Resolución de la DG Humanización y Atención Sociosanitaria: subvenciones destinadas a la atención a personas con enfermedades raras y sus familias 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 300.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de octubre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda es una subvención económica que se entrega directamente en efectivo a personas que padecen una enfermedad rara y a sus familiares, siempre que no tengan actividad económica. No hay concurso: si cumples los requisitos puedes solicitarla y te la conceden mientras haya fondos disponibles. La convocatoria está gestionada por la Dirección General de Humanización y Atención Sociosanitaria de la comunidad de Castilla‑La Mancha y el plazo para presentar la solicitud termina el 31 de octubre de 2026.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Personas beneficiarias Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta convocatoria las personas que: a) En la fecha de presentación de su solicitud, tengan diagnosticada una enfermedad rara y acrediten esta condición. b) Adicionalmente, aquellas personas sobre las que exista sospecha de padecer una enfermedad rara y se encuentren en espera de diagnóstico. La sospecha deberá estar fundamentada en el informe médico previsto a continuación. Segundo. Objeto La presente resolución tiene por objeto la convocatoria para el año 2026 de subvenciones públicas, destinadas a la atención de personas diagnosticadas de una enfermedad rara, a fin de proporcionarles apoyo económico para el desarrollo de actividades, prestación de servicios y adquisición de material. Tercero. Bases reguladoras Orden 138/2024, de 21 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a la atención a personas con enfermedades raras y sus familias para el desarrollo de actividades, prestación de servicios y adquisición de material en Castilla-La Mancha (DOCM n.º 166, de 28 de agosto), modificada por la Orden 178/2025, de 4 de diciembre, de la Consejería de Sanidad (DOCM n.º 240, de 12 de diciembre). Cuarto. Cuantía de la ayuda La cuantía a conceder será de 1.500 euros por persona beneficiaria con un máximo de 3.000 euros por unidad familiar. La cuantía destinada a esta convocatoria es de 300.000,00 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 31 de octubre de 2026. Sexto. Otros datos Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Humanización y Atención Sociosanitaria y se podrán presentar de forma telemática, con firma electrónica, a través del formulario disponible en la Sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, o bien de forma presencial, en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Organismo convocante
CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCIÓN GENERAL DE HUMANIZACIÓN Y ATENCIÓN SOCIOSANITARIA
Ámbito
CASTILLA LA MANCHA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 27 de agosto de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | No disponible |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Otras Prestaciones económicas |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES |
| Última actualización BD | 18 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 300.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Orden 138/2024, de 21 de agosto, de bases reguladoras