Irekita · 10 egun geratzen diraAutonomikoaEnplegua

Financ.estatal-2ª conv. Int.lab.riesg.excl.itinerarios ent.s/animo lucro

Izendapen ofiziala: FINANC.ESTATAL-2ª CONV. INT.LAB.RIESG.EXCL.ITINERARIOS ENT.S/ANIMO LUCRO

Eskaera-epea 2026ko urriaren 13a
Egoera Irekita · 10 egun geratzen dira
BDNS kodea 930460

Laburpena

Laguntza hau honentzat da: personas jurídicas que no desarrollan actividad económica. Eremua: COMUNIDAD DE MADRID. Aurrekontua: 2,0 M€. Honaino eska daiteke: 2026ko urriaren 13a. Concurrencia competitiva - canónica.

Zeri buruzkoa da laguntza hau?

Esta ayuda se concede de forma competitiva: hay que presentar la solicitud dentro del plazo establecido y las solicitudes se comparan, así que cumplir los requisitos no garantiza obtenerla. Se trata de una subvención en efectivo sin devolución que la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid destina a personas jurídicas que no desarrollen actividad económica, con el objetivo de fomentar el empleo; el fondo total disponible es de 2 millones de euros.

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Deialdiaren deskribapen ofiziala

BDNS: De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web de la Comunidad de Madrid (http://www.comunidad.madrid). Primero Objeto La presente Orden tiene por objeto convocar para el año 2026 subvenciones para favorecer la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios personalizados de inserción, en colaboración con entidades sin ánimo de lucro. Segundo Bases reguladoras Las bases reguladoras de la presente convocatoria se hallan contenidas en el Capítulo I de la Orden de 20 de julio de 2022 del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 177, de 27 de julio de 2022) modificada por Orden de 11 de julio de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 171, de 19 de julio de 2024). Tercero Entidades beneficiarias 1. Podrán acogerse a las subvenciones establecidas en esta orden, las entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro, con ámbito territorial de actuación en la Comunidad de Madrid, que lleven a cabo programas de integración laboral de colectivos en riesgo o situación de exclusión social en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con una experiencia en este tipo de actuaciones de al menos dos años. 2. No podrán acogerse a las subvenciones convocadas mediante esta orden las entidades beneficiarias de las subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 23 de abril de 2026 de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de subvenciones para la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios de inserción, en colaboración con entidades sin ánimo de lucro, cofinanciadas en el marco del programa FSE+ Comunidad de Madrid, 2021/2027 Cuarto Financiación 1. Para el cumplimiento de la finalidad prevista en esta orden de convocatoria, cuya vigencia se extenderá al ejercicio de 2026, se destinará el crédito presupuestario con cargo al Programa 241M-Promoción y Fomento del Empleo de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2023, subconcepto de gasto 48099, por importe de 2.000.000 de euros. 2. Este gasto se financiará a través de los fondos de empleo de ámbito nacional distribuidos anualmente para su gestión por la Comunidad de Madrid, conforme a los criterios objetivos acordados en la LXXXVII reunión de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, celebrada el día 27 de mayo de 2026, por la que se aprueba la distribución de fondos en materia laboral de los Presupuestos Generales del Estado, para su gestión por las comunidades autónomas en el año 2026. Quinto Cuantía de las ayudas 1. La cuantía de la subvención será un módulo de 1.300 euros por cada persona participante que concluya un itinerario de inserción de 6 meses de duración. La cuantía de la subvención se reducirá o incrementará proporcionalmente si la duración del itinerario es menor o mayor a la indicada, sin que pueda ser inferior a tres meses ni superior a doce meses. 2. Las solicitudes se realizarán por la cuantía que resulte de multiplicar el número de participantes previstos en los itinerarios por la cuantía del módulo fijado en el apartado anterior en función de la duración del itinerario. Sexto Número de itinerarios y periodo subvencionable 1. El número mínimo de itinerarios por proyecto presentado será de 15 y el número máximo de itinerarios será de 150. 2. El periodo subvencionable para la ejecución de los proyectos aprobados será, como máximo, de doce meses a contar desde la fecha que figure en la orden por la que se resuelva la convocatoria Séptimo Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en forma de extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Deialdia egiten duen erakundea

COMUNIDAD DE MADRID — CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

Eremua

COMUNIDAD DE MADRID

Kategoria

Enplegua

Hartzaileak

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Informazio gehiago

Epeak

Argitalpen data2026ko irailaren 18a
Eskaerak hasteko data2026ko irailaren 29a
Eskaerak amaitzeko data2026ko urriaren 13a

Informazio osoa

AdministrazioaAutonomikoa
Deialdi motaConcurrencia competitiva - canónica
XedeaFomento del Empleo
Sektore ekonomikoa78 - Actividades relacionadas con el empleo
Datu-basearen azken eguneratzea2026ko urriaren 3a

Nork eska dezake laguntza hau?

  • PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

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Informazio ekonomikoa

Guztizko aurrekontua2,0 M€
Laguntza modalitateaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

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Oinarri arautzaileak

ORDEN DE 11 DE JULIO DE 2024, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 20 DE JULIO DE 2022, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA LA INTEG

Oinarri arautzaileak ↗