Bases reguladoras de las ayudas económicas dirigidas a las personas con esclerosis lateral amiotrófica o de sus fenotipos para el año 2026 y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS
Denominación oficial: ORDEN de 20 de julio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas dirigidas a las personas con esclerosis lateral amiotrófica o de sus fenotipos para el año 2026 y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: GALICIA. Presupuesto: 2,1 M€. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Es una ayuda económica para personas con esclerosis lateral amiotrófica o sus fenotipos que no trabajen por cuenta propia. Se concede en forma de subvención en dinero, sin devolución. La convocatoria es competitiva: debes presentar la solicitud antes del 3 de noviembre de 2026 y tu proyecto será evaluado junto a los de otros solicitantes; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El fondo total disponible es de 2,138,800 euros y la gestión la lleva la Consellería de Política Social e Igualdad de Galicia.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/convocatoria/xxxx Primero. Personas beneficiarias 1. Podrán solicitar las ayudas económicas las personas físicas vivas que cumplan los siguientes requisitos en la fecha de presentación de su solicitud: a) Haber cumplido los 18 años. b) Estar empadronadas en un ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Galicia con una antigüedad mínima de 6 meses con anterioridad a la presente convocatoria de las ayudas. c) Estar diagnosticadas de la enfermedad de la esclerosis lateral amiotrófica (en adelante, ELA) o cualquiera de sus fenotipos. d) Tener reconocida la situación de dependencia o haber solicitado su reconocimiento con anterioridad a la presentación de la solicitud. 2. Además, las personas beneficiarias de la ayuda tienen que cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Segundo. Objeto Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas destinadas a las personas con diagnóstico de ELA o de sus fenotipos, así como proceder a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento administrativo BS215A). Tercero. Bases reguladoras Orden de 20 de julio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas dirigidas a las personas con esclerosis lateral amiotrófica o de sus fenotipos para el año 2026 y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS215A). Cuarto. Gastos subvencionables y cuantía de la ayuda 1. Serán subvencionables los siguientes gastos de inversión, en el caso de no estar cubiertos por el Sistema público de salud o mutualidad correspondiente: a) Adquisición de productos de apoyo necesarios a causa de la ELA o de sus fenotipos destinados, según la clasificación de la NORMA ISO 9999:2022, a: 1º. Tratamiento médico personalizado que incluye, entre otros, productos destinados a mejorar, controlar o mantener la condición médica de la persona con ELA o de sus fenotipos tales como equipos de inhalación, humificadores, tensiómetros, pulsiómetros, dosificadores dispensadores y trituradores de medicamentos, productos de apoyo para prever las úlceras por presión como los cojines antiescaras, de aire, órtesis. Se excluyen productos de apoyo usados exclusivamente por profesionales sanitarios, así como medicamentos. 2º. Entrenamiento y aprendizaje de capacidades que incluye dispositivos destinados a mejorar las capacidades físicas, mentales y sociales para personas con ELA o de sus fenotipos como ejercitadores de piernas y brazos, pedalier activo o pasivos, ejercitadores de dedos, ejercitadores respiratorios/incentivadores. 3º. Movilidad personal que incluye productos de apoyo para caminar, transferir, girar y elevar como andadores, bastones, tablas de transferencias, bipedestadores, grúas, arnés, sofás elevadores, accesorios para sillas de ruedas, sistemas de dirección y control para silla de ruedas, sistemas de propulsión para sillas de ruedas, patinetes, triciclos, entre otros. 4º. Aseo, cuidado y protección personal que incluye productos de apoyo aptos para personas con ELA o de sus fenotipos para vestirse y desnudarse, para la protección corporal, para la higiene personal y cuidado de traqueotomías, ostomías e incontinencia, como abotonadores, tiradores para cremalleras, perchas de apoyo para vestirse, calzadores, almohadillas y otros accesorios para prever contusiones o lesiones en la piel en las ayudas para caminar, medias anti–edema, cremas destinadas al tratamiento de úlceras por presión, cremas destinadas al tratamiento/mejora de afecciones derivadas del uso de absorbentes, esponjas jabonosas, empapadores y absorbentes, soportes para baño o/y ducha, alzas, pinzas, cepillos eléctricos, productos adaptados para lavar y peinar el cabello, capas y ponchos exteriores, ropa adaptada, productos de apoyo para flotar, alfombras antideslizantes. No se subvencionarán productos comunes de higiene, que no sean susceptibles de ser considerados productos de apoyo destinados a personas con ELA o de sus fenotipos como champús, geles, pasta dental, cremas faciales e hidratantes. 5º. Actividades domésticas que incluye, entre otros, productos de comer y beber como vajillas y cuberterías adaptadas, productos para la preparación de alimentos como tablas, balanzas con voz, tijeras con apertura automática, productos de apoyo para la limpieza del hogar como aspiradores automáticos, recogedores adaptados, escurridores automáticos, abretapones. 6º. Mobiliario y pequeñas adaptaciones para viviendas que incluye productos que permiten que las personas con ELA o de sus fenotipos alcancen un mayor grado de comodidad, funcionalidad, facilidades de desplazamiento y realización de actividades dentro de su vivienda como mesas y sillas regulables, camas articuladas, respaldos posturales, pasamanos, barras de apoyo, dispositivos para la apertura y cierre de ventanas, puertas y cortinas, sistemas para la mejora de la climatización que no impliquen la realización de obras de reforma, entre otros. 7º. Comunicación e información que incluye productos de apoyo para ayudar a las personas a recibir, enviar, producir y procesar información en diferentes formatos como dispositivos para ver, oír, leer, escribir, telefonear, señalizar y alertar y tecnología de la información, entre otros, dispositivos de alarma de emergencia personal, sistemas de control y localización, timbres, avisadores, infrarrojos para el control de la televisión y otros dispositivos, sofware para comunicación. 8º. Manipulación de objetos y dispositivos que incluye productos que faciliten todo tipo de acciones que puedan necesitar las personas con ELA o con cualquiera de sus fenotipos para manipular…
Organismo convocante
GALICIA — CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD
Ámbito
GALICIA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 29 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 7 de agosto de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 3 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | 86.9 - Otras actividades sanitarias |
| Última actualización BD | 30 de octubre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2,1 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Texto en otra lengua de la convocatoria ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- EXTRACTO de la Orden de 20 de julio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas dirigidas a las personas con esclerosis lateral amiotrófica o con sus fenotipos para el año 2026 y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS215A). ↗
Bases reguladoras
ORDEN de 20 de julio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas económicas dirigidas a las personas con esclerosis lateral amiotrófica o de sus fenotipos para el año 2026 y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS