Financ.estatal-2ª conv. Int.lab.riesg.excl.itinerarios ent.s/animo lucro
Denominación oficial: FINANC.ESTATAL-2ª CONV. INT.LAB.RIESG.EXCL.ITINERARIOS ENT.S/ANIMO LUCRO
Resumen
Esta ayuda está destinada a personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 2,0 M€. Se puede solicitar hasta el 13 de octubre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.
¿De qué va esta ayuda?
Esta ayuda se concede de forma competitiva: hay que presentar la solicitud dentro del plazo establecido y las solicitudes se comparan, así que cumplir los requisitos no garantiza obtenerla. Se trata de una subvención en efectivo sin devolución que la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid destina a personas jurídicas que no desarrollen actividad económica, con el objetivo de fomentar el empleo; el fondo total disponible es de 2 millones de euros.
Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.
Descripción oficial de la convocatoria
BDNS: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web de la Comunidad de Madrid (http://www.comunidad.madrid). Primero Objeto La presente Orden tiene por objeto convocar para el año 2026 subvenciones para favorecer la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios personalizados de inserción, en colaboración con entidades sin ánimo de lucro. Segundo Bases reguladoras Las bases reguladoras de la presente convocatoria se hallan contenidas en el Capítulo I de la Orden de 20 de julio de 2022 del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 177, de 27 de julio de 2022) modificada por Orden de 11 de julio de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 171, de 19 de julio de 2024). Tercero Entidades beneficiarias 1. Podrán acogerse a las subvenciones establecidas en esta orden, las entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro, con ámbito territorial de actuación en la Comunidad de Madrid, que lleven a cabo programas de integración laboral de colectivos en riesgo o situación de exclusión social en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con una experiencia en este tipo de actuaciones de al menos dos años. 2. No podrán acogerse a las subvenciones convocadas mediante esta orden las entidades beneficiarias de las subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 23 de abril de 2026 de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de subvenciones para la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios de inserción, en colaboración con entidades sin ánimo de lucro, cofinanciadas en el marco del programa FSE+ Comunidad de Madrid, 2021/2027 Cuarto Financiación 1. Para el cumplimiento de la finalidad prevista en esta orden de convocatoria, cuya vigencia se extenderá al ejercicio de 2026, se destinará el crédito presupuestario con cargo al Programa 241M-Promoción y Fomento del Empleo de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2023, subconcepto de gasto 48099, por importe de 2.000.000 de euros. 2. Este gasto se financiará a través de los fondos de empleo de ámbito nacional distribuidos anualmente para su gestión por la Comunidad de Madrid, conforme a los criterios objetivos acordados en la LXXXVII reunión de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, celebrada el día 27 de mayo de 2026, por la que se aprueba la distribución de fondos en materia laboral de los Presupuestos Generales del Estado, para su gestión por las comunidades autónomas en el año 2026. Quinto Cuantía de las ayudas 1. La cuantía de la subvención será un módulo de 1.300 euros por cada persona participante que concluya un itinerario de inserción de 6 meses de duración. La cuantía de la subvención se reducirá o incrementará proporcionalmente si la duración del itinerario es menor o mayor a la indicada, sin que pueda ser inferior a tres meses ni superior a doce meses. 2. Las solicitudes se realizarán por la cuantía que resulte de multiplicar el número de participantes previstos en los itinerarios por la cuantía del módulo fijado en el apartado anterior en función de la duración del itinerario. Sexto Número de itinerarios y periodo subvencionable 1. El número mínimo de itinerarios por proyecto presentado será de 15 y el número máximo de itinerarios será de 150. 2. El periodo subvencionable para la ejecución de los proyectos aprobados será, como máximo, de doce meses a contar desde la fecha que figure en la orden por la que se resuelva la convocatoria Séptimo Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en forma de extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Organismo convocante
COMUNIDAD DE MADRID — CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO
Ámbito
COMUNIDAD DE MADRID
Categoría
Destinatarios
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Más información
Plazos
| Fecha de publicación | 18 de septiembre de 2026 |
| Fecha inicio de solicitudes | 29 de septiembre de 2026 |
| Fecha fin de solicitudes | 13 de octubre de 2026 |
Información completa
| Administración | Autonómica |
| Tipo de convocatoria | Concurrencia competitiva - canónica |
| Finalidad | Fomento del Empleo |
| Sector económico | 78 - Actividades relacionadas con el empleo |
| Última actualización BD | 3 de octubre de 2026 |
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.
Información económica
| Presupuesto total | 2,0 M€ |
| Modalidad de ayuda | SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN |
El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.
Documentación
- Otros documentos BOCM-20260928-27 Extracto Orden ↗
- Texto en castellano de la convocatoria ↗
- EXTRACTO de la Orden de 17 de septiembre de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo por la que se aprueba la segunda convocatoria para el año 2026 de subvenciones para la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios de inserción, en colaboración con entidades sin ánimo de lucro ↗
Bases reguladoras
ORDEN DE 11 DE JULIO DE 2024, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 20 DE JULIO DE 2022, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA LA INTEG