BASES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A APOYAR A LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: A Coruña. Presupuesto: 140.000 €. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Se trata de una ayuda de 140 000 euros en forma de subvención en efectivo, sin devolver nada, dirigida a pymes y a personas físicas que tengan una empresa de economía social en Santiago de Compostela. La convocatoria es competitiva: hay que presentar la solicitud dentro del plazo establecido y las propuestas se evaluarán entre sí, por lo que cumplir los requisitos no garantiza recibir el dinero. La decisión la toma el Ayuntamiento de Santiago de Compostela.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
TÍTULO: Extracto del Acuerdo de fecha 27/07/2026 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Santiago de Compostela por el que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de AYUDAS DESTINADAS A APOYAR A LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA 2026 Texto De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A APOYAR A LAS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA 2026 cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias Primero-- Objeto y finalidad 1.1 Objeto Se establecen las bases reguladoras de las “Ayudas a empresas de Economía Social” para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a la consolidación y el mantenimiento de pequeñas y medianas empresas con forma jurídica de cooperativa, sociedad laboral, centro especial de empleo o empresa de inserción definidas como tales según lo establecido en la Ley de Economía Social de Galicia. 1.2 Finalidad La finalidad de estas ayudas es contribuir a la consolidación y desarrollo del tejido empresarial en el Ayuntamiento apoyando a pequeñas y medianas empresas de economía social mediante ayudas al gasto corriente en el que incurren para desarrollar su actividad empresarial. Segundo-- Personas beneficiarias Podrán resultar beneficiarios de las ayudas previstas en esta convocatoria las pequeñas y medianas empresas con forma jurídica de cooperativas, sociedades laborales, centros especiales de empleo, y empresas de inserción (definida cómo tal según lo establecido en la Ley de economía Social de Galicia), que cumplan los siguientes requisitos: • Tener iniciada la actividad el 1 de enero de 2026 o bien iniciarla dentro del período subvencionable, y mantenerse en activo durante el año de la convocatoria. • A los efectos de este programa se entiende como fecha de inicio de actividad aquella en la que la persona solicitante cause alta en el IAE o, en su caso, en el censo de obligados tributarios. • Tener su sede social, fiscal y, por lo menos, un centro de trabajo, en el Ayuntamiento de Santiago. • Que su actividad empresarial sea viable económica, financiera y técnicamente. No podrán ser beneficiarias aquellas empresas participadas por alguna Administración Pública. Tercero--Bases reguladoras. Bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento de Santiago de Compostela vigentes, y las bases reguladoras incorporadas a esta Convocatoria. Cuarto--Cuantía de la subvención La cuantía de la subvención será la menor entre las siguientes: • El 80% de los gastos subvencionables debidamente justificados, con un tope máximo, por beneficiario, de 5.000 euros. • La resultante de la aplicación de la siguiente fórmula: Importe por beneficiario=(Puntos conseguidos por el beneficiario/total de puntos de los beneficiarios) x 140.000€ En caso de existir remanente en la partida presupuestaria, este se repartirá entre los beneficiarios cuya ayuda inicial no alcanzara el 80% de los gastos subvencionables debidamente justificados, con un tope máximo, por beneficiario, de 5.000 euros de forma proporcional a la puntuación obtenida. En este caso se aplicaría la siguiente fórmula: Importe del remanente por beneficiario = (Puntos conseguidos por el beneficiario / total de puntos de los beneficiarios) x remanente total El importe final de la subvención, no podrá superar el importe máximo de 5.000 euros por beneficiario, ni el importe total del 80% de los gastos subvencionables debidamente justificados. En ningún caso el importe de las ayudas concedidas a cargo de esta convocatoria podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con las concedidas por otras administraciones o entes públicos o personales, nacionales o internacionales, supere el costo total de la actividad que vaya a desarrollar el beneficiario. Quinto: Plazo de presentación de solicitudes y justificación El plazo general de presentación de solicitudes y justificación comenzará a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el boletín oficial de la provincia (BOP) de A Coruña y finalizará el 1 de octubre de 2026. Junto con la solicitud deberá presentarse toda la documentación precisa para adoptar la correspondiente resolución de concesión y aprobación de la justificación de la ayuda a conceder, en su caso, por lo que el plazo de justificación coincide con el de presentación de solicitudes. El Formulario normalizado CS006ES, dispone de un apartado específico para declarar la relación de las facturas y gastos de personal que se presentan para justificar la subvención solicitada. Si existen otras subvenciones para los mismos gastos para los que se solicita la presente ayuda, el importe que es necesario justificar será la suma de todas las subvenciones concedidas para los mismos. Sexto--Otros datos. Consulte las bases completas de la convocatoria en la web de la Base de datos Nacional de Subvenciones: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias, en la página web del Ayuntamiento de Santiago de Compostela http://www.santiagodecompostela.gal/ y en la página web del CERSIA www.cersiaempresa. gal. María Rozas Pérez Concejala de Derechos y Servicios Sociales, Promoción Económica y Juventud. Primera tenienta de Alcaldesa. TÍTULO: Extracto do Acordo de data 27/07/2026 da Xunta de Goberno Local do Concello de Santiago de Compostela polo que se aproban as bases reguladoras e convocatoria de AXUDAS DESTINADAS A APOIAR ÁS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA 2026 Texto De conformidade co previsto nos artigos 17.3.b e 20.8.a de a Lei 38/2003, de 17 de novembro, Xeneral de Subvencións, publícase o extracto da CONVOCATORIA SUBVENCIÓNS DESTINADAS A APOIAR ÁS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA 2026 cuxo texto completo pode…
