Abierta · quedan 84 díasLocalOtras ayudas

Financiacion de bienes y servicios en eventos o actividades realizados por asociaciones

Denominación oficial: FINANCIACION DE BIENES Y SERVICIOS EN EVENTOS O ACTIVIDADES REALIZADOS POR ASOCIACIONES

Plazo de solicitud 30 de noviembre de 2026
Estado Abierta · quedan 84 días
Código BDNS 912155

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Pontevedra. Presupuesto: 150.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de noviembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede sin competir: la puede solicitar cualquier asociación que cumpla los requisitos y la solicitud se aprueba siempre que haya fondos disponibles. El objetivo es financiar la compra de bienes y servicios necesarios para organizar eventos o actividades en la provincia de Pontevedra durante 2026. Pueden participar asociaciones de vecinos, confederaciones, federaciones, uniones de asociaciones y agrupaciones de mujeres rurales legalmente constituidas y registradas, que declaren estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. El plazo para presentar la solicitud finaliza el 30 de noviembre de 2026 y el fondo total disponible es de 150 000 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Entidades beneficiarias Tendrán la consideración de beneficiarias de las subvenciones las asociaciones de vecinas y vecinos, confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinas y vecinos y asociaciones de mujeres rurales de la provincia de Pontevedra que estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente y que organicen un evento en la provincia de Pontevedra en el año 2026. Las entidades solicitantes declararán con la solicitud estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), la Hacienda gallega, la Seguridad Social y la Diputación de Pontevedra. Segundo. Objeto Constituye el objeto de la convocatoria regular el procedimiento de concesión de ayudas destinadas a la adquisición de bienes fungibles necesarios para la organización de actividades y la prestación de servicios, siempre que estos se encuentren recogidos en la base octava y no estén financiados por otras líneas de subvención de distintos servicios de la Diputación de Pontevedra. Del mismo modo, se contemplan ayudas para la financiación de los servicios necesarios para organizar o desarrollar dichas actividades o eventos, dirigidos a las personas participantes y promovidos por las entidades beneficiarias en la provincia de Pontevedra. Tercero. Régimen jurídico De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS), y en el artículo 4 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Pontevedra (OGS), las ayudas que se arbitren a favor de las entidades beneficiarias en el marco de esta línea de ayudas tendrán el carácter de subvenciones y se regirán por la siguiente normativa: la LGS, en los artículos de carácter básico y en su normativa también básica de desarrollo; la Ley de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Galicia y su normativa de desarrollo; los artículos no básicos de la LGS y su normativa de desarrollo; la legislación de régimen local estatal y autonómica; la OGS; las Bases de ejecución del Presupuesto, sobre todo en los aspectos presupuestario y contable; la convocatoria y las bases reguladoras de estas; y los actos administrativos dictados por los distintos órganos de la Diputación. Cuarto. Cuantía y aplicación presupuestaria La concesión de las subvenciones estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria y se convocará con cargo a la aplicación 2026/942.4590.489.01 del Presupuesto de la Diputación para el año 2026, por un importe total de doscientos mil euros (200.000 €). Podrán concederse ayudas hasta agotar totalmente la dotación prevista en esta convocatoria. De agotarse el crédito presupuestario, se declarará finalizado el plazo de vigencia de esta mediante un anuncio del órgano competente para aprobar la convocatoria, el cual será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) y en la Sede electrónica de la Diputación, y no se admitirán las solicitudes presentadas posteriormente. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente al de la publicación del anuncio de estas bases en el BOPPO y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y finalizará el 30 de noviembre de 2026. Sexto. Forma de presentación de solicitudes Las solicitudes se presentarán obligatoriamente en la Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra, https://sede.depo.gal, de acuerdo con el procedimiento electrónico establecido al efecto. Deberán acompañarse de la documentación exigida conforme a la base decimosegunda. Séptimo. Otros datos • Procedimiento de concesión: concurrencia no competitiva, según los requisitos y criterios establecidos en las bases reguladoras del programa. • Gastos subvencionables: los recogidos en la base octava. • Compatibilidad: sí, salvo con cualquier ayuda, patrocinio o programa para la misma entidad beneficiaria y la misma finalidad con cargo a créditos de esta Diputación y de sus organismos dependientes. • Plazo de ejecución: desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026. • Plazo de justificación: hasta el 31 de enero de 2027. • Forma de justificación: mediante la presentación del modelo normalizado de aportación de documentación justificativa, de la factura por el importe de los bienes o servicios de la concesión, del justificante del pago y del documento en el que se justifiquen la publicidad y la difusión de la subvención. • Ingreso de la subvención: una vez aprobada la justificación. • Forma de pago: lo estipulado en la base decimoctava.

Organismo convocante

DIPUTACIÓN PROV. DE PONTEVEDRA — COOPERACIÓN COS MUNICIPIOS

Ámbito

Pontevedra

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación11 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudes18 de junio de 2026
Fecha fin de solicitudes30 de noviembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económico94.9 - Otras actividades asociativas
Última actualización BD6 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total150.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

FINANCIACION DE BIENES Y SERVICIOS EN EVENTOS O ACTIVIDADES REALIZADOS POR ASOCIACIONES

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