Abierta · quedan 69 díasLocalCultura

XIX certamen de poesía María Luisa García Sierra,

Plazo de solicitud 16 de noviembre de 2026
Estado Abierta · quedan 69 días
Código BDNS 915900

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: ESPAÑA. Presupuesto: 1.100 €. Se puede solicitar hasta el 16 de noviembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta ayuda se concede de forma competitiva, por lo que debes presentar tu solicitud antes del 16 de noviembre de 2026. Todas las solicitudes se comparan entre sí, así que cumplir los requisitos no asegura que la obtengas. El Ayuntamiento de Bornos destina 1 100 euros a un certamen de poesía para personas que no ejercen actividad económica. El premio consiste en la publicación de tu poema y la entrega de 200 ejemplares impresos, sin que tengas que devolver nada.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

BASES Y CONVOCATORIA DEL XIX CERTAMEN DE POESÍA MARÍA LUISA GARCÍA SIERRA El Ayuntamiento de Bornos, a través de la Delegación de Cultura, convoca el XIX certamen de poesía María Luisa García Sierra, con arreglo a las siguientes bases: PRIMERA.- Objeto de la convocatoria. El objeto del concurso es la elección y publicación de la mejor obra de las presentadas al certamen. SEGUNDA.- Presupuesto total y aplicación presupuestaria. 2.1.- La convocatoria se aprobará en el presente ejercicio presupuestario, teniendo lugar la resolución de la misma en el ejercicio siguiente. Por ello se subordina la autorización del gasto al crédito para el ejercicio el cual se autorice en el presupuesto. 2.2.- El único premio del certamen es la publicación de la obra de la que se entregarán 200 ejemplares al ganador. Se reserva la cantidad de mil seiscientos euros para el premio que se imputará a la partida presupuestaria de Premios y Concursos Delegación de Cultura del presupuesto correspondiente al ejercicio de 2027. TERCERA.- Participantes. 3.1. Podrán participar en el certamen todos los escritores de habla castellana, excepto los primeros galardonados en las ediciones anteriores de este Premio. 3.2. Se establece una modalidad única de participación en el concurso: modalidad adulta. 3.3.- La participación en el concurso implica el conocimiento y plena aceptación de las presentes bases, motivo por el cual no podrán impugnarlas una vez formalizada la presentación de la inscripción y las obras. Los autores serán responsables ante el Ayuntamiento de Bornos y ante terceros, del cumplimiento de lo establecido en estas bases. Los órganos competentes, en cada caso, quedarán facultados para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso, en todo lo no previsto en las presentes bases. CUARTA.- Características de las obras. 4.1.- Se admitirán a este concurso solamente obras inéditas y que no hayan sido premiadas en otros concursos. 4.2.- Han de tener una extensión mínima de 400 versos y máxima de 800 versos, impresos a doble espacio. La temática y el estilo serán libres. Cada autor podrá presentar sólo una obra. 4.3.- En el caso de que se hayan utilizado plagios de otros autores o instituciones, el autor será el responsable único ante cualquier incidencia que por estos motivos se pudieran producir, quedando retirada la obra de inmediato. QUINTA.- Plazo y forma de presentación de las obras. 5.1.- Plazo. El plazo de admisión de originales comienza a partir del día siguiente a la publicación de las bases en el «Boletín Oficial» de la provincia de Cádiz, a través de la BNDS y finalizará el día 16 de noviembre, ambos incluidos. 5.2.- La presentación de las obras puede realizarse en el Registro Electrónico Común, tanto de forma presencial como telemática, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Bornos, https://sede.bornos.es. En el Catálogo de Servicios se seleccionará la opción “Participación Ciudadana”, se iniciará el trámite en “Presentación de escritos”, se cumplimentará la misma y se procederá a su presentación. A la solicitud se adjuntará el trabajo, así como el DNI, NIE u otro documento identificativo, ambos en formato PDF. En el caso de presentación electrónica, el tamaño de los documentos no podrá superar los 20 MB. En el trabajo no figurará firma o identificación de clase alguna. SEXTA.- Medios de notificación y publicación. Conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, una vez efectuada la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia de Cádiz, las sucesivas notificaciones serán objeto de publicación, surtiendo éstas los efectos de la notificación, a través del tablón de edictos electrónicos del Ayuntamiento de Bornos. SÉPTIMA.- Órganos competentes para la instrucción: La instrucción del expediente se realizará por la Delegación convocante. OCTAVA.- Jurado. 8.1.- El Jurado estará formado por personas cualificadas designadas por el Ayuntamiento y se compondrá de un número mínimo de 3 personas y un máximo de 5. 8.2.- Las personas integrantes del Jurado se encuentran sometidas al régimen de abstención y recusación establecido en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. 8.3.- Los acuerdos del Jurado se adoptarán por mayoría de votos. En caso de empate, el Presidente del Jurado ejercerá voto de calidad, que será dirimente. NOVENA.- Criterios de valoración El jurado, en la evaluación de los trabajos presentados por los solicitantes tendrá en cuenta los aspectos que, puntuará en base a sus conocimientos y experiencia técnicos y literarios: - Calidad de la composición literaria del poemario y de su estructura interna (buena expresión, forma en la que el autor se quiere comunicar y transmitir sus ideas). - Carácter innovador del lenguaje y de la estructura externa. Se valorará que el poemario sea un libro con unidad frente a la mera recopilación de poemas inconexos, también tendrá en cuenta el vocabulario y los recursos poéticos utilizados así como la transmisión de sentimientos. DÉCIMA.- Premios. Se establece un único premio consistente en la publicación de la obra, de la que se entregará al autor 200 ejemplares. A juicio del Jurado, el premio podrá declararse desierto, así como establecer una o varias menciones especiales. DECIMOPRIMERA.- Resolución definitiva. 11.1.- Vista la deliberación del jurado, se emitirá informe por el personal Técnico del Área convocante para proceder a la resolución definitiva. 11.2.- Es competente para la resolución del procedimiento, previa propuesta del jurado del concurso, la Delegación convocante. Dicha resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe la interposición de recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de interponer directamente recurso contencioso administrativo de conformidad…

Organismo convocante

BORNOS — AYUNTAMIENTO DE BORNOS

Ámbito

ESPAÑA

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación28 de junio de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes16 de noviembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económico90 - Actividades de creación artística y artes escénicas
Última actualización BD6 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total1.100 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE BORNOS (CÁDIZ)

Bases reguladoras ↗