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Subvenciones destinadas a las entidades sociales y cuturales de Vilafant

Denominación oficial: Convocatoria de subvenciones destinadas a las entidades sociales y cuturales de Vilafant

Plazo de solicitud 30 de agosto de 2026
Estado Abierta · quedan 6 días
Código BDNS 924441

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Girona. Presupuesto: 4.500 €. Se puede solicitar hasta el 30 de agosto de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Esta subvención se concede de forma competitiva, por lo que debes presentar la solicitud antes del 30 / 08 / 2026. Todas las peticiones se evaluarán y sólo se premiarán las que resulten seleccionadas, así que cumplir los requisitos no asegura que la recibas. Está dirigida a entidades sociales y culturales sin actividad económica ubicadas en Vilafant, y su objetivo es apoyar sus actividades culturales, sociales y de participación ciudadana. El fondo total disponible para esta convocatoria es de 4 500 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

CONVOCATORIA Para el ejercicio 2026, de las subvenciones destinadas a las entidades sociales y culturales de Vilafant, de acuerdo con las siguientes condiciones: Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima destinada a la convocatoria Aplicación presupuestaria 2026 4300 4800007 (Subvenciones a las entidades sociales y culturales de Vilafant). Importe máximo de la convocatoria: 4.500,00 €. Tipo de concesión de la subvención Concurrencia no competitiva. Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones destinadas a las entidades sociales y culturales de Vilafant, con la finalidad de apoyar las actividades culturales, sociales, tradicionales y de participación ciudadana que desarrollan durante el año, contribuyendo a la dinamización del municipio y al fomento del tejido asociativo. Serán subvencionables los gastos derivados del funcionamiento ordinario de las entidades y de la organización y desarrollo de las actividades sociales y culturales, así como aquellos otros gastos subvencionables previstos en las bases reguladoras. Las subvenciones tendrán carácter voluntario y eventual y no generarán ningún derecho en futuras convocatorias. Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos Podrán ser beneficiarias las entidades sociales y culturales de Vilafant que cumplan los siguientes requisitos: Estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Vilafant con una antigüedad mínima de dos años. Haber justificado correctamente las subvenciones municipales concedidas con anterioridad, en su caso. Haber programado y llevado a cabo, como mínimo, dos actividades propias durante el año en el municipio de Vilafant. No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Disponer de los certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales de todas las personas que desarrollen actividades con contacto habitual con menores, cuando sea legalmente exigible. Indicación de los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento El órgano instructor del procedimiento será el Área de Servicios a las Personas. La resolución de la convocatoria corresponderá a la Junta de Gobierno Local. Inicio y plazo de presentación de las solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será del 16 de julio de 2026 al 30 de agosto de 2026, ambos incluidos. Las solicitudes deberán presentarse telemáticamente mediante el modelo normalizado disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Vilafant. Plazo de resolución El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de la convocatoria será de tres meses, contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Documentos e información que deben acompañar a la solicitud Las solicitudes deberán presentarse mediante el registro electrónico del Ayuntamiento de Vilafant y deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: Documentación prevista en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Vilafant: Documento acreditativo de la representación, en su caso. Certificado de titularidad de la cuenta bancaria. Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Documentación específica de la convocatoria: Formulario normalizado de solicitud, disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento. Justificante bancario del pago del seguro de responsabilidad civil. Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos para la obtención de la subvención. Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos o no va acompañada de la documentación preceptiva, se requerirá a la entidad interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o aporte los documentos necesarios, con la advertencia de que, en caso contrario, se considerará que desiste de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones. Criterios de valoración de las solicitudes La subvención máxima por entidad será de 1.500,00 euros, distribuida de la siguiente manera: 900,00 euros de importe fijo, una vez justificados los gastos subvencionables de acuerdo con las bases reguladoras. 620,00 euros de importe variable, que se otorgarán en función de la puntuación obtenida de acuerdo con los siguientes criterios: a) Número total de socios inscritos en la entidad. b) Actividades organizadas por la propia entidad con autofinanciación, distintas de las organizadas por el Ayuntamiento. c) Antigüedad de la entidad y arraigo en el municipio. d) Colaboración en las actividades y eventos organizados por el Ayuntamiento de Vilafant. e) Participación en actos o eventos municipales u organización de actividades abiertas al municipio. La puntuación se aplicará de acuerdo con el baremo establecido en las bases específicas reguladoras. Medio de notificación Las notificaciones derivadas del procedimiento se practicarán por medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común y demás normativa aplicable.

Organismo convocante

VILAFANT — AYUNTAMIENTO DE VILAFANT

Ámbito

Girona

Categoría

Cultura

Destinatarios

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación11 de agosto de 2026
Fecha inicio de solicitudes16 de julio de 2026
Fecha fin de solicitudes30 de agosto de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadCultura
Sector económicoACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO
Última actualización BD24 de agosto de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total4.500 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UE

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Bases Reguladoras de las subvenciones destinadas a las entidades sociales y culturales de Vilafant

Bases reguladoras ↗