Abierta · quedan 7 díasAutonómicaAgricultura

Ayudas de cooperación para la sucesión de explotaciones agrícolas 2026

Denominación oficial: AYUDAS DE COOPERACIÓN PARA LA SUCESIÓN DE EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS 2026

Plazo de solicitud 5 de noviembre de 2026
Estado Abierta · quedan 7 días
Código BDNS 931649

Resumen

Esta ayuda está destinada a pymes (pequeñas y medianas empresas). Ámbito: COMUNIDAD DE MADRID. Presupuesto: 200.000 €. Se puede solicitar hasta el 5 de noviembre de 2026. Concurrencia competitiva - canónica.

¿De qué va esta ayuda?

Se concede de forma competitiva, es decir, debes presentar la solicitud dentro del plazo establecido y tu proyecto será evaluado junto con los demás; cumplir los requisitos no asegura que la recibas. La ayuda está dirigida a pymes y a personas físicas que trabajan en el sector agrícola en la Comunidad de Madrid y que quieren transmitir su explotación a otra persona. Consiste en una subvención en efectivo, sin necesidad de devolver el dinero, y el total disponible es de 200 000 euros.

Resumen en lenguaje claro generado con IA a partir de los datos oficiales. Puede contener errores: consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitarla.

Descripción oficial de la convocatoria

BDNS (código de identificación): De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias). Primero Beneficiarios Las personas físicas, que sean jefes de explotación, que sean propietarios en su totalidad o en parte de ella y que estén en situación de la jubilación establecida o cumplan los requisitos para acceder a la jubilación de la actividad en el momento de realizar la transmisión u otra causa justificada de cese de actividad como la incapacidad laboral permanente, conforme a la legislación nacional, y que cedan su explotación agraria a otra persona física o jurídica que quiera sucederle en la explotación agraria a través de un proyecto de cooperación para la sucesión de esa explotación agraria. Segundo Objeto El objeto de estas ayudas es fomentar la sucesión de las explotaciones agrarias de la Comunidad de Madrid. Tercero Bases reguladoras La presente convocatoria de ayudas se regula por la Orden 4384/2025 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas de cooperación para la sucesión de explotaciones agrícolas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid y se aprueba la convocatoria para el año 2025 de la ayuda de cooperación para la sucesión de explotaciones agrícolas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 276, de 19 de noviembre de 2025). Cuarto Cuantía y financiación de las ayudas La Comunidad de Madrid efectuará los pagos correspondientes a subvenciones de capital con cargo al programa 411A, partida 77306, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid distribuyéndose de la siguiente manera: - 2026: 0 €. - 2027: 100.000 € - 2028: 100.000 €. Estas ayudas serán cofinanciadas en un 23 % por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 17,5 % por la Administración General del Estado y en un 59,5% por la Comunidad de Madrid salvo que en la declaración trimestral de gastos del Organismo Pagador de los Fondos Europeos Agrícolas sean otras las tasas de cofinanciación del cuadro financiero vigente del PEPAC-CM. Quinto Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Sexto Información Complementaria En caso de presentación de solicitudes por un importe de ayuda superior al crédito inicialmente aprobado, se podrá disponer de una cuantía adicional de hasta el 50% del importe inicial, sin necesidad de nueva convocatoria de conformidad con lo previsto en el artículo 4 quater de la Ley 2/1995, de 8 de marzo y, en su caso en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigente para 2026. La publicidad de los créditos adicionales disponibles no implicará la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes. La efectividad de la misma queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.

Organismo convocante

COMUNIDAD DE MADRID — CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

Ámbito

COMUNIDAD DE MADRID

Categoría

Agricultura

Destinatarios

PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

Más información

Plazos

Fecha de publicación25 de septiembre de 2026
Fecha inicio de solicitudes6 de octubre de 2026
Fecha fin de solicitudes5 de noviembre de 2026

Información completa

AdministraciónAutonómica
Tipo de convocatoriaConcurrencia competitiva - canónica
FinalidadAgricultura, Pesca y Alimentación
Sector económico01 - Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas
Última actualización BD24 de octubre de 2026

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • PyMEs (pequeñas y medianas empresas)

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Los requisitos completos pueden variar. Consulta las bases reguladoras y el portal oficial para verificar todos los requisitos.

Información económica

Presupuesto total200.000 €
Modalidad de ayudaSUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN
Cofinanciada por la UESí

El importe exacto puede variar según tu caso concreto. Consulta siempre las bases reguladoras antes de solicitar.

Bases reguladoras

ORDEN 4384/2025, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DE COOPERACIÓN PARA LA SUCESIÓN DE EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS

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