Acuerdo del Consejo Ejecutivo, de 05.10.2026, relativo a la convocatoria y modificación de las bases de las ayudas económicas para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y para desplazamientos asociados 2026
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas físicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: Menorca. Presupuesto: 70.000 €. Se puede solicitar hasta el 30 de noviembre de 2026. La tramitación se realiza de forma electrónica. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Se concede de forma competitiva, es decir, hay que presentar solicitud antes del 30 de noviembre de 2026 y las propuestas se evalúan una contra otra; cumplir los requisitos no asegura que se otorgue la ayuda. El objetivo es financiar estancias en centros residenciales terapéuticos situados fuera de Menorca y los desplazamientos que conlleven. Puede solicitarla cualquier persona física que no tenga actividad económica, que esté empadronada en Menorca, sea mayor de 18 años (o menor emancipado) y, en casos justificados, menores de 18 años. El total disponible es de 70 000 euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
Primero. Beneficiarios Pueden ser beneficiarias las personas físicas que cumplan las siguientes condiciones: Línea A • Estar empadronado en un municipio de Menorca en el momento de presentar la solicitud, excepto en los casos de petición de renovación de ayudas concedidas en convocatorias anteriores respecto del mismo recurso que se solicita y en los casos en que el cambio de padrón se haya producido por el ingreso en un centro de otra isla o Comunidad Autónoma. • Ser mayor de 18 años o bien menores emancipados. Excepcionalmente, podrán ser beneficiarios los menores de 18 años cuando así se justifique en el informe social y sanitario correspondiente, y siempre que la propuesta sea validada por la comisión técnica de evaluación creada al efecto. • Estar dentro de los sectores de población objeto de la convocatoria; es decir, personas con discapacidad psíquica, física o psiquiátrica o personas que presentan dificultades por adicciones o trastornos de conducta. • Justificar, mediante informes profesionales, la necesidad de estancia en un centro residencial terapéutico y la imposibilidad o no adecuación de acceder a un recurso adecuado a la red pública de servicios sociales o de salud de Menorca. Línea B Tendrán la condición de beneficiarios de la línea B las personas destinatarias directas (Línea A), así como los tutores legales y los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Excepcionalmente, también se reconocerá este derecho a otros familiares y/o personas de su entorno afectivo, siempre que cuente con un informe social debidamente emitido que justifique la necesidad y el informe favorable de la Comisión Evaluadora. Segundo. Objeto Establecer y regular las ayudas económicas destinadas a subvencionar estancias residenciales terapéuticas en centros ubicados fuera de la isla de Menorca y a subvencionar desplazamientos y alojamientos de las personas usuarias de estos centros o de sus familiares. Tercero. Bases reguladoras La convocatoria se rige por las bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 6 de octubre de 2025 y publicadas en el BOIB núm. 140, de 23 de octubre de 2025, con las siguientes modificaciones: — Objeto. Se modifica el primer párrafo de la base 1; se elimina la referencia al año y queda redactado de la siguiente manera: «El Plan Estratégico de Subvenciones (PES) vigente recoge los objetivos del Departamento de Bienestar Social. Entre ellos, se encuentra facilitar el acceso a recursos terapéuticos o residenciales adecuados para las personas con necesidades especiales que no pueden ser atendidas en centros ubicados en Menorca. Para alcanzar este objetivo concreto, el Plan prevé la convocatoria de ayudas para estancias en centros terapéuticos o residenciales situados fuera de la isla, así como para los desplazamientos derivados de estas».— Presentación de solicitudes y documentación. Se añade un apartado a la base 7.4 (documentación que debe presentarse con la solicitud), que queda redactado de la siguiente manera: «7.4.o) Certificado de titularidad de la cuenta bancaria emitido por la entidad bancaria». Cuarto. CuantíaEl importe global máximo de la convocatoria es de 70.000 € (setenta mil euros), con dos líneas de ayudas: Línea A. Ayudas para estancias en centros residenciales terapéuticos.Línea B. Ayudas para transporte, desplazamientos y para el alojamiento derivado. Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes es de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Sexto. Otros datos Para la línea A, se financiará como máximo el 75% del coste total. El importe máximo individual para la línea B es el siguiente: Concepto Importe máximo anual de la ayuda Máximo por desplazamiento (transporte y alojamiento)Transporte, desplazamiento y alojamiento entre islas (Baleares) 1.200 € 300 €Transporte, desplazamiento y alojamiento a la Península 2.160 € 540 € La actividad financiada deberá haberse llevado a cabo entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026, ambos inclusive.
Organismo convocante
CONSEJO INSULAR DE MENORCA — CONSELL INSULAR DE MENORCA
Ámbito
Menorca
Categoría
Destinatarios
PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 23 de octubre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 30 de octubre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 30 de noviembre de 2026 |
Información completa
| Administración | Local |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Servicios Sociales y Promoción Social |
| Sector económico | ACTIVIDADES SANITARIAS Y DE SERVICIOS SOCIALES; Q - EDUCACIÓN |
| Última actualización BD | 4 de noviembre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 70.000 € |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial ↗
- Documento de la convocatoria en español ↗
- Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 5 de octubre de 2026, relativo a la convocatoria y modificación de las bases de las ayudas económicas para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y para desplazamientos asociados correspondientes al año 2026 (exp. 1819-2026-000001) ↗
Bases reguladoras
Bases que rigen la concesión de ayudas económicas del Consejo Insular de Menorca para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y para desplazamientos y alojamientos asociados