Subvención concurrencia competitiva para entidades sin ánimo de lucro 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Barcelona. Presupuesto: 35.000 €. Se puede solicitar hasta el 20 de septiembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: tienes que presentar la solicitud antes del 20 de septiembre de 2026 y tu proyecto se evaluará junto a los de los demás candidatos, por lo que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El ayuntamiento de Viladecavalls destina 35 000 euros a una subvención en efectivo sin devolución para organizaciones sin ánimo de lucro que no realicen actividad económica y desarrollen proyectos culturales en la zona de Barcelona.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
1.- Indicación de la aprobación de las Bases Reguladoras y Diario Oficial donde se han publicado. El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Viladecavalls, en sesión del día 26 de mayo de 2022, adoptó el acuerdo relativo a la aprobación inicial de las modificaciones de las bases reguladoras que rigen la concesión de subvenciones para las entidades sin ánimo de lucro de Viladecavalls. Esta modificación de las Bases Reguladoras fue objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona en fecha 21 de julio de 2022. https://bop.diba.cat/anunci/3274745/aprovacio-definitiva-de-la-modificacio-de-les-bases-reguladores-de-les-subvencions-per-a-les-entitats-sense-anim-de-lucre-ajuntament-de-viladecavalls 2.- Cuantía total máxima de las subvenciones a otorgar y consignación presupuestaria. El presupuesto máximo que se destinará para la concesión de las subvenciones reguladas en esta convocatoria será de 35.000,00 € e irá a cargo de la aplicación presupuestaria 1/924/48910. 3.- Objeto, condiciones y finalidad de las subvenciones. Esta subvención tiene como objetivo regular el procedimiento de otorgamiento de subvenciones del Ayuntamiento de Viladecavalls a entidades sin ánimo de lucro, para llevar a cabo las actividades y proyectos entre el 1 de noviembre de 2025 y el 1 de noviembre de 2026. Su finalidad es apoyar a las entidades que realizan actividades en el pueblo que incidan en la creación y el fortalecimiento de las redes asociativas, que fomentan las relaciones ciudadanas a través de la difusión de las diversas formas de cultura popular y tradicional, que promueven actitudes cívicas, solidarias, responsables y sostenibles o que desarrollan acciones de atención social a las personas. 4.- Procedimiento de concesión. El procedimiento de concesión de las subvenciones será el de concurrencia competitiva. Este extracto de la convocatoria se publicará, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el BOP. Artículo 5. Solicitantes y requisitos. Solicitará la subvención la entidad por medio de su representante. Requisitos de los solicitantes: 1. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades Municipal en el momento de la solicitud. 2. Que la entidad no se encuentre en la situación de inscripción provisional en el Registro Municipal de Entidades, que describe el artículo 126 del Reglamento Orgánico Municipal (ROM) de Viladecavalls (BOPB 26 de septiembre de 2017), en el momento de otorgamiento de la subvención. 3. No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades a las que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en adelante LGS. 4. No haber sido objeto de ninguna resolución firme de carácter sancionador en relación a las actividades para las que se pide subvención. 5. Estar al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones. 6. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social exigidas peso las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente. 7. Las actividades y/o proyectos subvencionables no pueden constituir una actividad profesional en sí misma. Artículo 6. Documentación a presentar. Para poder optar a la subvención hay que hacer la solicitud dirigida a la Alcaldía-Presidencia, firmada por el representante legal, de la entidad acompañándola de los siguientes anexos: a) La solicitud de subvención (modelo normalizado), incluye los siguientes compromisos: Declaración responsable de la concurrencia de los requisitos para poder obtener la condición de beneficiario/a. Declaración de compromiso de cumplimiento de las condiciones impuestas para el otorgamiento de la subvención. Declaración de que en caso de que las actividades a desarrollar impliquen contacto habitual con menores de edad, se realizarán las comprobaciones legalmente establecidas para acreditar que las personas que trabajen en el proyecto (personal propio, personas voluntarias, o mediante cualquier otro mecanismo de colaboración) no han sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual. Declaración de las subvenciones u otros ingresos obtenidos para la misma finalidad y compromiso de comunicar las que se obtengan en el futuro. b) Declaració responsable sobre les obligacions tributàries i amb la seguretat social. Asimismo se podrá requerir a la entidad solicitante que presente la documentación complementaria que se considere conveniente. Toda la documentación se podrá presentar en cualquiera de las lenguas cooficiales de Cataluña. Artículo 7.- Plazo, forma y lugar de presentación de las solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será desde el día posterior a la publicación en el BOP de esta convocatoria hasta el 20 de septiembre de 2026, incluido. Las solicitudes deben presentarse por la persona que ostente el cargo de presidente/a de la entidad que solicita la subvención. El trámite se realizará telemáticamente, mediante el modelo normalizado, que podrá encontrarse, con el resto de documentos exigidos, en la web del Ayuntamiento (http://www.viladecavalls.cat). La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan. Artículo 8.- Rectificación de defectos u omisiones en la documentos presentada En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incumplida, se requerirá al solicitante, para que en el plazo diez días hábiles a partir del día siguiente a la notificación, proceda a su rectificación o a la incorporación de las enmiendas necesarias, con la indicación de que si no lo hace así se entenderá desistido de su solicitud. Artículo 9.- Instrucción Será instructor/a del procedimiento el administrativo/a del Área de servicios a las personas o persona que la sustituya. Una vez presentadas las solicitudes, y realizadas las funciones correspondientes: petición de los informes necesarios y evaluación de las solicitudes…
Organismo convocante
VILADECAVALLS — AYUNTAMIENTO DE VILADECAVALLS
Ámbito
Barcelona
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 31 de julio de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 20 de septiembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Cultura |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA; SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA |
| Última actualización BD | 5 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 35.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Certificat JGL de 30/07/2026 aprovació convocatòria subvenció entitats sense ànim de lucre 2026 ↗
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, EJERCICIO 2026. ↗
Bases reguladoras
Bases generales reguladoras para la concesión de Subvención por concurrencia competitiva para entidades sin ánimo de lucro