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Concesión directa de una ayuda a las personas titulares de explotaciones agrarias en Castilla-La Mancha para paliar los daños producidos por determinados incendios forestales en zonas que han s

Denominación oficial: Decreto xx/2026, de 15 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una ayuda a las personas titulares de explotaciones agrarias en Castilla-La Mancha para paliar los daños producidos por determinados incendios forestales en zonas que han s

Plazo de solicitud No disponible
Estado Abierta
Código BDNS 930178

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: CASTILLA LA MANCHA. Presupuesto: 2,0 M€. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concesión directa: concedida sin concurso público.

¿De qué va esta ayuda?

La ayuda ya está adjudicada, es decir, el dinero ya tiene destinatario y no puedes presentarte. La subvención, de 2 millones de euros, está destinada a titulares de explotaciones agrarias, tanto pymes como personas físicas, en Castilla‑La Mancha que hayan sufrido daños por determinados incendios forestales. Se entrega como una cantidad en efectivo, sin necesidad de devolver nada. La publicación sirve solo para cumplir con la obligación de transparencia.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Objeto Establecer la concesión directa de ayudas a las explotaciones agrícolas y ganaderas de Castilla-La Mancha ubicadas en las zonas afectadas por los Incendios Forestales declaradas por Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2026 y relacionados en el Anexo I. Segundo. Personas beneficiarias Serán personas beneficiaras de estas ayudas las personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que reúnan los req uisitos establecidos en el artículo 3. Tercero. Financiación e importe de la subvención El crédito presupuestario estimado para atender estas ayudas asciende a la cantidad de 2.000.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 21130000/713B/47300 de los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha para 2026. Las personas beneficiarias podrán recibir una subvención para paliar los daños calculada teniendo en cuenta, en su caso, el coste unitario por cada hectárea de cultivo perdida, cereales sin cosechar, hortícolas o leñosos afectados, o por cada cabeza de ganado perdida, muerta o sacrificada, a consecuencia del incendio, y un importe para compensar los daños derivados de la pérdida o inutilización de pastos como consecuencia del incendio en explotaciones ganaderas de carne en extensivo que subvencionará el coste de la alimentación animal del 1 de octubre de 2026 hasta el 31 de marzo del 2027, al que se aplicará el coeficiente de afectación de pastos por los incendios. El importe máximo de las ayudas concedidas en virtud de este decreto no podrá superar los 60.000 euros por persona beneficiaria. Cuarto. Plazo y forma de presentación de solicitudes Las personas titulares de explotaciones situadas en las zonas afectadas por los incendios que han sufrido daños, previamente comprobados por esta consejería, así como todas aquellas que reúnan los requisitos del artículo 3, podrán presentar en el plazo de diez días hábiles, a contar desde la publicación en la sede electrónica de la relación de titulares de explotaciones afectadas, una solicitud de ayuda de conformidad con el Anexo II, de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es). Toledo, 15 de septiembre de 2026

Organismo convocante

CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCION GENERAL ORDENACION AGROPECUARIA

Ámbito

CASTILLA LA MANCHA

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación17 de septiembre de 2026
Fecha inicio de solicitudesNo disponible
Fecha fin de solicitudesNo disponible

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcesión directa: concedida sin concurso público
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económico01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
Última actualización BD29 de septiembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total2,0 M€
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Ley de Hacienda

Bases reguladoras ↗

Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)

  • ART. 37 AYUDAS DESTINADAS A REPARAR LOS DAÑOS CAUSADOS POR DESASTRES NATURALES EN EL SECTOR AGRÍCOLA

Reglamento UE aplicable

OTROS DISTINTOS DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)