Concesión directa de una ayuda a las personas titulares de explotaciones agrarias en Castilla-La Mancha para paliar los daños producidos por determinados incendios forestales en zonas que han s
Denominació oficial: Decreto xx/2026, de 15 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una ayuda a las personas titulares de explotaciones agrarias en Castilla-La Mancha para paliar los daños producidos por determinados incendios forestales en zonas que han s
Resum
Esta ajuda està destinada a pimes (petites i mitjanes empreses). Àmbit: CASTILLA LA MANCHA. Pressupost: 2,0 M€. La tramitació es fa de forma electrònica. Concessió directa: concedida sense concurs públic.
De què va esta ajuda?
La ayuda ya está adjudicada, es decir, el dinero ya tiene destinatario y no puedes presentarte. La subvención, de 2 millones de euros, está destinada a titulares de explotaciones agrarias, tanto pymes como personas físicas, en Castilla‑La Mancha que hayan sufrido daños por determinados incendios forestales. Se entrega como una cantidad en efectivo, sin necesidad de devolver nada. La publicación sirve solo para cumplir con la obligación de transparencia.
Resum en llenguatge clar generat amb IA a partir de les dades oficials. Pot contindre errors: consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar-la.
Descripció oficial de la convocatòria
Primero. Objeto Establecer la concesión directa de ayudas a las explotaciones agrícolas y ganaderas de Castilla-La Mancha ubicadas en las zonas afectadas por los Incendios Forestales declaradas por Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2026 y relacionados en el Anexo I. Segundo. Personas beneficiarias Serán personas beneficiaras de estas ayudas las personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que reúnan los req uisitos establecidos en el artículo 3. Tercero. Financiación e importe de la subvención El crédito presupuestario estimado para atender estas ayudas asciende a la cantidad de 2.000.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 21130000/713B/47300 de los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha para 2026. Las personas beneficiarias podrán recibir una subvención para paliar los daños calculada teniendo en cuenta, en su caso, el coste unitario por cada hectárea de cultivo perdida, cereales sin cosechar, hortícolas o leñosos afectados, o por cada cabeza de ganado perdida, muerta o sacrificada, a consecuencia del incendio, y un importe para compensar los daños derivados de la pérdida o inutilización de pastos como consecuencia del incendio en explotaciones ganaderas de carne en extensivo que subvencionará el coste de la alimentación animal del 1 de octubre de 2026 hasta el 31 de marzo del 2027, al que se aplicará el coeficiente de afectación de pastos por los incendios. El importe máximo de las ayudas concedidas en virtud de este decreto no podrá superar los 60.000 euros por persona beneficiaria. Cuarto. Plazo y forma de presentación de solicitudes Las personas titulares de explotaciones situadas en las zonas afectadas por los incendios que han sufrido daños, previamente comprobados por esta consejería, así como todas aquellas que reúnan los requisitos del artículo 3, podrán presentar en el plazo de diez días hábiles, a contar desde la publicación en la sede electrónica de la relación de titulares de explotaciones afectadas, una solicitud de ayuda de conformidad con el Anexo II, de forma telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es). Toledo, 15 de septiembre de 2026
Organisme convocant
CASTILLA-LA MANCHA — DIRECCION GENERAL ORDENACION AGROPECUARIA
Àmbit
CASTILLA LA MANCHA
Categoria
Destinataris
PIMEs (petites i mitjanes empreses)
Més informació
Terminis
| Data de publicació | 17 de setembre de 2026 |
| Data d'inici de sol·licituds | No disponible |
| Data fi de sol·licituds | No disponible |
Informació completa
| Administració | Autonòmica |
| Tipus de convocatòria | Concessió directa: concedida sense concurs públic |
| Finalitat | Agricultura, Pesca y Alimentación |
| Sector econòmic | 01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas |
| Última actualització BD | 28 de setembre de 2026 |
Qui pot sol·licitar esta ajuda?
- PIMEs (petites i mitjanes empreses)
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Els requisits complets poden variar. Consulta les bases reguladores i el portal oficial per a verificar tots els requisits.
Informació econòmica
| Pressupost total | 2,0 M€ |
| Modalitat d'ajuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
L'import exacte pot variar segons el teu cas concret. Consulta sempre les bases reguladores abans de sol·licitar.
Documentació
Bases reguladores
Ley de Hacienda
Base jurídica de l'ajuda (règim d'ajudes d'Estat)
- ART. 37 AYUDAS DESTINADAS A REPARAR LOS DAÑOS CAUSADOS POR DESASTRES NATURALES EN EL SECTOR AGRÍCOLA
Reglament UE aplicable
OTROS DISTINTOS DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)