30 de julio de 2026, DGIECE, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T (Línea 5). MINIMI GENERAL
Denominación oficial: Resolución de 30 de julio de 2026, DGIECE, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T (Línea 5). MINIMI GENERAL
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: ANDALUCIA. Presupuesto: 3,5 M€. Se puede solicitar hasta el 30 de noviembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede sin competir: si cumples los requisitos y presentas la solicitud, la recibirás de forma automática mientras haya fondos. Está dirigida a pymes y a personas que desarrollen una actividad económica en Andalucía y tiene como objetivo favorecer la inserción laboral y la contratación, especialmente la contratación indefinida de quienes hayan hecho prácticas en el Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo. La subvención se entrega en forma de dinero sin que tengas que devolverlo. Puedes solicitarla hasta el 30 de noviembre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Primero. Convocatoria. Convocar, para el año 2026, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la inserción laboral y al fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en la Orden de 3 de octubre de 2024, en el marco del Programa Emplea-T, de la siguiente línea: Línea 5: Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas que hayan realizado prácticas no laborales en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo (EPES), por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes. Segundo. Régimen Jurídico. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases reguladoras, así como por el resto de normativa que resulte de aplicación al momento en el que la convocatoria comience a producir sus efectos. Tercero. Objeto. El objeto de la presente convocatoria es incentivar la contratación indefinida ordinaria a jornada completa de personas desempleadas que hayan completado y finalizado las prácticas no laborales en empresas de Andalucía, en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo (EPES), gestionado por el Servicio Andaluz de Empleo, por parte de personas trabajadoras autónomas, mutualistas de colegios profesionales y pymes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de las bases reguladoras. Cuarto. Requisitos. Para acceder a la condición de persona beneficiaria, las personas solicitantes deberán cumplir con carácter general, además de las condiciones específicas establecidas para la Línea 5 de subvención, los requisitos previstos en el artículo 4 de las bases reguladoras. Quinto. Línea 5. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas que hayan realizado prácticas no laborales en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo (EPES) por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes. Concepto subvencionable, personas beneficiarias y cuantía de la subvención. 1. Concepto subvencionable. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de las bases reguladoras, las subvenciones contempladas en esta línea tienen como objeto incentivar la contratación indefinida ordinaria a jornada completa de personas desempleadas que hayan completado y finalizado las prácticas no laborales en empresas de Andalucía, en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo (EPES), gestionado por el Servicio Andaluz de Empleo, en su última convocatoria. A los efectos de la presente convocatoria, se entenderá por «última convocatoria» la efectuada mediante Resolución de 6 de octubre de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2025, de las subvenciones reguladas en la Orden de 12 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar las prácticas no laborales en empresas, en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, publicada en el el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 197, de 14 de octubre de 2025. La contratación subvencionable deberá formalizarse con posterioridad a la finalización de dichas prácticas. La condición de persona desempleada a que se refiere este resuelve deberá cumplirse el día anterior al del inicio de la relación laboral objeto de subvención. A estos efectos, será considerada como fecha de inicio de la relación laboral la fecha de alta en la Seguridad Social, que deberá producirse en el periodo comprendido entre el día siguiente a la finalización de las prácticas no laborales y los diez días posteriores a la fecha de presentación de la solicitud de subvención. La contratación indefinida ordinaria subvencionada deberá mantenerse durante un periodo mínimo de veinticuatro meses desde el inicio de la relación laboral. 2. Personas beneficiarias. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de las bases reguladoras, podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta línea: a) Las personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales que estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (RETA) o en la mutualidad alternativa correspondiente de sus colegios profesionales. b) Las pymes. La persona solicitante debe haber suscrito un convenio con el Servicio Andaluz de Empleo para la realización de las prácticas profesionales no laborales en su centro de trabajo en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo (EPES), gestionado por el Servicio Andaluz de Empleo, en la convocatoria efectuada mediante Resolución de 6 de octubre de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo. El contrato laboral indefinido deberá formalizarse con personas que hayan completado y finalizado dichas prácticas profesionales no laborales en un centro de trabajo de la solicitante. En los supuestos en que se produzca el cese de la persona contratada, por causas no imputables a la persona beneficiaria, o la suspensión temporal del contrato de trabajo, la sustitución se realizará con una persona que haya completado y finalizado prácticas no laborales en el marco del Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo (EPES), al amparo de la convocatoria efectuada por la Resolución de 6 de octubre de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, con independencia de la empresa en la que dichas prácticas se hubieran desarrollado, siempre que reúna los requisitos previstos en las bases reguladoras para la línea 5, de…
Organismo convocante
ANDALUCÍA — CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Ámbito
ANDALUCIA
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 30 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 6 de agosto de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | 78 - Actividades relacionadas con el empleo |
| Última actualización BD | 12 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 3,5 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva,para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 2023/2831 de minimis, General