Convocatoria subvenciones destinadas a entidades deportivas de Vilafant, ejercicio 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Girona. Presupuesto: 10.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de agosto de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es una subvención económica para entidades deportivas sin ánimo de lucro de Vilafant. Se concede de forma competitiva, es decir, debes presentar la solicitud antes del 30/08/2026 y tu proyecto será comparado con otras propuestas; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. El objetivo es apoyar la realización de actividades deportivas, fomentar la práctica del deporte y hábitos saludables, y ayudar al mantenimiento y funcionamiento de las entidades. El total disponible es de 10 000 €, que se entregará sin necesidad de devolución.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Convocatoria, para el ejercicio 2026, las subvenciones destinadas a las entidades deportivas de Vilafant, de acuerdo con las siguientes condiciones: Créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima destinada a la convocatoria:Aplicación presupuestaria 2026 4300 4800007 (Subvenciones a las entidades deportivas de Vilafant).Importe máximo de la convocatoria: 10.000,00 €. Tipo de concesión de la subvención:Concurrencia no competitiva. Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención:El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones destinadas a las entidades deportivas de Vilafant, con la finalidad de apoyar el desarrollo de las actividades deportivas que llevan a cabo durante el año, fomentar la práctica del deporte, promover hábitos saludables y contribuir al mantenimiento y funcionamiento de las entidades deportivas del municipio. Serán subvencionables los gastos derivados del funcionamiento ordinario de las entidades y de la organización y desarrollo de las actividades deportivas, así como aquellos otros gastos subvencionables previstos en las bases reguladoras. Las subvenciones tendrán carácter voluntario y eventual y no generarán ningún derecho en futuras convocatorias. Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos:Podrán ser beneficiarias las entidades deportivas de Vilafant que cumplan los siguientes requisitos: Estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Vilafant con una antigüedad mínima de dos años. Haber justificado correctamente las subvenciones municipales concedidas con anterioridad, en su caso. Haber programado y llevado a cabo como mínimo dos actividades propias durante el año en el municipio de Vilafant. No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Disponer de los certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales de todas las personas que desarrollen actividades con contacto habitual con menores, cuando sea legalmente exigible. Indicación de los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento:El órgano instructor del procedimiento será el Área de Servicios a las Personas. La resolución de la convocatoria corresponderá a la Junta de Gobierno Local. Inicio y plazo de presentación de las solicitudes:El plazo de presentación de las solicitudes será del 16 de julio de 2026 al 30 de agosto de 2026, ambos inclusive. Las solicitudes deberán presentarse telemáticamente mediante el modelo normalizado disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Vilafant. Plazo de resolución:El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de la convocatoria será de tres meses, contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Documentos e información que deben acompañar la solicitud:Las solicitudes deberán presentarse mediante el registro electrónico del Ayuntamiento de Vilafant y deberán ir acompañadas de la siguiente documentación: Documentación prevista en el artículo correspondiente de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Vilafant: Documento acreditativo de la representación, en su caso. Certificado de titularidad de la cuenta bancaria. Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Documentación específica de la convocatoria: Formulario normalizado de solicitud, disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento. Justificante bancario del pago del seguro de responsabilidad civil. Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos para la obtención de la subvención. Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos o no se acompaña de la documentación preceptiva, se requerirá a la entidad interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o aporte los documentos necesarios, con la advertencia de que, en caso contrario, se considerará que desiste de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza General de Subvenciones. Criterios de valoración de las solicitudes:La subvención máxima por entidad será de 2.800,00 euros, distribuida de la siguiente manera: 1.680,00 euros de importe fijo, una vez justificados los gastos subvencionables de acuerdo con las bases reguladoras. 1.120,00 euros de importe variable, que se otorgarán en función de la puntuación obtenida de acuerdo con los siguientes criterios: a) Número total de participantes federados inscritos en la entidad.b) Presupuesto anual de la entidad.c) Antigüedad de la entidad y arraigo en el municipio.d) Colaboración en las actividades y eventos organizados por el Ayuntamiento de Vilafant.e) Participación en actos municipales u organización de actividades abiertas al municipio. La puntuación se aplicará de acuerdo con el baremo establecido en las bases específicas reguladoras. Medio de notificación:Las notificaciones derivadas del procedimiento se practicarán por medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común y demás normativa aplicable.
Organismo convocante
VILAFANT — AYUNTAMIENTO DE VILAFANT
Ámbito
Girona
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 12 de agosto de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 16 de agosto de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de agosto de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Sanidad |
| Sector económico | ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO |
| Última actualización BD | 17 de agosto de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 10.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
| Cofinanciada por la UE | Sí |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Bases Reguladoras de las subvenciones destinadas a entidades deportivas de Vilafant