De 28 de julio de 2026, Ayudas para la consolidación de las OOPP y acuícolas, y para la preparación y ejecución de los planes de producción y comercialización 2027 al amparo de la Orden de 9 de octubre de 2024, Linea 1 consolidación de OOPP
Denominación oficial: Orden de 28 de julio de 2026, Ayudas para la consolidación de las OOPP y acuícolas, y para la preparación y ejecución de los planes de producción y comercialización 2027 al amparo de la Orden de 9 de octubre de 2024, Linea 1 consolidación de OOPP
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 115.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
La ayuda se concede sin competir, es decir, la recibe todo el que cumpla los requisitos y la solicite, siempre que haya fondos disponibles. Sirve para financiar la preparación y ejecución de los planes de producción y comercialización 2027 de organizaciones de productores pesqueros y acuícolas en Andalucía. Está dirigida a pymes y a personas físicas que desarrollen actividades en agricultura, pesca o alimentación. Se trata de una subvención en efectivo que no exige devolución y el plazo para presentar la solicitud es hasta el 30 de septiembre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA. BDNS: Primero. Convocatoria. 1. Se convocan, en régimen de concurrencia no competitiva, las ayudas para la preparación y ejecución de los planes de producción y comercialización (en adelante, PPYC) elaborados por las organizaciones de productores pesqueros reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía (en adelante, OPP) correspondiente a la campaña 2027, al amparo de la Orden de 9 de octubre de 2024, por la que se establecen normas reguladoras de las Organizaciones Profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura en Andalucía, y las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva a estas organizaciones profesionales en el marco del Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027. Los PPYC se presentarán por las OPP para su aprobación ante la Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, junto con la solicitud de las ayudas a la preparación y ejecución de los PPYC, en el plazo previsto en la presente convocatoria, en las direcciones electrónicas indicadas en el punto tres del apartado primero. Podrán ser anuales o plurianuales y se elaborarán siguiendo las instrucciones publicadas en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. 2. Asimismo, se convocan las ayudas para la consolidación de las OPP reconocidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la campaña 2027. 3. La información asociada a los procedimientos de concesión de estas ayudas está disponible en los códigos de procedimiento 25592 y 25009, a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Junta de Andalucía, mediante las siguientes direcciones electrónicas: LÍNEA DE AYUDA CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO DIRECCIONES ELECTRÓNICAS DEL CATÁLOGO DE PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS DE LA SEDE ELECTRÓNICA GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA -Ayudas para la consolidación de las OPP y AOP 25592 https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25592.html Ayudas a la preparación y ejecución de los PPYC 25009 https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25009.html Segundo. Financiación, intensidad de la ayuda y régimen aplicable. 1. Las ayudas reguladas en la orden de convocatoria están cofinanciadas por la Unión Europea, a través del Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura, y por la Administración de la Junta de Andalucía, en un 70 % y en un 30 %, respectivamente. 2. Como regla general, la intensidad de la ayuda pública será del 75 % para las dos líneas de ayuda. No obstante, conforme a lo dispuesto por el artículo 2 ter del Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, en el caso de las ayudas a los PPYC existen actuaciones dentro de cada medida que podrán optar a una intensidad de ayuda superior al 75 %, conforme a las siguientes reglas: a) Podrán optar al 100 % de intensidad de ayuda aquellas medidas que no se refieran a: 1.º Medidas de formación, salvo las que cumplan lo establecido en el punto c) del presente apartado. 2.º Celebración de seminarios y jornadas de divulgación. 3.º Obras que den lugar o que afecten a inmuebles. 4.º Instalación de inversiones que no incorporen componente innovador. 5.º Acciones de promoción y comunicación a la sociedad. 6.º Planes de gestión de pesca, salvo las que cumplan lo establecido en el punto c) del presente apartado. 7.º Labores de asistencia legal a los miembros de la OPP. 8.º Embarque de observadores. Y que además de cumplir con los requisitos de beneficiario colectivo y que sean de interés colectivo, cumplan con uno de los siguientes criterios, de conformidad con lo establecido en los criterios de selección del Programa para España del FEMPA: 1.º Características innovadoras: medidas que supongan la introducción de un producto, servicio o proceso nuevos o significativamente mejorados, que incluye, aunque no se limita a ellos, los procesos de producción, comercialización o nuevos o métodos de organización de prácticas empresariales, entre otros, con el objetivo de ayudar a resolver desafíos de los sectores de la pesca y de la acuicultura en la persecución de los objetivos de la OCM y de la PPC. 2.º Garantía de acceso público a los resultados de aquellas medidas que supongan el fomento de la actividad pesquera y de la acuicultura sostenibles, la reducción de las capturas no deseadas, la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, mejora de la trazabilidad o reducción de impacto ambiental: a través de páginas web de acceso no restringido o diferentes publicaciones. b) Podrán optar al 100 % de intensidad de ayuda aquellas medidas destinadas a la mejora de la selectividad por tallas o especies de los artes de pesca. Esta intensidad de ayuda del 100 % estará supeditada a la aportación de un estudio en el que se analicen los resultados obtenidos y demuestre que dicha medida ha contribuido a mejorar la selectividad. En caso de que los resultados del estudio no sean satisfactorios, esto es, en los que no se demuestre que han contribuido a la mejora de la selectividad, se aplicará una intensidad de ayuda del 75 % del importe de dicha medida. El estudio deberá ser realizado por una entidad encuadrada en alguna de las siguientes opciones: 1.º Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado recogidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, incluyendo los centros nacionales integrantes del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. 2.º Universidades públicas. 3.º Entidades públicas instrumentales del sector público autonómico que…
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 28 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 15 de septiembre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector económico | 03 - Pesca y acuicultura |
| Última actualización BD | 12 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 115.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de 9 de octubre de 2024, por la que se establecen normas reguladoras de las Organizaciones Profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura en Andalucía, y las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no compe