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Resolución ampliación plazo de adhesión de comercios a la campaña "bono ayudas a la natalidad" del municipio de andújar

Denominación oficial: RESOLUCIÓN AMPLIACIÓN PLAZO DE ADHESIÓN DE COMERCIOS A LA CAMPAÑA "BONO AYUDAS A LA NATALIDAD" DEL MUNICIPIO DE ANDÚJAR

Plazo de solicitud 7 de octubre de 2026
Estado Abierta · quedan 8 días
Código BDNS 928836

Resumen

Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Jaén. Presupuesto: 200.000 €. Se puede solicitar hasta el 7 de octubre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

Puedes solicitarla si cumples los requisitos y no compites con nadie; se concede a todos los que la pidan mientras haya dinero disponible. Se trata de una ayuda del Ayuntamiento de Andújar dirigida a personas que no desarrollan actividad económica y que necesitan apoyo social. Consiste en una subvención en efectivo sin necesidad de devolverla. El fondo total es de 200.000 €, y puedes presentar la solicitud hasta el 7 de octubre de 2026.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Extracto de la Resolución de fecha 10 de septiembre de 2026 del Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Andújar, de ampliación de plazo de adhesión de los comercios a la Campaña "Bono Ayudas a la Natalidad". ANUNCIO "Visto el informe emitido por el Coordinador Económico Administrativo Servicios Sociales del Area de Bienestar, Familia e Inclusión Social del Ayuntamiento de Andújar, de fecha 9 de septiembre de 2026, cuyo tenor literal era elsiguiente: “ANTECEDENTES DE HECHO.- Primero. - Por Resolución de la Alcaldía nº2026003611, de fecha 21 de julio de 2026, se aprobaron las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones del “Bono Ayudas a la Natalidad” y se efectuó la convocatoria de ayudas destinadas alas familias empadronadas en el municipio de Andújar durante los dos años anteriores a la fecha de nacimiento o adopción de sus hijos/as, producidos entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, ambos inclusive. Segundo. - El extracto de las citadas Bases Reguladoras y de la convocatoria fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén nº 143, de fecha 27 de julio de 2026, así como en la Base deDatos Nacional de Subvenciones (BDNS), con código de identificación 920861. Tercero. - El diseño del programa prevé un procedimiento orientado a incentivar el consumo directo en el comercio local de Andújar, estableciendo que las ayudas concedidas solo podrán destinarse a la compra de bienes subvencionables en establecimientos cuyos epígrafes del IAE se correspondan con los contemplados en el anexo de las Bases. A tal fin, se fijó el plazo para que los comerciossolicitasen su adhesión a la campaña desde el 1 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2026, ambos inclusive. Cuarto. - A fecha 8 de septiembre de 2026, los datos reflejados en el registro municipal muestran una notoria desproporción entre la alta participación de las familias y la baja concurrencia del sectorcomercial:  Por un lado, se han registrado cerca de 300 solicitudes presentadas por progenitores, lo que representa aproximadamente el 75% de la previsión inicial de la convocatoria, evidenciando una excelente acogida por parte de la ciudadanía.  Por otro lado, únicamente 7 comercios han formalizado su solicitud de adhesión, cifra sensiblemente inferior a las expectativas iniciales y al histórico de participación registrado en iniciativas locales de similar naturaleza. Quinto. - Analizados los factores determinantes de esta escasa respuesta comercial, se constata la concurrencia de dos circunstancias objetivas: 1. La coincidencia casi íntegra del plazo de adhesión con el mes de agosto y con la semana festiva de la Feria de Septiembre, periodos vacacionales y de cierre temporal habituales en elpequeño comercio. 2. El solapamiento temporal con otra campaña municipal promovida por el Área de Promoción, Comercio y Turismo, lo que ha generado una confusión generalizada en el sector, asumiéndose porerror por parte de numerosos comerciantes que la inscripción en la campaña “Bono Comercio –Vuelta al Cole 2026” conllevaba la adhesión automática al “Bono Ayudas a la Natalidad”. CONSIDERACIONES JURÍDICAS Y DE OPORTUNIDAD Primera. - Mantener la red de comercios en el escaso número actual limitaría severamente la libertad de elección de las familias beneficiarias y distorsionaría la finalidad socioeconómica de la subvención, cuyo objetivo es favorecer de forma equitativa a la pluralidad del tejido de PYMEs y trabajadores autónomos con establecimiento abierto al público en Andújar. Segunda. - El artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, faculta a la Administración a conceder, de oficio o a peticiónde los interesados, una ampliación de los plazos establecidos que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. Tercera. – Acreditada la suficiencia de los motivos, estando el plazo de adhesión en vigor y no existiendo menoscabo de derechos de terceros ni causa de desigualdad, se estima procedente ampliar el plazo de adhesión de comercios en 22 días naturales adicionales, fijando como nueva fecha límite el 7 de octubre de 2026, inclusive. La ampliación de 22 días naturales no excede de la mitad del plazo inicialmente otorgado (46 días naturales), dando pleno cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 32.1 de la Ley 39/2015. Por todo ello, se eleva al SR. ALCALDE-PRESIDENTE la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: PRIMERO. - Ampliar el plazo de adhesión de los comercios a la campaña “Bono Ayudas a laNatalidad” hasta el 7 de octubre de 2026, inclusive, manteniéndose inalterados el resto de los requisitos, procedimiento y documentación exigidos en las Bases Reguladoras aprobadas por Resolución de Alcaldía nº 2026003611. SEGUNDO. - Ordenar la publicación del anuncio de ampliación de plazo en el Boletín Oficial de la Provincia, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en el Tablón de Anuncios Electrónico y en el sitio web del Ayuntamiento de Andújar. TERCERO. - Dar cuenta de la Resolución que se dicte al Pleno de la Corporación en la primera sesión ordinaria que celebre. CUARTO. - Trasladar el acuerdo adoptado a la Intervención Municipal de Fondos y al Área de Bienestar, Familia e Inclusión Social, a los efectos oportunos. De conformidad con lo previsto en el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 21, 1 s) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 9.1.21 de la Ley 5/2010 de 11 de junio de Autonomía Local de Andalucía. R E S U E L V O: PRIMERO. - Ampliar el plazo de adhesión de los comercios a la campaña “Bono Ayudas a la Natalidad” hasta el 7 de octubre de 2026, inclusive, manteniéndose inalterados el resto de los requisitos, procedimiento y documentación…

Organismo convocante

ANDÚJAR — AYUNTAMIENTO DE ANDÚJAR

Ámbito

Jaén

Categoría

Serv. sociales

Destinatarios

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Más información

Plazos

Fecha de publicación10 de septiembre de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudes7 de octubre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadServicios Sociales y Promoción Social
Sector económicoOTROS SERVICIOS
Última actualización BD26 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total200.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA BONO DE AYUDAS A LA NATALIDAD EN EL MUNICIPIO DE ANDÚJAR

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