Subvenciones para programas de igualdad efectiva entre mujeres y hombres, apoyo al colectivo LGBTIQ+ y prevención y lucha contra las violencias machistas, año 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: GALICIA. Presupuesto: 30.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: hay que presentar la solicitud dentro del plazo y las propuestas se comparan, así que cumplir los requisitos no asegura obtener la subvención. El ayuntamiento de Santiago de Compostela (Galicia) financia proyectos que promuevan la igualdad entre mujeres y hombres, apoyen al colectivo LGBTIQ+ y trabajen en la prevención y lucha contra la violencia machista. Sólo pueden solicitarla asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que no desarrollen actividad económica y que estén registradas en el Registro Gallego de Asociaciones. El fondo total disponible es de 30 000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Título Extracto del Acuerdo de 8 de junio de 2026 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Santiago de Compostela por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de programas y actividades a favor de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, de las personas del colectivo lésbico, gay, bisexual, transexual, intersexual y queer (LGBTIQ+) y de la prevención y lucha contra las violencias machistas para el año 2026. Texto Primero. Entidades beneficiarias y requisitos Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que cumplan, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Gallego de Asociaciones y, en su caso, tener actualizados todos sus datos registrales. Cualquier modificación producida desde su inscripción o última actualización deberá comunicarse por escrito al Departamento de Igualdad junto con la solicitud. b) Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Santiago de Compostela con anterioridad a la publicación de esta convocatoria y mantener actualizados sus datos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento de Participación Ciudadana. c) Carecer de ánimo de lucro. d) Desarrollar principalmente sus actividades en el término municipal de Santiago de Compostela. e) Estar al corriente, en su caso, en la justificación de subvenciones concedidas anteriormente por el Ayuntamiento de Santiago de Compostela. f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Santiago de Compostela, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Hacienda autonómica, así como con la Seguridad Social. Asimismo, deberán estar al corriente en el reintegro de subvenciones concedidas por el Ayuntamiento, cuando proceda. g) No estar incursas en ninguna de las prohibiciones o incompatibilidades previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. h) No podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. i) Tener recogido expresamente en sus estatutos, como objeto o entre sus fines institucionales, la promoción de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y/o la defensa de los derechos y libertades de las personas y del colectivo LGBTIQ+. j) Acreditar la representación legal de la persona que actúe en nombre de la entidad. k) Tener sede, domicilio social o delegación permanente en el término municipal de Santiago de Compostela. Se entenderá por delegación permanente aquella que disponga de personal permanente y de un local fijo para el desarrollo de sus actividades, así como de una estructura organizativa suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales. l) Cumplir, además, cualquier otro requisito previsto en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Todos estos requisitos deberán mantenerse durante todo el ejercicio 2026. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por entidades que no cumplan la totalidad de los requisitos exigidos en la fecha de finalización del plazo de presentación. Segundo. Objeto La presente convocatoria tiene por objeto subvencionar programas y actividades dirigidos a promover la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, la igualdad de trato y derechos de las personas LGBTIQ+ y la prevención y erradicación de las violencias machistas. Se establecen las siguientes líneas de actuación: Línea 1. Programas y actividades de fomento de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Su finalidad es apoyar actividades e iniciativas que promuevan la igualdad de género y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Línea 2. Programas y actividades de fomento de la igualdad efectiva de las personas LGBTIQ+. Su finalidad es apoyar actividades e iniciativas que promuevan la igualdad de trato, la no discriminación y la garantía de los derechos de las personas del colectivo LGBTIQ+. Línea 3. Programas y actividades para la prevención de las violencias machistas en el municipio de Santiago de Compostela. Su finalidad es apoyar la puesta en marcha y el desarrollo de actividades e iniciativas orientadas a avanzar hacia un municipio libre de violencias machistas. Tercero. Cuantía Para la financiación de las subvenciones previstas en esta convocatoria se destina un crédito presupuestario de 30.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 010 23102 4890100/2026. Podrá subvencionarse hasta el 100 % del presupuesto presentado, sin que la cuantía máxima de la subvención por entidad pueda superar los 2.800 euros. La concesión de las subvenciones quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de dictarse la resolución. Las subvenciones se concederán mediante procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley General de Subvenciones, mediante la comparación de las solicitudes presentadas y la aplicación de los criterios de valoración establecidos en la base 10 de la convocatoria. Los proyectos se financiarán por orden decreciente de puntuación hasta el agotamiento del crédito disponible, con un límite máximo de 2.800 euros por proyecto. En caso de renuncia o no aceptación de la subvención por alguna entidad beneficiaria, podrá adjudicarse la ayuda a las entidades siguientes según el orden de prelación resultante de la valoración, sin necesidad de realizar una nueva convocatoria. Cuarto. Plazo y forma de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días naturales contados a partir del día siguiente al de…
Organismo convocante
SANTIAGO DE COMPOSTELA — AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA
Ámbito
GALICIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 11 de junio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | 88.9 - Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento |
| Última actualización BD | 6 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 30.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases de ejecución del presupuesto municipal para el año 2026