Convenio Colaboración entre la Generalitat y el IVIE año 2026. Capítulo VII
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD VALENCIANA. Presupuesto: 16.000 €. Se puede solicitar hasta el 31 de diciembre de 2026. Concesión directa: concedida sin concurso público.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda ya está adjudicada, es decir, el dinero ya tiene un destinatario y no se puede presentar ninguna solicitud; solo aparece en la base de datos por transparencia. Consiste en una subvención de 16 000 €, sin obligación de devolución, destinada a personas jurídicas que no desarrollen actividad económica en la Comunidad Valenciana y que realicen proyectos de investigación, desarrollo e innovación. Aunque el expediente indica un plazo de solicitud hasta el 31 de diciembre de 2026, la convocatoria está cerrada.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Organismo convocante
COMUNITAT VALENCIANA — SUBSECRETARÍA - CONSELLERIA DE HACIENDA, ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Ámbito
COMUNIDAD VALENCIANA
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 2 de septiembre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 1 de enero de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 31 de diciembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concesión directa: concedida sin concurso público |
| Finalidad | Investigación, desarrollo e innovación |
| Sector económico | OTROS SERVICIOS |
| Última actualización BD | 5 de septiembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 16.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
Bases reguladoras
Convenio Colaboración entre la Generalitat y el IVIE año 2026. Capítulo VII