FinalizadaLocalAgricultura

Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 31 de agosto de 2026, relativo a las bases y convocatoria de las ayudas a las agrupaciones de defensa vegetal de Menorca 2026 (exp. 3201- 2026-000001)

Plazo de solicitud 29 de octubre de 2026
Estado Finalizada
Código BDNS 930455

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: Menorca. Presupuesto: 60.000 €. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

La ayuda es una subvención en efectivo, sin que tengas que devolver el dinero, y está pensada para los grupos que defienden la vegetación en Menorca. Se dirige a pymes y a personas físicas que desarrollen alguna actividad económica relacionada con agricultura, pesca o alimentación. La gestión es competitiva: debes presentar la solicitud dentro del plazo establecido y tu proyecto será comparado con los de otros solicitantes, por lo que cumplir los requisitos no garantiza que la recibas. En total se han reservado 60 000 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

Primero. Beneficiarios 1. Pueden tener la consideración de beneficiarios directos y pedir las ayudas que prevén las bases, las ADV integradas por productores que cumplan los requisitos del punto 2 y que, antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes, cumplan los requisitos siguientes: a) Que estén constituidas de acuerdo con el Decreto 52/2013, de 29 de noviembre, por el cual se regulan las ADV en el ámbito de las Illes Balears y crea el Registro oficial de agrupaciones de defensa vegetal de las Illes Balears, y que estén inscritas en el Registro insular de agrupaciones de defensa vegetal de Menorca.b) Que dispongan, antes de que se dicte la propuesta de resolución, de un programa o un plan para la prevención, el control o la erradicación de plagas vegetales que haya obtenido informe favorable del técnico del CIM responsable en materia de sanidad vegetal. c) Que estén al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y el Consejo Insular de Menorca.d) Que no estén sujetas a una orden de recuperación pendiente después de una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior. 2. Las explotaciones agrarias integradas en una agrupación de defensa vegetal de Menorca, en las cuales se llevan a cabo las actividades subvencionables, tienen que cumplir los requisitos siguientes a) Que esté al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y el Consejo Insular de Menorca.b) Que tenga la condición de PYME, de acuerdo con el anexo I del Reglamento (UE) 2022/2472, de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el cual se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles en el mercado interior en aplicación en los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Este requisito de PYME dedicada a la producción primaria de productos agrícolas tendrá que acreditarse antes de la propuesta de resolución de concesión por declaración responsable de los productores.c) Que no estén sujetas a una orden de recuperación pendiente después de una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior. Segundo. Objeto El objeto de estas ayudas es compensar el coste de las actuaciones de las agrupaciones de defensa vegetal de Menorca (ADV) constituidas de acuerdo con el Decreto 52/2013, de 29 de noviembre, que regula las agrupaciones de defensa vegetal en el ámbito de las Illes Balears y crea el Registro Oficial de Agrupaciones de defensa vegetal de las Illes Balears. Tercero. Bases reguladoras La convocatoria se rige por las bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 31 de agosto de 2026. Cuarto. Cuantía El importe global máximo de la convocatoria es de 60.000 € (sesenta mil euros). Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Sexto. Otros datos El importe individual máximo de la ayuda que se puede conceder para cada ADV es de 32.000 €. Dentro de este límite global, los importes subvencionables se distribuyen de la manera siguiente:— Los apartados a y b de la base 8.1, hasta un importe máximo conjunto de 25.000 €.— Los apartados del c al g de la base 8.1, hasta un máximo conjunto de 10.000 €.

Organismo convocante

CONSEJO INSULAR DE MENORCA — CONSELL INSULAR DE MENORCA

Ámbito

Menorca

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación18 de septiembre de 2026
Fecha inicio de solicitudes30 de septiembre de 2026
Fecha fin de solicitudes29 de octubre de 2026

Información completa

AdministraciónLocal
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económico01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas; G - COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; INDUSTRIA MANUFACTURERA; 74 - Otras actividades profesionales, científicas y técnicas
Última actualización BD3 de noviembre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Ver todas las ayudas para autónomos →

Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total60.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

Bases que rigen la concesión de ayudas del Consejo Insular de Menorca a las agrupaciones de defensa vegetal de Menorca

Bases reguladoras ↗

Base jurídica de la ayuda (régimen de ayudas de Estado)

  • ART. 22 AYUDAS DESTINADAS A SERVICIOS DE ASESORAMIENTO
  • ART. 26 AYUDAS DESTINADAS A LOS COSTES DE PREVENCIÓN, CONTROL Y ERRADICACIÓN DE ENFERMEDADES ANIMALES O PLAGAS VEGETALES Y AYUDAS DESTINADAS A REPARAR LOS DAÑOS CAUSADOS POR ENFERMEDADES ANIMALES O PLAGAS VEGETALES

Reglamento UE aplicable

PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)