Organismo convocante
SANTIAGO DE COMPOSTELA — AYUNTAMIENTO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA
Ámbito
A Coruña
Categoría
Destinatarios
PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 5 de agosto de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | No disponible |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Otras actuaciones de carácter económico |
| Sector económico | 82 - Actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas; 94 - Actividades asociativas; 66 - Actividades auxiliares a los servicios financieros y a los seguros; 79 - Actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas; 77 - Actividades de alquiler; 09 - Actividades de apoyo a las industrias extractivas; 91 - Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; 43 - Actividades de construcción especializada; 90 - Actividades de creación artística y artes escénicas; 39 - Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos; 92 - Actividades de juegos de azar y apuestas; 70 - Actividades de las sedes centrales y consultoría de gestión empresarial; 97 - Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico; 98 - Actividades de los hogares como productores de bienes y servicios para uso propio; 99 - Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales; 60 - Actividades de programación, radiodifusión, agencias de noticias y otras actividades de distribución de contenidos; 73 - Actividades de publicidad, estudios de mercado y relaciones públicas; 38 - Actividades de recogida, tratamiento y eliminación de residuos; 88 - Actividades de servicios sociales sin alojamiento; 93 - Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; 68 - Actividades inmobiliarias; 69 - Actividades jurídicas y de contabilidad; 53 - Actividades postales y de mensajería; 78 - Actividades relacionadas con el empleo; 86 - Actividades sanitarias; 75 - Actividades veterinarias; 84 - Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria; 01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas; 18 - Artes gráficas y reproducción de soportes grabados; 87 - Asistencia en establecimientos residenciales; 36 - Captación, depuración y distribución de agua; 46 - Comercio al por mayor; 47 - Comercio al por menor; 14 - Confección de prendas de vestir; 41 - Construcción de edificios; 19 - Coquerías y refino de petróleo; 52 - Depósito, almacenamiento y actividades auxiliares del transporte; 58 - Edición; 85 - Educación; 05 - Extracción de antracita, hulla, y lignito; 06 - Extracción de crudo de petróleo y gas natural; 07 - Extracción de minerales metálicos; 11 - Fabricación de bebidas; 28 - Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.; 27 - Fabricación de material y equipo eléctrico; 31 - Fabricación de muebles; 30 - Fabricación de otro material de transporte; 23 - Fabricación de otros productos minerales no metálicos; 22 - Fabricación de productos de caucho y plásticos; 21 - Fabricación de productos farmacéuticos; 26 - Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos; 25 - Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo; 29 - Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques; 10 - Industria alimentaria; 16 - Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería; 15 - Industria del cuero y productos relacionados de otros materiales; 17 - Industria del papel; 12 - Industria del tabaco; 20 - Industria química; 13 - Industria textil; 63 - Infraestructura informática, tratamiento de datos, alojamiento de datos y otras actividades de servicios de información; 42 - Ingeniería civil; 72 - Investigación y desarrollo; 24 - Metalurgia; 74 - Otras actividades profesionales, científicas y técnicas; 08 - Otras industrias extractivas; 32 - Otras industrias manufactureras; 03 - Pesca y acuicultura; 59 - Producción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión, grabación de sonido y edición musical; 62 - Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática; 37 - Recogida y tratamiento de aguas residuales; 33 - Reparación, mantenimiento e instalación de maquinaria y equipos; 95 - Reparación y mantenimiento de ordenadores, artículos personales y enseres domésticos y vehículos de motor y motocicletas; 65 - Seguros, reaseguros y planes de pensiones, excepto seguridad social obligatoria; 81 - Servicios a edificios y actividades de jardinería; 55 - Servicios de alojamiento; 56 - Servicios de comidas y bebidas; 80 - Servicios de investigación y seguridad; 64 - Servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones; 96 - Servicios personales; 71 - Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos; 02 - Silvicultura y explotación forestal; 35 - Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado; 61 - Telecomunicaciones; 51 - Transporte aéreo; 50 - Transporte marítimo y por vías navegables interiores; 49 - Transporte terrestre y por tubería |
| Última actualización BD | 13 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PyMEs (pequeñas y medianas empresas)
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 140.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Bases reguladoras
BASES DA CONVOCATORIA DE AXUDAS DESTINADAS A APOIAR ÁS EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL DE SANTIAGO DE COMPOSTELA 2026