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Convocatoria abierta de los programas de subvenciones establecidos para el año 2026 para la mejora de la calidad de vida de las personas residentes en el ámbito rural y para la conservación del medio ambiente

Denominación oficial: CONVOCATORIA ABIERTA DE LOS PROGRAMAS DE SUBVENCIONES ESTABLECIDOS PARA EL AÑO 2026 PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DE VIDA DE LAS PERSONAS RESIDENTES EN EL ÁMBITO RURAL Y PARA LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

Plazo de solicitud 31 de diciembre de 2026
Estado Abierta · quedan 126 días
Código BDNS 918273

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica, personas jurídicas que no desarrollan actividad económica, pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Gipuzkoa. Presupuesto: 10.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

La ayuda se otorga de forma competitiva, así que tendrás que presentar la solicitud antes del 31 / 12 / 2026 y tu proyecto se comparará con los de los demás. No basta con cumplir los requisitos para asegurarse el ingreso; la decisión depende de la evaluación. El ayuntamiento de Bergara destina 10 000 € para subvencionar proyectos que mejoren la calidad de vida en zonas rurales y protejan el medio ambiente en Gipuzkoa. Puede solicitarla tanto quien no tenga actividad económica como pymes o personas que sí la tengan, recibiendo una entrega dineraria sin devolución.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

ANUNCIO Mediante decreto de Alcaldía de 8 de julio de 2026 se ha aprobado la convocatoria abierta de los programas de subvenciones establecidos para el año 2026 para la mejora de la calidad de vida de las personas residentes en el ámbito rural y para la conservación del medio ambiente, por lo que se procede a su publicación: CONVOCATORIA ABIERTA DE LOS PROGRAMAS DE SUBVENCIONES ESTABLECIDOS PARA EL AÑO 2026 PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DE VIDA DE LAS PERSONAS RESIDENTES EN EL ÁMBITO RURAL Y PARA LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Ayuntamiento de Bergara aprobó en sesión celebrada el 27 de enero de 2025 el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Bergara 2025-2027, en el que se recogen las diferentes líneas estratégicas, siendo la séptima la denominada Barrios, Desarrollo rural, Medio ambiente y Sostenibilidad. La acción 2 de esta línea es la siguiente: Ayudas para la mejora de la calidad de todas las personas residentes en el ámbito rural y para la conservación del medio ambiente (alumbrado exterior, agua, saneamiento, internet …).Así pues, en los presupuestos municipales aprobados para el ejercicio 2026, ha realizado varias consignaciones económicas al objeto de para promover acciones para mejorar la calidad de vida de las personas residentes en el ámbito rural y para preservar el medio ambiente. Por otro lado, aunque las subvenciones a conceder son diferentes, el ayuntamiento desea realizar una convocatoria unificada con el fin de ofrecer una referencia normativa única, simplificando al mismo tiempo las gestiones administrativas a realizar en la tramitación de los expedientes. Las bases se estructuran del siguiente modo: - Bases generales Establecen las normas de aplicación para todas las líneas de subvención, siempre que no se especifique otra cosa en cada base específica. - Bases específicas Normas aplicables a cada línea de subvención, estableciéndose las características específicas de cada subvención, como los criterios para su adjudicación y distribución, la posibilidad de conceder anticipos, la documentación a presentar, etc. TÍTULO I BASES GENERALES Artículo 1. Objeto Constituye objeto de las presentes bases la concesión de las siguientes subvenciones destinadas a la mejora de la calidad de vida de las personas residentes en el ámbito rural y/o la preservación del medio ambiente en 2026: 1.- Subvenciones para la financiación del consumo energético de los puntos de luz instalados en el exterior de edificios aislados del núcleo principal de los barrios rurales. 2.- Subvenciones para ejecución o renovación de infraestructura de agua. 3.- Subvenciones para la limpieza de fosas sépticas. A estas subvenciones les será de aplicación el contenido de los siguientes artículos de este presente título y, para cuanto no esté establecido en ellos, lo que indiquen las bases específicas reguladoras de cada subvención en concreto. En caso de contradicción, prevalecerá el contenido de las bases específicas. Artículo 2. Crédito presupuestario asignado a la subvención Para la concesión de estas subvenciones hay una partida de 10.000 euros (1 2700.481.414.00.01 2026 (B.K. 1012)), contando cada tipo de ayuda contemplado en el artículo 1 con la cuantía indicada en el capítulo correspondiente a sus bases específicas. No obstante, en caso de no agotarse la cuantía reservada para un tipo de ayuda, ese importe podrá ser utilizado para conceder ayudas de los otros tipos. Dicha cantidad será susceptible de ampliación, de conformidad con lo previsto en las bases de ejecución del Presupuesto Municipal. Artículo 3. Normativa aplicable La concesión de estas subvenciones y el establecimiento de la relación jurídica entre ayuntamiento y beneficiarios/as quedarán sujetos al cumplimiento de las bases reguladoras del programa y del resto de normas vigentes en el momento de la concesión. Salvo que las bases específicas establezcan expresamente otro tipo de regulación, las disposiciones y requisitos establecidos en las presentes bases generales serán de aplicación a todos los programas de ayudas o subvenciones aprobados por el ayuntamiento dentro de la presente convocatoria. Para todo aquello que no se haya dispuesto en las presentes bases (generales o específicas), serán de aplicación la Ley 38/2003, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Bergara y la Norma de Ejecución Presupuestaria del Ayuntamiento de Bergara, y demás normativa vigente aplicable a esta materia. Artículo 4. Departamento responsable Urbanismo Artículo 5. Personas o entidades beneficiarias Podrán acceder a la ayuda las personas físicas o jurídicas señaladas en las normas específicas siempre que cumplan los requisitos establecidos por la Ley 38/2003 reguladora de las subvenciones y por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Bergara, entre otros, lo recogido en los artículos 6 y 8 de la Ordenanza. Artículo 6. Solicitudes Las solicitudes de ayuda que se presenten se redactarán conforme al modelo de instancia elaborado por el ayuntamiento, que se incluye como anexo a las presentes bases, y estará a disposición de todas las personas interesadas tanto en las dependencias municipales como en la página web municipal. En el caso de que la solicitante sea persona jurídica, la instancia citada en el párrafo anterior deberá ser cumplimentada y firmada por su representante legal. Artículo 7. Lugar y plazo de presentación de instancias Las solicitudes de subvención deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y hasta como máximo el 31 de diciembre de 2026. En caso de agotarse con antelación la consignación se informará de ello mediante anuncio publicado en la página web, en el apartado de subvenciones. Artículo 8. Documentación a presentar La persona o entidad solicitante presentará la instancia conforme al impreso elaborado…

Organismo convocante

BERGARA — AYUNTAMIENTO DE BERGARA

Ámbito

Gipuzkoa

Categoría

Otras ayudas

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA, PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación9 de julio de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes31 de diciembre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadOtras Prestaciones económicas
Sector económicoOTROS SERVICIOS
Última actualización BD23 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total10.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

CONVOCATORIA ABIERTA DE LOS PROGRAMAS DE SUBVENCIONES ESTABLECIDOS PARA EL AÑO 2026 PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DE VIDA DE LAS PERSONAS RESIDENTES EN EL ÁMBITO RURAL Y PARA LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

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