Acuerdo de 2 de agosto de 2026 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Rianxo, por el que se convocan ayudas a la implantación de nuevas empresas y comercios en el término municipal del Ayuntamiento de Rianxo
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: A Coruña. Presupuesto: 10.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de noviembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva, por lo que debes presentar la solicitud antes del 30 de noviembre de 2026 y tu proyecto será comparado con los de otros solicitantes; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Está dirigida a empresarios individuales dados de alta en el RETA o cualquier otro régimen especial y a microempresas que empiecen su actividad entre el 1 de enero y el 30 de noviembre, en el municipio de Rianxo. La subvención cubre hasta la mitad de los gastos de constitución, como visados, licencias, notaría y registro, con un fondo total de 10 000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios Empresarios/as individuales que estén dados de alta en RETA o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social, o como mutualista de colegio profesional, y las microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que inicien su actividad empresarial entre el 1 de enero y 30 de noviembre (se tomará como referencia la fecha de alta en el censo del IAE). Segundo. Objeto Favorecer el emprendimiento y la creación de empresas, subvencionando los gastos iniciales inherentes a su puesta en marcha, como son los siguientes: Los gastos de constitución, hasta un máximo del 50 por ciento (visados, gastos de proyectos técnicos, licencias de obra y apertura, gastos de alta en el Registro Mercantil, gastos de notaría por escrituras públicas, certificaciones negativas del nombre de la sociedad, publicaciones en boletines oficiales, tasas de constitución de la empresa). Los gastos de acondicionamiento del local destinado a la actividad, así como la adquisición de elementos inventariables necesarios para el desarrollo de la actividad, hasta un máximo del 100 por ciento. Existencias iniciales de mercancías, hasta un máximo del 100 por ciento. Gastos de alquiler del local, vehículo industrial, aplicaciones y equipos informáticos imprescindibles para la actividad, hasta un máximo del 50 por ciento. Primas de seguros relacionados con la actividad, hasta un máximo del 50 por ciento. Suministros y gastos corrientes: hasta un 50 por ciento (agua, teléfono, electricidad, combustible, gas, material de oficina, publicidad, cuotas mensuales de asesoría y equipos de seguridad). Derechos de la propiedad industrial, hasta un 50 por ciento (patentes, modelos de utilidad, diseño industrial, marcas de productos, nombres comerciales, dominios de internet, software de gestión, diseño de páginas o espacios web). Tercero. Bases reguladoras Las bases reguladoras se publicarán en el BOP. La eficacia de la convocatoria está condicionada a la publicación del extracto en el BOP Cuarto. Cuantía El importe máximo de la convocatoria es de 10.000 €. El importe concedido por solicitud se calculará a partir de la aplicación de los porcentajes del apartado anterior sobre los gastos correctamente justificados con la solicitud de la ayuda, con un máximo de 2.000 €. Las ayudas se tramitan en régimen de concurrencia no competitiva, según el art. 19.2 de la 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. En consecuencia, no se realiza una comparación y prelación entre las solicitudes, sino que se tramitarán hasta el agotamiento del crédito presupuestario. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP y finalizará el 30/11/2026 o hasta agotar el crédito presupuestario. Las solicitudes deberán presentarse en la sede electrónica o en el Registro General del Ayuntamiento de Rianxo. Sexto Otros datos relevantes La justificación de los gastos realizados deberá presentarse con la solicitud de la ayuda.
Organismo convocante
RIANXO — CONCELLO DE RIANXO
Ámbito
A Coruña
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 2 de agosto de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES; ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO; J - ACTIVIDADES DE EDICIÓN, RADIODIFUSIÓN Y PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CONTENIDOS; ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS; ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; F - CONSTRUCCIÓN; Q - EDUCACIÓN; I - HOSTELERÍA; INDUSTRIA MANUFACTURERA; OTROS SERVICIOS; K - TELECOMUNICACIONES, PROGRAMACIÓN INFORMÁTICA, CONSULTORÍA, INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA Y OTROS SERVICIOS DE INFORMACIÓN; H - TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO |
| Última actualización BD | 14 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 10.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases reguladoras del Programa de ayudas municipales a la implantación de nuevas empresas y comercios en el término municipal del Ayuntamiento de Rianxo.
Reglamento UE aplicable
REG (UE) 2023/2831 de minimis, General