidades solicitantes. 1. Podrán participar en la presente convocatoria y resultar entidades beneficiarias de esta subvención: a) Las empresas, sean persona física o jurídica, que adquieran el compromiso de contratación de las personas trabajadoras desempleadas formadas en el marco de la actividad subvencionada y desarrollen su compromiso en Andalucía, entendiéndose por tal, cuando tengan en alta o prevean tener en alta un código cuenta de cotización a la Seguridad Social en una provincia andaluza, de acuerdo con lo establecido en el apartado 4.a).1º del cuadro resumen de las bases reguladoras. b) Las entidades de formación recogidas en el apartado 4.a).1º.3 del cuadro resumen de las bases reguladoras, que adquieran el compromiso de contratación para sí mismas o mediante suscripción de acuerdos o convenios con las correspondientes empresas que vayan a efectuar dicha contratación, cuyo contenido mínimo se ajustará a lo establecido en el Anexo IV que acompaña a esta convocatoria, situándose los puestos de trabajo, en todo caso, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Este tipo de entidades no podrá subcontratar con terceros la ejecución del programa formativo subvencionado. En todo caso, será la entidad de formación beneficiaria quien asumirá la responsabilidad de la ejecución del programa formativo subvencionado y del cumplimiento del compromiso de contratación. 2. En ningún caso, podrán participar ni obtener la condición de entidad beneficiaria, aquellas que se encuentren comprendidas en el apartado 4.a).1º puntos 2, 4 y 6 del cuadro resumen de las bases reguladoras, ni aquellas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 4.c) del cuadro resumen de las bases reguladoras. Cuarto. Objeto. 1. Será objeto de esta subvención pública, la puesta en marcha y realización en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de programas formativos que incluyan compromiso de contratación (en adelante programas formativos), en modalidad presencial, dirigidos a personas trabajadoras desempleadas, de acuerdo con el apartado 1, punto 1, del cuadro resumen de las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas (en adelante, cuadro resumen de las bases reguladoras). 2. Los programas formativos tendrán por objeto cubrir las necesidades formativas de las personas solicitantes, por lo que deberá existir vinculación entre la formación impartida y la contratación comprometida. Dicha vinculación se establecerá en el Anexo I mediante la identificación de los puestos de trabajo a cubrir y los perfiles de las personas a contratar. 3. La oferta formativa objeto de estos programas formativos con compromiso de contratación, se detalla en el Anexo II y se corresponde con especialidades incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo. Cada programa formativo con compromiso de contratación podrá estar integrado por una de las siguientes opciones: a) Una sola especialidad formativa. b) Hasta tres especialidades formativas a impartir de forma concatenada de la misma familia profesional. c) Hasta tres ediciones de la misma especialidad formativa a ejecutar en un plazo máximo de 14 meses desde el momento de la concesión de la subvención. 4. No podrá programarse la realización de prácticas profesionales no laborales vinculadas a estas especialidades formativas. Quinto. Financiación y régimen de compatibilidad. 1. Los créditos presupuestarios destinados a financiar las subvenciones establecidas en esta convocatoria son los contenidos en la partida y por el importe que se detalla en el resuelve primero y con la distribución consignada en el apartado 4 de este resuelve. 2. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. 3. Excepcionalmente…
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 5 de junio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 12 de junio de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | 78 - Actividades relacionadas con el empleo |
| Última actualización BD | 6 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de 24 de febrero de 2023, bb.rr. para la concesión de subv.públicas regladas,en rég.de conc. no comp.,para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación de personas desempleadas